III. Administración de Justicia Tribunal Superior de Justicia de Murcia Secretaría de Gobierno 3622 Aprobar la propuesta efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Águilas y acuerda efectuar el nombramiento de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Águilas, a don Andrés García Espadas. Ilmo. Sr. don Javier Luis Parra García, Secretario de Gobierno, el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en sesión celebrada el 23/04/2024, ha adoptado el siguiente acuerdo: Exp. Per. 41-2023.- Comunicación de la Ilma. Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Águilas, adjuntando copia de certificación del acuerdo adoptado por el Pleno del expresado Ayuntamiento en sesión celebrada el día 09.02.2024, por el que, se propone a don Andrés García Espadas como Juez de Paz Sustituto para la expresada localidad. Dación de cuenta y decisión. La Sala de Gobierno, una vez comprobado que la propuesta reúne las condiciones y requisitos de capacidad y elegibilidad establecidos en el reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, por unanimidad, aprueba la propuesta efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Águilas y acuerda efectuar los siguientes nombramientos: Juzgado de Paz de Águilas: Juez de Paz Sustituto: don Andrés García Espadas DNI 77****42* Advertir a los nombrados que deberán tomar posesión del cargo en el Juzgado de Paz de Águilas, dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Lorca; y si se negase a prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin junta causa, se entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del Reglamento de los “Jueces de Paz”. Remítase certificación del presente acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de Águilas, Juzgado Decano de Lorca, Juzgado de Paz, interesado, Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia para conocimiento y efectos consiguientes y al Boletín Oficial de la Región de Murcia para su publicación. Llévese igual certificación a los expedientes personales de su referencia. Contra el presente acuerdo caben los recursos que se contienen en el artículo 12 del Reglamento 3/1995, de 7 junio, de los Jueces de Paz. Y para que conste extiendo el presente en Murcia, a 2 de mayo de 2024.—El Secretario de Gobierno, Javier Luis Parra. A-130724-3622