I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital 1809 Resolución de 8 de abril de 2025 de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se hace público el Contrato Programa, para el ejercicio 2025, suscrito por esta Consejería con el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia. Visto el Contrato Programa suscrito el 4 de abril de 2025, entre la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, para el ejercicio 2025, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, modificada por la Ley 3/2012, de 24 de mayo, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, Disposición Adicional sexta, apartado 2 y en cumplimiento de lo que dispone la cláusula séptima del mencionado Contrato Programa. Resuelvo: Publicar en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia” el texto del Contrato Programa suscrito el 4 de abril de 2025, entre la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, para el ejercicio 2025, que se inserta a continuación. Murcia, a 8 de abril de 2025.—La Secretaria General, Sonia Carrillo Mármol. CONTRATO PROGRAMA 2025 INSTITUTO DE CRÉDITO Y FINANZAS DE LA REGIÓN DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a 4 de abril de 2025 Reunidos De una parte, D. Luis Alberto Marín González, en representación de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en virtud del Decreto del Presidente n.º 23/2024, de 15 de julio, (BORM número 164 de 16/07/2024) por el que se le nombra Consejero de Economía, Fondos Europeos y Transformación Digital. Y de otra parte, D.ª Ana María López Oña, actuando en su calidad de Directora General del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia (en adelante, ICREF), según nombramiento efectuado por Decreto del Consejo de Gobierno n.º 7/2024, de 25 de enero, en representación de dicha entidad, ejerciendo la competencia atribuida en virtud del artículo 8 del Decreto n.º 133/2009, de 15 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, por Resolución de 27 de mayo de 2009 del Presidente del Consejo de Administración del ICREF, por la que se delega la competencia para celebrar contratos en el Director de la citada entidad (BORM n.º 131, de 10/06/2009). Ambas partes, en la representación que ostentan y a fin de dar cumplimiento a las obligaciones impuestas por el ordenamiento jurídico regional, acuerdan firmar el presente contrato programa (en adelante CP) del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, conforme a los siguientes Antecedentes Primero.- La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la CARM, modificada por la Ley 3/2012, de 24 de mayo, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas de control de los entes instrumentales), apartado 2 (Contrato programa), que anualmente, deberá suscribirse un contrato programa entre cada consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los objetivos a alcanzar, los recursos que se ponen a su disposición y los indicadores que permitan medir su grado de consecución. La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, en su artículo 14, atribuye a la consejería competente en materia de hacienda la facultad de dictar instrucciones de obligado cumplimiento, con carácter particular o general, para los entes a los que resultan de aplicación lo previsto en el Título III de la ley, en las materias objeto de su competencia, y en particular sobre los contratos programa a suscribir con la consejería a la que estén adscritos. Finalmente, y en relación con los contratos programa a suscribir entre las consejerías de adscripción y los entes integrantes del Sector Público, la Orden de 26 de febrero de 2013 de la Consejería de Economía y Hacienda, crea la Comisión de Coordinación para el control del Sector Público. En su artículo 3.2.c) atribuye a dicha Comisión la elaboración de los criterios de los contratos programa que deben suscribir todos los entes afectados con la consejería de adscripción. Aunque el Decreto 299/2017, de 20 de diciembre, por el que se crea y regula el funcionamiento de la Central de Información de la Intervención General de la CARM, deroga expresamente la Orden de creación de la Comisión de Coordinación para el Control del Sector Público, quedan vigentes los criterios de elaboración de los contratos programa elaborados por la misma. Por tanto, el contrato programa debe elaborarse aplicando estos criterios y directrices establecidos por la Comisión de Coordinación para el Control del Sector Público, que fueron aprobados el 21 de mayo de 2013, y en particular, con las indicaciones contenidas en la Circular de 23 de diciembre de 2014 de la presidencia de la citada Comisión sobre elaboración de los Contratos-Programa en el sector público regional. Por último, la Disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, actualmente prorrogada (Orden de 23 de diciembre de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, durante el ejercicio 2025, BORM núm. 299, de 27/12/2024) dispone que «Durante el año 2024 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda». Segundo.- La Disposición Adicional Quinta de la Ley 11/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios, crea el ICREF como una entidad pública empresarial dependiente de la Administración Pública General de la Región de Murcia, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada. El Instituto queda adscrito a la consejería competente en materia de hacienda. Mediante Decreto n.º 133/2009, el 15 de mayo de 2009, se aprueban los Estatutos del Instituto, y se establece en su artículo 8 que los órganos de gobierno son el Consejo de Administración y la Dirección General. El Consejo de Administración es el órgano superior de gobierno, administración y de alta dirección; y corresponde a la Directora General la gestión y administración ordinaria de las funciones propias del Instituto de acuerdo con las directrices o líneas generales de actuación establecidas por el Consejo de Administración. Mediante Orden de 19 de mayo de 2009, de la Consejería de Economía y Hacienda, se ordena el inicio efectivo de las actividades del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia (BORM n.º 123, de 30 de mayo de 2009). Para el cumplimiento de sus fines, el ICREF tiene plena autonomía de gestión administrativa, económica y financiera, así como patrimonio y tesorería propios y diferenciados del resto de la Administración General de la Región de Murcia. EI ICREF se constituye como un órgano ágil con autonomía, especialización y orientado al mercado con unas reglas de funcionamiento ágiles y flexibles, que responde a la necesidad de realizar importantes esfuerzos inversores con el fin de compensar los efectos de la desaceleración económica en la Región de Murcia. Sus fines generales, son: a) Procurar financiación para llevar a cabo la política de crédito público de la Administración General de la Región de Murcia. b) Llevar a cabo la gestión financiera del endeudamiento y, en su caso, de la tesorería de la Administración General de la Región de Murcia y de su sector público. c) Ejercer las competencias de la Administración General de la Región de Murcia sobre el sistema financiero, y fomentar el conocimiento y la cultura en este ámbito. d) Facilitar la financiación de la construcción y explotación de infraestructuras públicas mediante fórmulas de colaboración público-privada. Para la consecución de dichos fines, el Instituto realizará las siguientes funciones: a) Controlar, coordinar y canalizar la financiación para la oferta de crédito público de la Administración General de la CARM y su sector público. b) Conceder créditos, préstamos, avales y otras cauciones, a favor de quienes compongan el sector público regional. c) Participar en fondos de cualquier tipo, mobiliarios o inmobiliarios, en sociedades y fondos de garantía, y en sociedades o fondos de capital riesgo. d) Constituir personas jurídicas cuyo objeto sea la agrupación de las participaciones financieras y patrimoniales de la Administración General de la CARM y de su sector público, previa autorización del Consejo de Gobierno. e) Crear personas jurídicas cuyo objeto sea facilitar la financiación de la construcción y explotación de infraestructuras públicas, previa autorización del Consejo de Gobierno. f) Prestar los servicios de asesoramiento en la gestión de la Tesorería de la Administración General de la CARM y del sector público regional que así lo solicite. g) Coordinar, canalizar, efectuar la gestión y controlar el endeudamiento de la Administración General de la CARM y de su sector público. h) Ejercer las funciones relativas al control, inspección y disciplina de las entidades financieras y otros intermediarios financieros cuya supervisión prudencial sea competencia de la Administración General de la CARM. i) Tramitar y gestionar los avales que otorgue la Administración General de la CARM. j) Emitir los informes que se le soliciten sobre las condiciones financieras estipuladas en los contratos, convenios y acuerdos de cooperación o colaboración que suscriban los órganos de la Administración General de la CARM, así como su sector público, con entidades de crédito. k) Celebrar convenios de colaboración y suscribir contratos con instituciones públicas o privadas para el mejor cumplimiento de sus fines. l) Prestar asesoramiento en materia de política financiera a instituciones públicas o privadas, así como asesorar y emitir informes en materia de política financiera para el Consejo de Gobierno u otros órganos superiores de la Administración General de la CARM, a instancia de parte o por iniciativa propia. m) Ostentar la representación de la Administración General de la CARM en aquellas materias de índole financiera que el Consejo de Gobierno le encomiende. Asimismo, el Instituto asumirá cualesquiera otras funciones que le atribuyan las leyes o que le asigne el Consejo de Gobierno o la consejería competente en materia de hacienda en el ámbito de sus respectivas competencias. Conforme a la Disposición adicional única del Decreto-Ley 4/2014, de 30 de diciembre, de medidas tributarias de apoyo a las empresas y de organización y simplificación administrativa «Se autoriza al Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, en el marco de la política de crédito público, al diseño y desarrollo de instrumentos de financiación en colaboración con el sector público, con el sector financiero o con instituciones y organismos financieros multilaterales de los que España sea miembro en beneficio de los sectores de la economía productiva». La Disposición adicional trigésima de la LPGCARM 2024, faculta al ICREF «a disponer de líneas o instrumentos de financiación, directa o indirecta, destinadas a anticipar, total o parcialmente, los importes procedentes de las administraciones públicas, en favor de entidades que ejerzan una actividad económica o asistencial, o de entes del sector público local o regional, que redunden en beneficio de la economía productiva y social de la Región de Murcia. Las consejerías y los entes del sector público regional deberán prestar la colaboración necesaria al ICREF para garantizar la devolución de los fondos públicos anticipados». El artículo 44 del Decreto-Ley 5/2022, de 20 de octubre, de dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública, establece que «El Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia colaborará en la configuración del modelo de financiación propuesto para el desarrollo de cualquier fórmula de colaboración público-privada. Para optimizar la coordinación en este ámbito, que incluye las cuestiones relacionadas con la sostenibilidad financiera y las infraestructuras financiadas con fondos públicos y privados, el órgano promotor proporcionará al Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia desde el inicio información periódica sobre el avance en la configuración del modelo de financiación y sobre las conversaciones con los distintos agentes implicados». El artículo 45 de la misma norma dispone que «El Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia será el órgano único de interlocución de la CARM con la Oficina Nacional de Evaluación y facilitará al órgano promotor de cada contrato público de concesión de obra y concesión de servicios el asesoramiento necesario, en el ámbito de sus competencias de índole financiera, para recabar del órgano estatal el preceptivo informe sobre la sostenibilidad financiera previsto en el artículo 333 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Todo ello sin perjuicio del asesoramiento externo especializado que pueda contratar el órgano promotor para la configuración global del proyecto, en su caso». Según el artículo 46.1, «Aquellas consejerías, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional, que pretendan realizar un proyecto de inversión en infraestructuras públicas financiándolas a través de fórmulas de colaboración entre el sector público y el sector privado, deberán remitir al Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia un estudio de su viabilidad económico-financiera que contemple las proyecciones de ingresos, gastos y resultados, valorando la aportación total prevista de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la evaluación y reparto de los riesgos en cada fase del mismo. El Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia emitirá informe preceptivo sobre estos proyectos de inversión, en el plazo de un mes, que será vinculante en el caso de que emita informe desfavorable sobre la inversión en los términos propuestos. El informe valorará la eventual repercusión en la deuda pública regional, de acuerdo con las competencias del Instituto». Finalmente, el Acuerdo de Consejo de Gobierno celebrado el día 9 de marzo de 2023, asigna al Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, la función de velar por contener el impacto que los distintos productos canalizados a través del sistema financiero puedan tener en la ciudadanía, prestando especial atención a los colectivos más vulnerables. En concordancia con estos antecedentes, se ha desarrollado el contrato programa para el ICREF, como documento de compromiso entre las partes, en el que se plasman los respectivos y recíprocos derechos y obligaciones, con arreglo a las siguientes Cláusulas Primera.- Objeto del Contrato Programa El presente contrato programa tiene por objeto servir de instrumento técnico para el establecimiento de una relación eficaz entre el ICREF y la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, como consejería de adscripción, en el que se acuerdan unos objetivos anuales de actuación, acordes con el objeto social de este ente, y adecuados a sus recursos y medios, al tiempo que mensurables y realizables tanto en plazo como en costes. Se convierte también en la herramienta necesaria para controlar el avance hacia los objetivos, e introducir los mecanismos de corrección que pudieran requerirse, conduciéndonos así a profundizar en una organización que permita, en el horizonte del presente contrato programa, preparar este operador público para cualquier escenario de explotación futuro. Dichos objetivos se enmarcan a su vez en otros planes y líneas de actuación de mayor amplitud y alcance en los que la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, en el marco de sus competencias, juega un papel fundamental en aras del interés general. Es precisamente en este contexto, en el que el ICREF, como ente instrumental de la consejería, contribuye, y es determinante, para la consecución eficaz y eficiente de los objetivos marcados. En este sentido, el Plan Estratégico de la Región de Murcia 2022-2027 se articula en base a 7 objetivos: A. Mejorar la competitividad a través de la innovación. B. Profundizar en la internacionalización de la economía. C. Reforzar las conexiones exteriores y la conectividad. D. Optimizar el sistema de agua y energía. E. Promover un modelo turístico basado en los atractivos del territorio. F. Adaptar el sistema de salud y de cuidado de las personas. G. Incrementar las capacidades del sistema de educación-formación. El ICREF opera fundamentalmente en la consecución del primero de estos objetivos, bien a través de competencias delegadas por la propia Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, o bien mediante la asignación de competencias específicas de crédito público que dan razón de ser a la creación del ente y a su forma jurídica. Las principales líneas estratégicas que diseña el Plan para la consecución de dicho objetivo son las siguientes: 1. Desarrollo de la innovación en productos y procesos. 2. Impulso a la mayor incorporación posible de las tecnologías con mayor capacidad de transformación: inteligencia artificial, el hidrógeno verde, blockchain, robótica y seguridad digital. 3. Impulso de proyectos de I+D en cooperación público-privada entre las empresas, las universidades y los centros tecnológicos. 4. Cooperación tecnológica con otras regiones europeas, especialmente con las del Arco Mediterráneo. 5. Desarrollo de las infraestructuras de conocimiento. 6. Impulso a un mayor protagonismo de producciones primarias alineadas con la alimentación saludable, y respetuosas con los procesos naturales. 7. Apoyo a nuevos establecimientos agropecuarios, industriales, turísticos y de servicios avanzados tecnológicos. 8. Apoyo a las iniciativas emprendedoras. 9. Fomento de la modernización empresarial y la digitalización. 10. Dimensionamiento y dotación avanzada de los espacios industriales. 11. Apoyo al reforzamiento de capacidades tecnológicas en las empresas, tanto en equipos como en personas especializadas. 12. Fomento de las actividades basadas en procesos y productos sostenibles y en la circularidad. 13. Fomento de los sectores que componen la Economía Azul y dinamización de las sinergias entre ellos. Segunda.- Objetivos generales 2025 Los objetivos generales definidos para el ejercicio 2025, que en la siguiente cláusula se concretan y organizan por líneas de actuación a ejecutar por el ICREF a través de las correspondientes áreas operativas, son los que a continuación se detallan: En materia de financiación de crédito público Durante el ejercicio 2025, el ICREF tiene previsto, además del mantenimiento de las líneas de financiación que caracterizan su actividad hasta la fecha, el inicio de nuevos e innovadores mecanismos de financiación que van a suponer un salto de calidad y profesionalidad en la gestión de la política de crédito público. Así, se confirma que durante este año se mantiene y refuerza la colaboración con AVALAM y con entidades financieras privadas, como vías de diversificación para maximizar la cobertura de necesidades de financiación de autónomos, pymes, cooperativas y empresas de la Región de Murcia. El objetivo último del ICREF desde su Área de Inversiones es impulsar y facilitar la generación de riqueza y creación de empleo a través del apoyo al incremento de la productividad empresarial. A lo largo de estos años, el ICREF ha querido dar respuesta a las necesidades de los sectores económicos regionales, que evolucionan según circunstancias tanto estructurales como dependientes de la situación sectorial y regional específica. Este 2025, se pondrán en marcha varias líneas enfocadas a sectores específicos siempre que exista la necesidad por parte de los mismos y esa demanda no esté plenamente cubierta con productos financieros de mercado orientados a la tipología del beneficiario sobre todo, prestando especial atención a la financiación y apoyo a proyectos de inversión sostenibles. Como en años anteriores, se han detectado dificultades en ciertos sectores económicos para acceder al crédito, por lo que la colaboración estrecha y permanente con el resto de organismos, entes y departamentos de la Administración pública, tanto regional como nacional y local se torna básico para maximizar el acceso a financiación por parte de dichos sectores. Otra de las características del ICREF ha sido su papel de intermediación. En 2025, el ICREF mantendrá ese papel de mediador que ha desarrollado desde su origen entre organismos como CROEM, FREMM, UCOMUR, CERMI, AVALAM y las entidades financieras. Estas asociaciones hacen llegar al ICREF las necesidades de la ciudadanía, quien, en colaboración con los bancos, desarrolla líneas de financiación que más adelante son puestas a disposición de autónomos y empresas. Durante estos años se ha detectado falta de liquidez concentrada en determinados sectores de actividad beneficiarios de subvenciones u otros cobros a percibir de la Administración Pública, ya que el período de tiempo que media hasta la disposición de esos fondos es difícil de asumir por dichos beneficiarios. En 2025 se va a continuar con la línea de anticipos al tercer sector para que los colectivos afectados puedan disponer de forma inmediata de subvenciones o cualquier otro cobro que los mismos tengan que percibir de la Administración Pública, contando con la implicación y colaboración de los organismos pagadores, con la finalidad de asegurarse la efectiva cancelación de la financiación concedida. El ICREF, en su interés por fomentar el desarrollo empresarial y el refuerzo de sus sectores económicos estratégicos, seguirá prestando especial apoyo a las empresas agrarias (agricultura, ganadería y pesca) y a las empresas de hostelería y turismo rural. En 2025, se quiere impulsar la financiación en estos sectores, fomentando, bien a través de líneas de financiación pre establecidas, bien a través de la puesta en marcha de otras nuevas. En 2025, se seguirá apostando por la innovación, digitalización e inversión sostenible de las empresas murcianas. De la evolución en estos tres aspectos depende en mucha medida el desarrollo regional con vistas a futuro. Tanto desde la UE como desde los gobiernos nacional y regional se están impulsando políticas de actuaciones sostenibles con la finalidad, entre otras, de reducir el impacto de la actuación humana sobre el medio ambiente ampliando, además, los parámetros de evaluación de la actuación privada incluyendo valoraciones de impacto sobre el entorno, socialmente hablando. Tal convencimiento pasa inexorablemente por alinear las políticas financieras con tales objetivos. De esta forma, es y será objetivo prioritario del ICREF como encargado del desarrollo de la política de crédito público de la CARM, promover la sostenibilidad y la asunción de criterios ambientales, sociales y de buen gobierno, tanto en lo relacionado con la actuación propia para el desempeño de sus funciones y competencias como promoviendo la actuación sostenible y socialmente responsable en el ámbito privado, sirviendo de catalizador y referencia para consolidar la dirección hacia la sostenibilidad de la evolución del modelo productivo protagonizado por las empresas. En materia de financiación de la Comunidad Autónoma En relación con la gestión del endeudamiento de la CARM en 2025, en el marco de la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, el ICREF tiene como principal objetivo cubrir de forma eficiente las necesidades de financiación de la CARM durante el ejercicio y gestionar de forma activa la cartera de deuda pública y los riesgos asociados a la misma, mejorando la distribución de su carga financiera. Con esta finalidad, desde el ICREF, se definen para 2025 los siguientes criterios generales para la gestión de la deuda: - Acudir al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas y a cualquier otro mecanismo adicional de financiación propuesto por el Estado, por los importes y condiciones establecidos mediante Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos o de cualquier otro órgano competente en la materia, siempre que se mantengan las condiciones favorables que han tenido hasta el momento. - Recurrir a los mercados financieros cuando las condiciones ofrecidas por éstos sean más ventajosas para la CARM que las de los mecanismos estatales o bien cuando sea necesario para la contratación de importes no cubiertos por el Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas. Durante 2025, está previsto que se defina por parte del gobierno estatal un mecanismo para asumir el sobreendeudamiento registrado por las comunidades autónomas de régimen común en los años de mayor impacto de la crisis financiera 2010-2013 a partir de la aprobación de una ley orgánica que la regule. En este sentido, desde el ICREF se analizará el planteamiento realizado, sus principales beneficios para la CARM en términos de ahorro de intereses y mejora de los ratios de endeudamiento, su condicionalidad, posibles alternativas y, en su caso, el cumplimiento de los trámites necesarios que se hayan definido para que se haga efectiva la citada condonación. Además, desde el ICREF se van a estudiar durante 2025 las previsibles implicaciones sobre el endeudamiento público regional del desarrollo de proyectos de inversión en infraestructuras públicas por parte de la CARM, que tengan prevista su financiación bajo una fórmula de colaboración público-privada y en los que esté previsto una aportación pública regional. En materia de gestión de avales Durante 2025 desde el ICREF se van a valorar y tramitar las concesiones de operaciones de aval que tenga previsto conceder la Administración General de la CARM. Además, durante el ejercicio, desde el ICREF se van a centralizar y coordinar las actuaciones correspondientes para recabar la autorización del Estado para la concesión de avales, cuando sea preceptiva, en aplicación de la normativa vigente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, tanto para el caso de la Administración General para los entes que integran el sector público regional. En materia de supervisión de entidades financieras Durante 2025 el ICREF tiene como objetivo desarrollar las tareas de protectorado que le corresponden a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital sobre la Fundación Caja de Ahorros de Murcia en materia de Obra Benéfico-Social, con origen en la extinguida Caja de Ahorros de Murcia. También desarrollará las tareas de autorización administrativa que correspondan en relación con las cooperativas de crédito con domicilio social en la Región de Murcia. En materia de asesoramiento financiero Durante 2025 el ICREF tiene como objetivo desarrollar las tareas de asesoramiento financiero que surjan en el ámbito de la Administración General de la CARM y de su sector público. En materia de educación y cultura financiera Organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) o el Banco Mundial y europeos como la Comisión Europea, reconocen la importancia de la educación financiera como elemento capaz de reducir la exclusión social y desarrollar el sistema financiero. La OCDE define la educación financiera como «el proceso por el que los consumidores financieros mejoran su comprensión de los productos financieros, conceptos y riesgos y, a través de la información, la enseñanza y/o el asesoramiento objetivo, desarrollan las habilidades y confianza para adquirir mayor conciencia de los riesgos y oportunidades financieras, tomar decisiones informadas, saber dónde acudir para pedir ayuda y tomar cualquier acción eficaz para mejorar su bienestar financiero». Tener claros los conceptos financieros básicos es imprescindible para tomar decisiones financieras adecuadas e informadas en relación con el ahorro, el endeudamiento y la inversión, sin poner en riesgo el bienestar personal y familiar presente y futuro. En los últimos tiempos los conocimientos financieros cobran más importancia si cabe marcados por la inflación, la volatilidad y el rápido desarrollo de los mercados financieros con productos cada vez más complejos y variados y a los vertiginosos avances tecnológicos en esta materia. Los beneficios de la educación y la cultura financiera se extienden a la economía en general, dotándola de mayor estabilidad y solidez, y contribuyendo a un mayor desarrollo y eficiencia de los mercados financieros, ya que propicia un mayor nivel de ahorro e inversión. El nivel de conocimientos financieros de la población murciana es susceptible de mejora, tal como demuestran diversos estudios. En concreto, se considera necesario incidir en la educación financiera de los sectores más vulnerables de la población, como una de las vías fundamentales de reducir el riesgo de exclusión. El Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, como órgano de referencia en finanzas dentro de la Administración de nuestra Comunidad Autónoma, tiene entre sus fines generales el de «ejercer las competencias de la Administración General de la Región de Murcia sobre el sistema financiero, y fomentar el conocimiento y la cultura en este ámbito». Las actuaciones organizadas para llevar a cabo esta labor se enmarcan en el Plan de Educación y Cultura Financiera de la Región de Murcia 2024-2025, aprobado en el ejercicio de sus competencias, por el Consejo de Administración del ICREF, en fecha 28 de febrero de 2024 (BORM n.º 60, de 12 de marzo de 2024). Tercera.- Plan Anual de actuación y planificación estratégica (PAAPE) El artículo 14 d) de la Ley 14/2012 de 27 de diciembre hace referencia a la posibilidad que tiene la consejería competente en materia de hacienda para dictar normas de obligado cumplimiento, para que cada ente elabore un plan anual de actuación y planificación estratégica. Dicho plan contendrá las previsiones anuales para cada una de las áreas objeto de seguimiento y en él se reflejarán las actuaciones que se proponen realizar. En el ICREF las áreas operativas objeto de seguimiento así como las líneas de actuación de las mismas para el año 2025 son las siguientes: A01.- INVERSIONES Esta área cuenta con un Responsable de Área de Inversiones y las siguientes líneas de actuación: A01-LA1.- FINANCIACIÓN AL SECTOR PÚBLICO REGIONAL La Disposición Adicional Quinta de la Ley 11/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias en materia de tributos cedidos y tributos propios, año 2008, por la que se crea el ICREF, establece como uno de los fines generales de dicho Instituto el de «procurar financiación para llevar a cabo la política de crédito público de la Administración General de la Región de Murcia”, y para la consecución de dichos fines tiene como una de sus funciones “controlar, coordinar y canalizar la financiación para la oferta de crédito público de la Administración General de la CARM y su sector público” así como “conceder créditos, préstamos, avales y otras cauciones, a favor de quienes compongan el sector público regional». Amparado en lo comentado en el párrafo anterior, se puede destacar que una de las funciones más relevantes del ICREF, en lo concerniente al Área de Inversiones, es la financiación al sector público regional. OBJETIVOS 2025 • A01-LA1-01. Analizar y dar respuesta a la solicitud de asesoramiento, fondos o producto financiero recibida del sector público regional. • A01-LA1-02. Tener implementados y en vigor en el año 2025 instrumentos financieros que satisfagan las necesidades de financiación del sector público regional. • A01-LA1-03. Maximizar el grado de satisfacción de los solicitantes del sector público regional en las actuaciones de asesoramiento, fondos o productos financieros. • A01-LA1-04. Promover la sostenibilidad y la inversión socialmente responsable en el ámbito de sus competencias. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A01-LA1-O1-I1 Plazo de Respuesta. Este indicador medirá el plazo que media entre que el ICREF recibe una solicitud de asesoramiento, fondos o producto financiero y el momento en que efectivamente se pone a disposición la solución requerida. 3 meses desde la entrada de la solicitud (90 días) A01-LA1-O2-I2 Número de instrumentos financieros puestos a disposición del sector público regional. Este indicador medirá el número de soluciones o instrumentos financieros en vigor puestos a disposición del sector público regional para el desarrollo de la política de crédito público de la CARM, bien sea a requerimiento o por iniciativa propia del ICREF. 2 instrumentos financieros al año A01-LA1-O3-I3 Número de Quejas y Reclamaciones. Este indicador medirá el número de quejas y reclamaciones recibidas en relación con las acciones necesarias para el cumplimiento de esta línea de actuación. 0 anuales A01-LA1-O3-I4 Tiempo de respuesta a quejas y reclamaciones. Este indicador medirá el tiempo, en días desde la fecha de entrada en registro de cualquier queja o reclamación recibida, hasta aportar una adecuada respuesta y solución al interesado. Menos de 5 días hábiles A01-LA1-O4-I5 Inversión Sostenible y Socialmente Responsable. Número de instrumentos financieros con al menos un parámetro de sostenibilidad, bien como recomendación en las actuaciones de asesoramiento, bien como criterio de selección en la puesta en marcha de nuevos instrumentos financieros. Al menos 1 parámetro de sostenibilidad por cada nueva actuación A01-LA2.- FINANCIACIÓN AL SECTOR PRIVADO La Disposición adicional única del Decreto-Ley 4/2014, de 30 de diciembre, de medidas tributarias de apoyo a las empresas, y de organización y simplificación administrativa, modificada por la disposición final sexta de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CARM para el ejercicio 2018, autoriza el ICREF, en el marco de la política de crédito público, al diseño y desarrollo de instrumentos de financiación en colaboración con el sector público, con el sector financiero o con instituciones u organismos multilaterales de los que España sea miembro en beneficio de los sectores de la economía productiva. Así mismo, la Disposición Adicional Quinta de la Ley 11/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias en materia de tributos cedidos y tributos propios, año 2008, por la que se crea el ICREF, establece como una de sus funciones la de «celebrar convenios de colaboración y suscribir contratos con instituciones públicas o privadas para el mejor cumplimiento de sus fines». Amparado en lo comentado en el párrafo anterior, se puede destacar otra de las funciones relevantes del ICREF, en lo concerniente al Área de Inversiones, la financiación al sector privado. OBJETIVOS 2025 • A01-LA2-01. Implementar instrumentos financieros que apoyen a empresas y autónomos de la Región de Murcia que necesitan financiación pero tienen dificultades de obtenerlas por los cauces tradicionales. • A01-LA2-02. Verificar que las operaciones formalizadas cumplen con los requisitos y condicionantes establecidos en las líneas de financiación tanto en la comprobación previa a la formalización del préstamo como mediante la realización de inspecciones periódicas después de su formalización. • A01-LA2-03. Dirimir y solucionar cuantos problemas pudieran surgir en el desarrollo de los programas de financiación, así como debatir y valorar adecuadas propuestas de mejora en el funcionamiento ordinario de los instrumentos financieros puestos a disposición de los beneficiarios finales mediante la celebración de los pertinentes comités de seguimiento que a tal efecto están previstos en los respectivos convenios de financiación. • A01-LA2-04. Maximizar el grado de satisfacción de los solicitantes del sector privado en la concesión de financiación. • A01-LA2-05. Apalancar y maximizar la inversión total que se destine a cada proyecto que el ICREF decida financiar. • A01-LA2-06. Promover la sostenibilidad y la inversión socialmente responsable en el ámbito de sus competencias. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN OBJETIVO A01–LA2-O1-I1 Número de instrumentos financieros diseñados y puestos en marcha. Este indicador medirá el número de instrumentos financieros puestos a disposición del sector privado para apoyar el impulso y desarrollo económico, tanto si lo hace el ICREF directamente, como si lo hace con la mediación de un intermediario financiero público o privado. 4 anuales de manera simultánea A01–LA2-O1-I2 Número de nuevos beneficiarios finales. Este indicador medirá el número de beneficiarios finales que han obtenido financiación o recursos financieros derivados de la puesta en marcha de instrumentos financieros en 2025. 50 Anuales A01-LA2-O2-I3 Número Inspecciones y Seguimiento. Prevé el ICREF en cada línea de financiación la posibilidad de verificar y demostrar el correcto empleo de los fondos públicos puestos a disposición de beneficiarios finales así como el debido cumplimiento de todos los requisitos establecidos. Por este motivo el ICREF realizará procesos de inspección periódicos sobre cada línea de financiación de la que hayan transcurrido más de 6 meses desde su inicio de vigencia, seleccionando una muestra de operaciones aleatoria que permita comprobar el cumplimiento indicado. Por línea de financiación: • Una inspección anual • 5% del total operaciones en vigor A01-LA2-O3-I4 Celebración de comités de seguimiento. Este indicador medirá el número de comités de seguimiento realizados con la finalidad de dirimir y solucionar cuantos problemas pudieran surgir en el desarrollo de los programas de financiación así como debatir y valorar adecuadas propuestas de mejora en el funcionamiento ordinario de los instrumentos financieros puestos a disposición de los beneficiarios finales. 1 Anual por instrumento financiero en vigor durante un mínimo de 6 meses. A01-LA2-O4-I5 Número de Quejas y Reclamaciones. Este indicador medirá el número de quejas y reclamaciones recibidas en relación con las acciones necesarias para el cumplimiento de esta línea de actuación. 0 Anuales A01-LA2-O4-I6 Tiempo de respuesta a quejas y reclamaciones. Este indicador medirá el tiempo, en días desde la fecha de entrada en registro de cualquier queja o reclamación recibida, hasta aportar una adecuada respuesta y solución al interesado. Inferior a 5 días hábiles A01-LA2-O5-I7 Inversión directa inducida. Este indicador medirá el efecto inducido por cada euro prestado o avalado por el ICREF sobre el total de las inversiones materializadas por parte de los prestatarios. De esta forma se pretenderá maximizar la inversión realizada por el sector privado por cada euro prestado a estos por parte del ICREF. Se calculará mediante la ratio Inversiones totales realizadas/Importe de financiación concedida por el ICREF. Igual o superior a 1,5 A01-LA2-O6-I8 Inversiones sostenibles y socialmente responsables. Incluir en cada nueva línea de financiación puesta en marcha parámetros de sostenibilidad en las decisiones de inversión. Al menos 1 parámetro de sostenibilidad en cada línea. A02.- ÁREA DE MERCADO DE CAPITALES Esta área cuenta con dos Jefes de Departamento y las siguientes líneas de actuación para el ejercicio 2025: A02-LA1.- GESTIÓN Y CONTROL DEL ENDEUDAMIENTO NUEVO DE LA CARM Los principales aspectos que recoge esta línea de actuación son los siguientes: - Identificación y estimación de las necesidades de financiación de la CARM para cada ejercicio, teniendo en cuenta el cumplimiento de las limitaciones existentes en la normativa vigente sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. - Gestión financiera óptima y eficiente de la cartera de deuda pública regional y de sus riesgos, incluyendo la negociación con las entidades prestamistas potenciales de financiación (Administración General del Estado, entidades de crédito, ICO, BEI…) y la valoración de las mejores opciones de financiación para la Administración General de la CARM y su sector público, tanto para cubrir las necesidades de financiación de cada ejercicio, como para reestructurar la cartera de deuda autonómica y conseguir una mejora en la distribución de la carga financiera, aprovechando las situaciones favorables que en los mercados financieros pudieran surgir. - Valorar las fórmulas de financiación de inversiones en infraestructuras públicas que se promuevan por parte de la CARM, al amparo de la colaboración público-privada en los que se encuentre prevista una aportación pública regional, con el fin de analizar el posible impacto en los niveles de endeudamiento de la CARM y de velar por los límites que en cada momento establezca la normativa en materia de estabilidad financiera y sostenibilidad financiera. OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 los objetivos relativos a esta Línea de Actuación son: • A02-LA1-O1.- Cubrir la totalidad de las necesidades de financiación de la CARM para el ejercicio 2025, ya sea mediante la tramitación de la adhesión de la Comunidad a los mecanismos de financiación propuestos por la Administración General del Estado durante este ejercicio, o bien recurriendo a otro tipo de financiación, en aquellos casos en los que se vayan a mejorar las condiciones de la financiación y se cumpla con la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. • A02-LA1-O2.- Realizar los trámites necesarios para la adhesión, en su caso, de la CARM a los mecanismos de financiación propuestos por la Administración General del Estado durante este ejercicio, velando por el cumplimiento tanto de la condicionalidad financiera como de los requerimientos de información periódica que en materia de endeudamiento se definan para 2025. En el caso de que se suscriban operaciones de financiación fuera del ámbito de los mecanismos de financiación propuestos por el Estado, el objetivo sería el desarrollo de los trámites necesarios para llevar a cabo la suscripción de las operaciones de financiación (valoración de las diferentes ofertas de financiación recibidas, negociación con las entidades financieras prestamistas, solicitud de las autorizaciones preceptivas necesarias,…). • A02-LA1-O3.- Valorar las solicitudes de autorización de endeudamiento recibidas en la consejería competente en materia de hacienda de los entes que integran el sector público regional, velando por el cumplimiento de la normativa vigente de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y negociando, en su caso, las condiciones financieras de las operaciones de financiación con las entidades financieras prestamistas. • A02-LA1-O4.- Centralizar y coordinar la relación de la CARM con las agencias de rating durante 2025, con el objetivo de conseguir que se canalice la información que sea relevante para llevar a cabo un análisis adecuado de la situación económica y financiera regional, como una de las vías fundamentales para mejorar la calificación crediticia de la CARM y, por tanto, permitir el abaratamiento del coste de la financiación y el acceso a una mayor diversificación de las fuentes de financiación. • A02-LA1-O5.- Analizar el planteamiento realizado en 2025 a la CARM sobre una posible condonación de parte de la financiación suscrita por la misma en el marco del Fondo de Liquidez Autonómica en ejercicios anteriores, sus principales beneficios para la comunidad en términos de ahorro de intereses y mejora de los ratios de endeudamiento, su condicionalidad, posibles alternativas y, en su caso, el cumplimiento de los trámites necesarios que se hayan definido para que se haga efectiva la citada condonación. • A02-LA1-O6.- Valoración del posible impacto, en términos de endeudamiento público regional y de cumplimiento de los límites del mismo establecido por la normativa en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, del planteamiento durante 2025 al ICREF del desarrollo por parte de la CARM de proyectos de inversión en infraestructuras públicas, que se financien bajo una fórmula de colaboración público-privada en los que se encuentre prevista una aportación pública regional. Estos objetivos deben de ser conseguidos teniendo en cuenta las limitaciones y requisitos que en materia de endeudamiento puedan surgir a lo largo del ejercicio 2025 o que en la actualidad existen, entre los que se destacan los siguientes: - La Ley de Presupuestos Generales de la CARM vigente en 2025. - El Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se dispone la autorización de endeudamiento de la CARM para el ejercicio 2025. - Las autorizaciones de Consejo de Ministros que se emiten para la suscripción de operaciones de endeudamiento de largo plazo por parte de la CARM durante el ejercicio 2025. - La normativa estatal correspondiente en materia de financiación autonómica y estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (LOFCA, LOEPSF…). - El Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico. - La Resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. - Los Acuerdos de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos relacionados con los objetivos de esta línea de actuación. - Reglamento (UE) N.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2013 relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A02–LA1–O1–I1 Importe del endeudamiento suscrito en el ejercicio 2025 / Importe del total de las necesidades de financiación 100% (Cobertura total de las necesidades de financiación del ejercicio) A02–LA1–O2–I2 Cumplimiento de los trámites previos y derivados de la adhesión y posterior suscripción, en su caso, de los mecanismos de financiación del Estado durante el ejercicio 2025 o para la suscripción de operaciones de financiación fuera del ámbito de los anteriores mecanismos 100% A02–LA1–O3–I3 N.º de valoraciones de solicitudes de autorización de endeudamiento de entes / Nº total de solicitudes recibidas 100% A02–LA1–O4–I4 Plazo de respuesta a las solicitudes de información de las agencias de rating que califican a la CARM en la actualidad: Fitch y Moody´s Máximo de 2 meses A02–LA1-O5–I5 N.º análisis de los diferentes planteamientos que se hagan por parte del gobierno central en el marco de la posible condonación de parte de la financiación suscrita por la CARM en el marco del Fondo de Liquidez Autonómica/Nº planteamientos realizados 100% (se van a analizar todos los planteamientos que se hagan) A02–LA1-O6–I6 Número de valoraciones que realice el ICREF en 2025 para analizar el impacto sobre el endeudamiento regional de los proyectos de inversión en infraestructuras públicas bajo la fórmula de colaboración público-privada y aportación pública regional / Número de proyectos de inversión a desarrollar por la CARM en este marco 100% A02-LA2.- ANÁLISIS, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ENDEUDAMIENTO VIVO DE LA CARM Los principales aspectos que recoge esta línea de actuación son los siguientes: - Análisis, seguimiento y control del endeudamiento de la Administración General de la CARM y de los entes que integran el sector público regional de acuerdo a los criterios SEC-2010. - Velar por la correcta publicación que, con carácter trimestral, realiza el Banco de España sobre el endeudamiento regional. - Cobertura del servicio financiero de las operaciones suscritas por la Administración General de la CARM (liquidación de intereses y reembolso de capital). OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025, los objetivos relativos a esta Línea de Actuación son: • A02-LA2-O1.- Analizar y trasladar a los diferentes destinatarios (Tribunal de Cuentas, AIREF, Ministerio de Hacienda, Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, entidades financieras prestamistas, Banco de España…) la situación y evolución de la cartera de deuda de la CARM durante 2025, tanto de la Administración General de la CARM como de los entes que integran el sector público regional de acuerdo con los criterios de SEC-2010. • A02-LA2-O2.- Cotejar trimestralmente la información relativa al endeudamiento público regional que va a ser publicada por Banco de España, con el fin de que se realice una correcta difusión de dicha información. Al mismo tiempo, detectar discrepancias con los registros de deuda regional que se dispone en el ICREF. • A02-LA2-O3.- Comprobación y tramitación de las liquidaciones, con la periodicidad que corresponda, de pago de amortización del capital e intereses de las operaciones de endeudamiento de largo plazo que integran la cartera de deuda viva de la CARM y que son solicitadas a las entidades financieras de forma previa a su pago. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A02–LA2–O1–I1 N.º de días transcurridos para el análisis de la situación del endeudamiento vivo a cierre del mes anterior 15 días, en media anual A02–LA2–O1–I2 Plazo máximo para responder a la solicitud de información relativa a la deuda de la CARM de los diferentes agentes Hasta 30 días desde la solicitud A02–LA2–O2–I3 N.º de revisiones trimestrales al año que se realizan de la deuda pública regional previo a su publicación por parte de Banco de España / Nº de publicaciones trimestrales de la deuda pública regional por parte de Banco de España 100% A02–LA2–O3–I4 N.º de liquidaciones comprobadas / N.º de liquidaciones realizadas 100% A02-LA3.- TRAMITACIÓN Y SEGUIMIENTO DE AVALES Los principales aspectos que recoge esta línea de actuación son los siguientes: - La concesión de avales por parte de la Administración General de la CARM está directamente vinculada a la financiación de proyectos con una clara vocación de interés público y, al mismo tiempo, debe procurar la viabilidad de las operaciones de crédito garantizadas. Por tanto, la concesión de avales tiene la responsabilidad de combinar la rentabilidad social y económica asociada a las operaciones garantizadas. - Durante la vigencia de los avales concedidos es fundamental el seguimiento y control periódico de las operaciones de crédito que se encuentren garantizadas por la Administración General de la CARM, así como de la situación financiera y patrimonial de la entidad avalada. - Velar por el correcto cumplimiento de la normativa sobre estabilidad presupuestaria y financiera en materia de avales. OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 los objetivos relativos a esta Línea de Actuación son: • A02-LA3-O1.- Asegurar un adecuado equilibrio entre la rentabilidad social y económica de las operaciones de crédito avaladas por la Administración General de la CARM durante 2025, teniendo en cuenta los principales indicadores de interés público que se consideren estratégicos en cada momento por parte del Gobierno Regional y la sostenibilidad económica del proyecto garantizado (situación económica-financiera presente y expectativas futuras deducen una capacidad suficiente de devolución de la operación financiera avalada). Con carácter general se pueden considerar como indicadores de interés público estratégicos para 2025 aquellas actuaciones que favorezcan el impulso de la actividad económica y la creación de empleo, en términos de número de empleos previstos generados, inversiones en sectores productivos de la economía, etc.. • A02-LA3-O2.- Verificar y controlar de forma periódica durante 2025, el cumplimiento de las obligaciones financieras asociadas a las operaciones de crédito garantizadas por la Administración General de la CARM en la actualidad y de los avales que se concedan a lo largo del ejercicio. • A02-LA3-O3.- Centralizar y coordinar las actuaciones relativas a la solicitud de autorización de Consejo de Ministros para la concesión de avales cuando sea preceptiva, tanto para el caso de avales concedidos por la Administración General de la CARM, como por las entidades que integran el sector público regional de acuerdo a los criterios SEC-2010 y que tengan prevista la concesión de avales en sus leyes fundacionales. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A02–LA3–O1–I1 Plazo máximo de la valoración previa y, tramitación en su caso, de la concesión de avales de la Administración General de la CARM que hayan sido solicitados durante 2025, siempre que se encuentren suficientemente motivadas en términos de rentabilidad social e interés público, no sobrepasando el importe máximo total permitido para las operaciones de crédito avaladas por la CARM en 2025 3 meses desde su solicitud A02–LA3–O2–I2 Periodicidad máxima con la que se obtiene información suficiente y adecuada de la entidad financiera prestamista, que permita concluir que las entidades avaladas se encuentran al corriente de las obligaciones financieros derivadas de los préstamos avalados. Periodicidad máxima semestral A02–LA3–O3–I3 Plazo máximo transcurrido desde que se recibe la información relativa a los avales hasta que se tramita la preceptiva autorización de Consejo de Ministros 2 meses A02-LA4.- EJERCER LAS COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL SISTEMA FINANCIERO Los principales aspectos que recoge esta línea de actuación son los siguientes: - Se ejercerán las competencias de la CARM en materia de cajas de ahorros que se pretendan crear y tengan domicilio social en la Región de Murcia, de conformidad con la normativa regional en el marco de la norma básica estatal. - Igualmente, se ejercerán las tareas que, en materia de protectorado, posee la consejería competente en materia de hacienda frente a las Fundaciones que tienen su origen en una caja de ahorros con domicilio social en la Región de Murcia, cuando dicho protectorado corresponda a la CARM. A 31 de diciembre de 2024 existe una única Fundación con estas características y es la Fundación Caja de Ahorros de Murcia. Estas tareas, que corresponden al Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, han sido delegadas en la Directora General del ICREF de acuerdo con la Orden de 28 de septiembre de 2023 de esta Consejería (BORM N.º 226, de 29 de septiembre de 2023), por la que se delegaron competencias del titular del Departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería. - En el caso de la Cooperativa de Crédito con domicilio social en la Región de Murcia, Caja Rural Regional San Agustín Fuente Álamo, S.C.C., de acuerdo con la Ley 8/2006, de 16 de noviembre, de Sociedades Cooperativas de la Región de Murcia, se ejercerán las tareas de autorización administrativa y otras tareas administrativas que sean solicitadas a la CARM. OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 los objetivos relativos a esta Línea de Actuación son: • A02-LA4-O1.- Comprobar que las Cuentas Anuales de la Fundación Caja de Ahorros de Murcia correspondientes al ejercicio 2024, que comprenden Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Memoria e informe de Auditoría, se adecuan a la normativa vigente, procediendo con posterioridad a su depósito en el Registro de Fundaciones de la Región de Murcia. • A02-LA4-O2.- Comprobar la adecuación formal a la normativa vigente del Plan de actuación de la Fundación para 2026 aprobado por el patronato, y proceder en su caso a su depósito en el Registro de Fundaciones de la Región de Murcia. • A02-LA4-O3.- Ejercer el resto de tareas que puedan surgir durante 2025 y que tiene encomendadas la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital como protectorado de la Fundación Caja de Ahorros de Murcia (venta de inmuebles…), y por la relación con las cooperativas de crédito con sede social en la Región de Murcia. • A02-LA4-O4.- Ejercer las tareas que puedan surgir a lo largo de 2025 relacionadas con las competencias que el ICREF tiene atribuidas en relación a la Caja Rural Regional San Agustín Fuente Álamo, S.C.C. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A02–LA4–O1–I1 Plazo máximo para realizar el depósito en el Registro de Fundaciones de la CARM, de acuerdo con sus competencias como protectorado de la Fundación Caja de Ahorros de Murcia, de las cuentas anuales de 2024 Hasta tres meses desde la entrada en el ICREF de la información A02–LA4–O2–I2 Plazo máximo para realizar el depósito en el Registro de Fundaciones de la CARM, de acuerdo con sus competencias como protectorado de la Fundación Caja de Ahorros de Murcia, del Plan de actuación de 2026 Hasta tres meses desde la entrada en el ICREF de la información A02–LA4–O3–I3 Plazo máximo de tramitación de las posibles solicitudes de la Fundación Caja de Ahorros de Murcia (registro venta de inmuebles,…) Tres meses desde la fecha de entrada en el ICREF de la solicitud A02–LA4–O4–I4 Plazo máximo de tramitación de las solicitudes de la Caja Rural Regional San Agustín Fuente Álamo, SCC. Tres meses desde la fecha de entrada en el ICREF de la solicitud A02-LA5.- ASESORAMIENTO FINANCIERO AL SECTOR PÚBLICO REGIONAL El principal aspecto que recoge esta línea de actuación es el asesoramiento en materia de índole financiera que responda a una solicitud puntual o el asesoramiento continuo que, con carácter permanente, pueda desarrollar el ICREF de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas. OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 los objetivos relativos a esta Línea de Actuación son: • A02-LA5-O1.- Colaborar en la configuración del modelo de financiación para el desarrollo de proyectos de inversión en infraestructuras públicas que se desarrollen por parte de la CARM, a través de fórmulas de colaboración entre el sector público y privado, siempre que exista una aportación pública, con el fin de valorar la posible repercusión en la deuda pública regional. • A02-LA5-O2.- Asesorar, en el ámbito de sus competencias, a los órganos promotores que, dentro de la CARM, vayan a desarrollar un contrato público de concesión de obra y concesión de servicios en 2025 y en los ejercicios siguientes, para recabar del órgano estatal el preceptivo (Oficina Nacional de Evaluación) el informe sobre la sostenibilidad financiera previsto en el artículo 333 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos de sector público. • A02-LA5-O3.- Asesorar, a través de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias y con su colaboración, a las corporaciones locales cuando éstas deseen contratar productos financieros, siempre que estén en condiciones de concertar estas operaciones, en virtud de la normativa aplicable, y demanden esta asistencia. De manera adicional, colaborar con la Dirección General de Administración Local en el marco de la «Estrategia de lucha contra la despoblación y mejora de la calidad de vida en entornos rurales de la Región de Murcia» que tiene como objetivo reforzar la inclusión financiera en las zonas rurales y garantizar el acceso a servicios financieros básicos a todos los ciudadanos de la Región. • A02-LA5-O4.- Asesorar y colaborar en aquellas materias de índole financiera que pudieran surgir dentro de la CARM a lo largo de 2025. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A02–LA5–O1–I1 Número de colaboraciones y valoraciones del ICREF / Número de solicitudes recibidas 100% A02–LA5–O2–I2 Número de solicitudes tramitadas por el ICREF en la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) / Número de solicitudes recibidas 100% A02–LA5–O3–I3 Plazo máximo para responder a la solicitud de colaboración/asesoramiento financiero puntual relacionado con la Dirección General de Administración Local Desde 1 mes hasta 6 meses desde la entrada en el ICREF de la información dependiendo de la naturaleza de la consulta realizada A02–LA5–O4–I4 Plazo máximo para responder a la solicitud de asesoramiento financiero Desde 1 mes hasta 6 meses desde la entrada en el ICREF de la información dependiendo de la naturaleza de la consulta realizada A03.- ÁREA DE EDUCACIÓN Y CULTURA FINANCIERA El Plan de Educación y Cultura Financiera de la Región de Murcia es el marco de referencia para todas las actuaciones que el ICREF realiza en relación con dicha materia. La finalidad del Plan es promocionar la cultura financiera, realizar y difundir estudios y análisis sobre la situación del sector financiero en la Región de Murcia y mejorar el nivel de educación financiera de la población, sobre los principios de cooperación y coordinación. Los colaboradores son una pieza fundamental del Plan, que pretende convertirse en una herramienta marco para las actuaciones en materia de educación y cultura financiera que realicen las distintas instituciones públicas y privadas que están adheridas al mismo. El Plan define tres áreas de actuación: a) Educación y formación. Destinada a subsanar las deficiencias en el nivel de educación y cultura financiera, mediante iniciativas encaminadas a desarrollar entre los ciudadanos las habilidades y la confianza necesarias para ser más conscientes de los riesgos y oportunidades financieras, y a capacitarlos para tomar decisiones informadas, saber a dónde acudir para obtener ayuda y ejercer cualquier acción eficaz para mejorar su bienestar económico. b) Cultura y divulgación. Conforman esta área los encuentros, mesas redondas, simposios, congresos y demás actividades de divulgación de la cultura financiera, que contribuyan a acercar el mundo de las finanzas al público en general y poner a la Región de Murcia en el epicentro de la difusión de información financiera. c) Estudios y análisis. Como órgano especializado en finanzas dentro de la Administración Regional, el ICREF pretende convertirse en referente dentro del sector financiero que: proporcione a las entidades y profesionales que lo conforman información útil y actualizada, genere artículos doctrinales y estudios sobre temas de interés para el sector y promueva foros de encuentro y debate entre profesionales de las finanzas. Dispone de una denominación y logotipo que constituyen su imagen pública, y se apoya en la página web www.educaenfinanzas.icrefrm.es, que da soporte y difusión a las actividades que se realizan en su seno. El Plan regional está alineado con los principios inspiradores del Plan de Educación Financiera que promueven el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, del que el ICREF tiene la condición de colaborador desde junio de 2020. Las líneas de actuación Del Área de Educación y Cultura Financiera durante el ejercicio 2025 son las siguientes: A03-LA1.- EDUCACIÓN Y FORMACIÓN El público objetivo de las actividades que se realizan en esta área está compuesto por quienes tienen necesidad de potenciar su nivel de educación financiera, prestando especial atención a los colectivos más vulnerables. Durante 2025, continúa la producción del espacio radiofónico «Las píldoras financieras del ICREF» que se emite en directo en Onda Regional de Murcia dentro del programa Plaza Pública todos los viernes de 9:45 a 10:00 de la mañana. La primera emisión tuvo lugar el 19 de junio de 2020. Se tratan temas de interés para los oyentes con la intención de ofrecer formación en materia económico-financiera accesible para cualquiera. Esta actividad no compromete fondos del ICREF. Otra actividad que vamos a seguir organizando son los coloquios de educación financiera en centros de secundaria. Se trata de ofrecer un espacio de acercamiento de los alumnos con el mundo de la economía y las finanzas, a través de la posibilidad de charlar de manera informal con el Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, la Directora General del ICREF u otros profesionales del ámbito económico-financiero. Otra actividad ya programada en 2024 y que sigue en 2025 es la continuación del ciclo talleres de educación financiera en centros de mayores gestionados por el IMAS en asociación con el Banco de España en Murcia. Se llevan a cabo alternativamente en la sede del Banco, o en los centro de mayores ubicados por toda la Región de Murcia. Estos talleres posibilitan por ejemplo, que los mayores se pongan al día con las finanzas digitales, conozcan el protocolo de la Banca para las personas mayores y eviten fraudes financieros. La semana del 17 al 23 de marzo se celebra la Global Money Week, una campaña anual mundial de concienciación sobre la importancia de que los jóvenes adquieran unas nociones financieras desde muy temprana edad y de que vayan desarrollando los conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para tomar unas decisiones financieras sólidas que, a la larga, les permitan alcanzar bienestar y resiliencia financieros. Está organizada por la Red Internacional de Educación Financiera de la OCDE (OCDE/INFE). El ICREF participa en esta iniciativa con diversas actividades: el espacio radiofónico de las píldoras de economía doméstica del ICREF se dedicará a la GMW, se va a realizar una charla a alumnos de secundaria en colaboración con el Banco de España, y se va a poner a disposición de los centros docentes y del público en general un kahoot, para que pongan a prueba sus conocimientos financieros básicos y aprendan de forma más amena y divertida. En octubre se celebrará el Día de la Educación Financiera, un evento anual, integrado en el Plan Nacional de Educación Financiera. Los colaboradores del Plan están obligados a participar con al menos un evento o actividad, de acuerdo con sus posibilidades. Para conmemorar este día, el ICREF tiene previsto llevar a cabo una serie de actividades durante el mes de octubre: • Al menos una charla de educación financiera en un centro de Secundaria de la Región. • Varios programas de «Las píldoras financieras del ICREF» dedicados al tema central que este año es la inclusión financiera. • Elaboración de un juego de preguntas con varias respuestas a través de la aplicación Kahoot, que se pondrá a disposición de los profesores de Secundaria como recurso para el aula y estará también accesible para el público en general. El ICREF también colabora estrechamente con la Facultad de Economía y Empresa de la UMU y con el Centro de Profesores y Recursos de la CARM, y fruto de esta colaboración el ICREF ha impulsado un curso destinado a profesores de secundaria denominado «Cryptopolis». El ICREF utiliza también su cuenta oficial de la red X y su canal de youtube para educar en finanzas y promover la cultura financiera mediante enlaces a noticias, eventos, podcast o documentos que se consideran de interés. Los mensajes tienen dos tipos de destinatarios: profesionales del ámbito de la economía y las finanzas y público en general. Se aprovechan las redes también para aumentar la difusión del podcast del programa de radio, de manera que llegue a la población que no lo pueda escuchar en directo y así conseguir una mayor repercusión. La condición del ICREF de Colaborador del Plan de Educación Financiera, le obliga a observar en todas sus actuaciones en la materia las directrices establecidas en el protocolo de adhesión al Plan y cumplir los compromisos antes mencionados. La condición del ICREF de Colaborador del Plan de Educación Financiera, le obliga a observar en todas sus actuaciones en la materia las directrices establecidas en el protocolo de adhesión al Plan y cumplir los compromisos antes mencionados. OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 los objetivos relativos a esta línea de actuación son: • A03-LA1-01. Continuar la emisión del programa de difusión de la cultura financiera «Las píldoras financieras del ICREF» durante todo el año 2025. • A03-LA1-02 Educación financiera mediante la difusión de noticias en redes sociales. • A03-LA1-03 Participar en la celebración del Día de la educación financiera con al menos una actividad. • A03-LA1-04 Participar en la celebración de la Global Money Week con al menos una actividad. • A03-LA1-05 Desarrollar actividades de apoyo a la educación financiera para docentes y estudiantes de educación secundaria. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A03-LA1-O1-I1 Periodicidad del espacio radiofónico Uno a la semana, salvo viernes festivo o vacaciones A03-LA1-O2-I2 Tweets o Retweets semanales publicados relacionados con la educación financiera Al menos 4 a la semana A03-LA1-O3-I3 Número de actividades diseñadas y puestas en marcha con motivo del Día de la Educación Financiera Al menos una A03-LA1-O4-I4 Número de actividades diseñadas y puestas en marcha con motivo de la Global Money Week Al menos una A03-LA1-O5-I5 Número de acciones de educación financiera para docentes y estudiantes puestas en marcha Al menos 3 A03-LA2.- CULTURA Y DIVULGACIÓN Esta área de actuación comprende las actividades destinadas a promocionar la cultura financiera entre la ciudadanía en general. El ICREF está integrado en la red de socios de Spainsif, la plataforma referente en inversión sostenible y responsable en España. En 2025 el ICREF va a colaborar con la organización de la Semana ISR de Spainsif organizando en Murcia una de sus jornadas. OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 el objetivo relativo a esta línea de actuación es: • A03-LA2-01. Participar en la Semana ISR 2025 de Spainsif con la organización de una jornada en Murcia. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A03-LA2-O1-I1 Número de jornadas organizadas Una A03-LA3.- ESTUDIOS Y ANÁLISIS. La herramienta fundamental de la que dispone el ICREF para desarrollar esta línea de actuación es el Observatorio Financiero de la Región de Murcia. Se trata de una herramienta enfocada fundamentalmente a las entidades y los profesionales que conforman el sector financiero regional, aunque también puede resultar útil a empresas, autónomos y ciudadanos en general. Pretende ofrecer información útil y actualizada, para entender la situación económico-financiera de la Región de Murcia y tomar las oportunas decisiones en este ámbito. Durante 2025, se publicarán dos informes semestrales los cuales recogerán datos de diversas fuentes especializadas a los que se dará un enfoque regional. Cada informe irá acompañado por un monográfico o artículo especializado firmado por profesionales de reconocido prestigio. Serán temas de actualidad y alto nivel de interés para la sociedad murciana. Un convenio de colaboración firmado en 2021 con el Colegio de Economistas sirve de marco regulador de la colaboración entre ambas instituciones a través de su Cátedra de Competitividad en la que participan además del Servicio de Estudios Económicos del Colegio, la Universidad de Murcia y la UPCT. En 2025 vence este convenio y se firmará un convenio nuevo con la misma entidad. OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 el objetivo relativo a esta línea de actuación es: • A03-LA3-01. Mantener las publicaciones periódicas del Observatorio Financiero de la Región de Murcia. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A03-LA3-O1-I1 Número de informes publicados en 2025 2 informes A03-LA4.- GESTIÓN DEL PLAN DE EDUCACIÓN Y CULTURA FINANCIERA DE LA REGIÓN DE MURCIA OBJETIVOS 2025 Para el ejercicio 2025 los objetivos relativos a esta línea de actuación son: • A03-LA4-01. Hacer un adecuado seguimiento de las actividades del Plan, tanto de las propias del ICREF como de las que comunican los colaboradores a través del seguimiento de sus actividades a través de sus webs, su participación en las píldoras, mailings etc... • A03-LA4-02. Mantener debidamente actualizada la página web que sirve de soporte al Plan. INDICADORES 2025 INDICADOR DESCRIPCIÓN RESULTADOS ESPERADOS A03-LA4-O1-I1 Hacer un seguimiento de las actividades del Plan de Educación Financiera Regional Seguimiento a los colaboradores a través de sus redes sociales y sus webs A03-LA4-O2-I2 Tiempo que se tarda en subir las actividades realizadas a la web Menos de 72 horas Cuarta.- Recursos asignados y financiación del Plan Anual de actuación y planificación estratégica. En el Plan de Actuación, Inversión y Financiación del ICREF para el ejercicio 2024, prorrogado para el ejercicio 2025 (Orden de 23 de diciembre de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, durante el ejercicio 2025, BORM núm. 299, de 27/12/2024), se determina el volumen de recursos públicos asignados para acometer los objetivos de las líneas de actuación comprendidas en las áreas operativas definidas en la cláusula tercera del presente contrato programa. Así pues, se convierte en el marco presupuestario de referencia, necesario para llevar al ICREF a alcanzar los objetivos acordados con la Consejería en el presente contrato programa, con el equilibrio económico-financiero más favorable. La distribución de los recursos y gastos públicos prevista para el ejercicio 2025 por áreas de actuación, tanto en lo que se refiere a su origen como aplicación, es la que a continuación se detalla: Los ingresos previstos para el ejercicio 2025 derivados de la actividad propia del ICREF, recogen fundamentalmente los intereses y comisiones originados en la ejecución de las líneas de financiación ya iniciadas, y aquellas que se pondrán en marcha en el nuevo ejercicio. Las estimaciones realizadas por estos conceptos cubren aproximadamente el 44,21% de los costes estructurales y de financiación necesarios para acometer las actuaciones programadas. En la vertiente financiera, las estimaciones realizadas en relación a los cobros por recuperación de inversiones de esta naturaleza muestran una diferencia positiva con respecto a los desembolsos a realizar por inversiones previstas en según el presupuesto prorrogado 2024 del ICREF. En el ámbito de la deuda pública gestionada por el ICREF, tanto los gastos por intereses y comisiones, etc. de los préstamos recibidos, como los correspondientes al reintegro de los mismos, se encuentran presupuestados en los capítulos III y IX de la Sección 02 “Deuda Pública” de los Presupuestos Generales de la CARM según el presupuesto prorrogado 2024, según lo establecido en párrafo primero de este apartado. Quinta.- Derechos y obligaciones de las partes Las obligaciones del ICREF son las siguientes: a. Proporcionar a todo el sector público regional un apoyo técnico y continuado en el marco de la gestión del endeudamiento y del sistema financiero, procurando en todo momento que la plantilla posea el necesario conocimiento técnico, económico y de coyuntura económico-financiera que ello requiere. b. Garantizar la cobertura de las necesidades de endeudamiento de la Administración General de la CARM de una manera eficiente, conociendo y analizando en cada momento las distintas alternativas de financiación posibles, y velando por el cumplimiento de los límites normativos existentes. c. Cumplir de manera eficaz y eficiente los objetivos establecidos en el presente contrato programa, de acuerdo con los fines del ICREF y en el ámbito de sus funciones, con estricta sujeción al ordenamiento jurídico vigente. d. En particular, el ICREF asume como obligación expresa y de carácter permanente, el cumplimiento de los principios financieros, presupuestarios y organizativos establecidos en el artículo 12 y siguientes de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional. e. Cumplimentar de forma diligente y en el menor plazo posible, las peticiones de información y/o documentación que se reciban de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital. f. Promover el principio de transparencia en sus relaciones con la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, con los órganos de fiscalización, y con quienes estén legitimados para ello, facilitando sin reservas la totalidad de la documentación, información, datos, estadísticas o cuentas que le sean requeridos. g. Gestionar la política informativa del ICREF de forma sincronizada con la de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital. El ente ostenta frente a la Consejería de adscripción los siguientes derechos: a. A disponer de un interlocutor institucional en la Consejería, habilitado para ello, y que represente un cauce abierto y permanente de relación, consulta y asistencia en las dudas y decisiones que deba adoptar el ICREF. b. A ser informado y conocer las directrices fijadas por la Consejería de adscripción, con antelación suficiente para llevarlas a cabo o incluirlas en el contrato programa correspondiente. c. A ser asistido, informado y asesorado por los servicios técnicos, jurídicos, económicos e informáticos de la Consejería en todos los proyectos en los que el ente solicite su asistencia. d. A tener acceso a los sistemas informáticos de soporte corporativo de la Consejería, al correo corporativo y a los sistemas y planes de formación de los empleados de la ésta, así como a las soluciones corporativas de la misma en materia de prevención de riesgos laborales, gestión de ingresos de derecho público, contratación, y cualesquiera otras que a nivel corporativo se puedan implementar en el futuro. Sexta.- Modificación del Contrato Programa El presente contrato programa deberá modificarse cuando hechos o circunstancias acontecidas determinen la conveniencia de actualizar las líneas de actuación descritas en el mismo, tanto en lo que se refiere a objetivos como medios económicos, con la finalidad de contar permanentemente con unas metas ajustadas a la realidad económica del ente. Séptima.- Publicación del Contrato Programa y seguimiento y control del cumplimiento de objetivos. Una vez suscrito por las partes, el presente contrato programa será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, así como en el Portal de la Transparencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la web del ICREF. Una vez finalizado el ejercicio 2025, el ICREF elaborará un informe de seguimiento del presente contrato programa en el que se determinarán los indicadores de ejecución y se analizarán las causas y circunstancias más relevantes del resultado. El informe se remitirá a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital y será publicado en el Portal de la Transparencia. Ambas partes se comprometen al cumplimiento de este contrato programa y en prueba de conformidad lo firman el 4 de abril de 2025, el Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, Luis Alberto Marín González y la Directora General del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, Ana M. López Oña. A-210425-1809