IV. Administración Local Cartagena 1070 Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena de 22 de febrero de 2024 para la concesión de subvenciones a particulares, en concurrencia competitiva, para el desarrollo de planes piloto de fomento de la adaptación del riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en el término municipal de Cartagena conforme al Real Decreto 1158/2020, de 22 de diciembre. BDNS (Identif.): 746118 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/746118) Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de 22 de Febrero de 2024, aprobación de las bases y convocatoria para la concesión en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el desarrollo de planes piloto de fomento de la adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en el término municipal de Cartagena conforme al Real Decreto 1158/2020 de 22 de diciembre. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Primero. Beneficiarios: Serán beneficiarios directos de estas subvenciones, las personas físicas y jurídicas que ostenten el derecho de propiedad de los equipamientos y edificaciones sitos en el término municipal de Cartagena sobre los que se realizarán las actuaciones subvencionables. Igualmente, serán beneficiarias las Comunidades y Mancomunidades de propietarios que puedan llevar a cabo los proyectos que motivan la concesión de la subvención Segundo. Objeto. La finalidad de estas ayudas es adaptar al riesgo de inundación un conjunto de edificaciones, equipamientos urbanos y otro tipo de instalaciones o explotaciones de carácter industrial, agrícola o ganadero en el término municipal de Cartagena, de forma que se minimicen los daños que producen las inundaciones. Siempre que el uso de las edificaciones, equipamientos, instalaciones o explotaciones sea acorde con el Planeamiento Urbanístico. Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que tengan por objeto la adaptación al riesgo de inundación de equipamientos y edificaciones en el ámbito privado que minimicen los daños que producen las inundaciones considerándose incluidas las actuaciones siguientes: - Adquisición de equipamientos o materiales como: o Barreras temporales o permanentes. o Bombas de achique o Válvulas antirretorno y otros elementos. - Ejecución de obras tales como: o Impermeabilización o rediseño de fachadas con objeto de mejorar la resiliencia frente inundaciones. o Construcción o mejora de muros perimetrales o Protección o sellado de huecos (refuerzo de vidrios, sellantes de siliconas, rejilla de ventilación, patinillos de instalaciones...) o Protección o traslado de instalaciones vulnerables (cuadros eléctricos, calderas, depósitos de combustible…) o Aquellas otras obras que permitan mejorar al riesgo de inundación de los equipamientos y edificaciones existentes e incrementar su resiliencia. - Redacción de la documentación técnica, memoria o proyecto. - Dirección técnica y certificación de las obras ejecutadas. No podrán beneficiarse de la subvención aquellas obras o actuaciones que estén destinadas a reparaciones o mejoras de edificaciones que no tengan relación directa con la adaptación al riesgo de inundación de la edificación. Así como aquellas actuaciones que hayan resultado beneficiarias de cualquier ayuda o subvención. No serán subvencionables las actuaciones que no cumplan o no permitan el cumplimiento, de las normativas vigentes de obligado cumplimiento sobre las edificaciones. No serán subvencionables los proyectos referidos a edificaciones, equipamientos, instalaciones o explotaciones que no sean acordes con el Planeamiento Urbanístico. Tercero. Régimen Jurídico. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regularán, además de por lo establecido en las presentes bases, por lo dispuesto en el Real Decreto 1158/2020, de 22 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el desarrollo de planes piloto de fomento de la adaptación del riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en los términos municipales de Los Alcázares, San Javier, Torre-Pacheco, Cartagena y San Pedro del Pinatar (Murcia), por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público, y las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Cartagena para 2024, así como el resto de las disposiciones que resulten aplicables. Cuarto. Cuantía. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 2024 03003 1522 78007, por un importe total de 200.000,00 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, comenzando a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). La solicitud deberá presentarse en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Cartagena o en cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud se deberá presentar según modelo aprobado junto a las bases y adjuntando la documentación en ellas indicada. Cartagena, 26 de febrero de 2024.—El Concejal del Área de Presidencia, Urbanismo e Infraestructuras, Diego Ortega Madrid. Cartagena, 27 de febrero de 2024.—EL Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, Álvaro Valdés Pujol. A-020324-1070