I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Fomento e Infraestructuras 1672 Orden de modificación de la Orden de 6 de marzo de 2025, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se convocan ayudas correspondientes al «Bono Alquiler Joven» (2.ª Convocatoria). El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (BOE n.º 16 de 19 de enero de 2022) dispone en su Título I, con naturaleza de bases, un programa específico de ayudas para impulsar el acceso o, en su caso, el mantenimiento de las personas jóvenes a la vivienda en alquiler mediante el denominado «Bono Alquiler Joven». En este contexto, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 60, de fecha 13 de marzo de 2025, se publica el extracto de la Orden de 6 de marzo de 2025, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se convocan ayudas correspondientes al «Bono Alquiler Joven» 2.ª convocatoria, (BDNS: 819030), cuyo texto íntegro se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/819030). En el marco legal establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la modificación que recoge esta orden tiene por objeto garantizar la adecuada presentación electrónica de las solicitudes por los beneficiarios a los que va destinada, así como al cumplimiento de determinados requisitos, a través del documento acreditativo de la identidad del solicitante, en caso de oponerse a la consulta del mismo por parte de la Administración. El Decreto Decreto del Presidente n.º 19/2024, de 15 de julio, de reorganización de la Administración Regional atribuye a la Consejería de Fomento e Infraestructuras la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras materias, en vivienda. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en uso de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Dispongo Artículo único. Modificación de la Orden de 6 de marzo de 2025, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se convocan ayudas correspondientes al «Bono Alquiler Joven» (2.ª Convocatoria). Uno. El artículo 10 apartado 3 queda redactado de la siguiente manera: “3. La solicitud de ayuda, se deberá presentar electrónicamente, mediante el formulario electrónico específico disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, procedimiento 3934, a través de Registro Electrónico Único accesible en la dirección electrónica https://sede.carm.es”. Dos. El artículo 11 apartado 2 in fine queda redactado de la siguiente manera: “En caso de que se manifieste expresamente la oposición/no autorización a que la Administración consulte los datos o recabe de oficio la documentación, se deberá aportar los datos y documentos relacionados en los apartados anteriores.” Disposición final. Entrada en vigor. La presente orden entrará vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia, 7 de abril de 2025.—El Consejero de Fomento e Infraestructuras, Jorge García Montoro. A-100425-1672