I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 2379 Decreto n.º 40/2025, de 8 de mayo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia a favor de la Universidad de Murcia (UMU), la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) y la Fundación Universitaria San Antonio / Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM) para la realización de programas y actividades de apoyo al emprendimiento universitario en la Región de Murcia durante 2025. El Instituto de Fomento de la Región de Murcia (en adelante el Instituto) es una entidad de derecho público, regulada por la Ley 9/2006, de 23 de noviembre, y al que corresponde promocionar e impulsar el desarrollo y crecimiento económico regional así como la competitividad, el empleo y su calidad, y la productividad de su tejido empresarial, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas mediante la articulación y ejecución de acciones que contribuyan al cumplimiento de las directrices de la planificación económica del Gobierno regional, en el marco de la política económica general. Para el cumplimiento de sus fines, el Instituto ha venido estableciendo acuerdos con distintas entidades regionales, que tienen como denominador común, que sus fines y actividades convergen con los objetivos y acciones que en materia de desarrollo regional gestiona el Instituto, recogiendo muchos de los acuerdos señalados, una colaboración financiera para hacer posible la ejecución de las acciones consensuadas. En esta línea, la contribución que las distintas asociaciones empresariales, sindicatos, ayuntamientos, cámaras de comercio, universidades y otras entidades públicas o privadas de carácter no lucrativo, han brindado al Instituto para que de manera conjunta y coordinada se establezcan acciones que coadyuven al desarrollo y crecimiento económico, ha sido muy positiva y eficaz, puesto que con esta técnica se ha conseguido implicar a todos los agentes del desarrollo económico, y especialmente a las pequeñas y medianas empresas, motor de la economía regional. Se considera el indudable interés económico de estas actividades consensuadas y subvencionadas por el Instituto. Teniendo en cuenta, además, su naturaleza, en la medida que constituyen la plasmación de acuerdos negociados y concertados con agentes económicos sin ánimo de lucro y el carácter flexible de las actuaciones, en aras de alcanzar las soluciones más adecuadas en cada momento para el cumplimiento de los objetivos de desarrollo y crecimiento económico regional, se justifica la dificultad de la convocatoria pública de este tipo de ayudas. Considerando el marco general descrito y valorando el interés público y económico de las actividades propuestas, el Consejo de Dirección del Instituto en su reunión del día 4 de abril de 2025, acordó, entre otros asuntos, autorizar la celebración de sendos Convenios con la Universidad de Murcia, la Universidad Politécnica de Cartagena, y la Fundación Universitaria San Antonio/Universidad Católica San Antonio de Murcia, (en adelante, las Universidades), con la finalidad de desarrollar actuaciones de promoción y fomento del emprendimiento entre la comunidad universitaria. Dichos acuerdos quedaron condicionados a la aprobación, en su caso, y cumplimiento del pertinente Decreto de Consejo de Gobierno que autorice las correspondientes subvenciones con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dichas subvenciones se encuentran comprendidas en las líneas de subvención del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2025, Línea INFO 3, 06 “Mejorar la competitividad de las Pymes / a) Fomento del espíritu empresarial y creación de nuevas empresas” aprobado en Orden de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de fecha 3 de febrero de 2025, con arreglo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Empresa, Empleo y Economía Social, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 8 de mayo de 2025, Dispongo Artículo 1.- Objeto. Este Decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones por parte del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, a favor de las Universidades para desarrollar durante 2025 actuaciones de fomento del emprendimiento en la comunidad universitaria, en las que participen estudiantes de grado, máster y doctorado, egresados, personal docente e investigador y personal de administración y servicios, personal de interés para la Universidad, así como startups de la Región de Murcia. A continuación, se detallan las distintas líneas de actuación y las actividades a realizar en cada una de ellas: 0.1) Actividades de la Universidad de Murcia (UMU) A. Programas formativos Dirigidos tanto a la comunidad universitaria de la Universidad de Murcia (estudiantes, investigadores, personal docente…) como a personas externas interesadas en el emprendimiento, que quieran desarrollar sus competencias emprendedoras y/o avanzar en la validación de su idea de negocio. Algunos de los programas previstos son: • Curso de Emprendimiento para doctorandos de Eidum Dirigido a unos 20 estudiantes de doctorado e investigadores interesados en el emprendimiento y que quieran avanzar en la validación de su idea de negocio. 8 sesiones de capacitación en formato digital de 3 horas de duración cada una (24 h) • Programa “Xpres. Tu emprendimiento en 4 pasos y medio” Dirigido a personas interesadas en el emprendimiento o con una idea inicial. Consisten en 4 sesiones presenciales de 3 horas de duración en las que se tratan los conceptos básicos del emprendimiento. Los 25 asistentes a los que se dirige esta actividad tienen la posibilidad de solicitar asesoramiento personalizado con el equipo de UMUEmprende. (12h) • Programa “Habilidades para la empleabilidad y el desempeño profesional” Programa de desarrollo de competencias emprendedoras y liderazgo profesional dirigido principalmente a estudiantes de doctorado. Está formado por 3 módulos de 3 sesiones cada uno y cuenta con 25 plazas. (27h) • Programa “Inicia el Vuelo” Esta actividad consiste en un programa formativo y de desarrollo de proyectos emprendedores, a través de 8 sesiones presenciales grupales y asesoramientos individualizados. El público objetivo son personas que estén comenzando a desarrollar sus proyectos de emprendimiento, pertenezcan o no a la comunidad universitaria y cuenta con 25 plazas. (24H) • Programa de “Capacidades emprendedoras” Programa transversal orientado a toda la comunidad universitaria: Estudiantes, Personal de Docencia e Investigación (PDI) y Personal de Administración y Servicios (PAS) de la UMU, en el que se trabajarán a lo largo de 2022 habilidades y capacidades como, desarrollo de talento para emprender, construcción de imagen digital, técnicas creativas para la generación de ideas (Desing Thinking), construcción de equipos y equipo mínimo viable, comunicación, técnicas de ventas, marketing online, gestión del estrés, gestión del fracaso o cómo crear una empresa, entre otras. Prevemos realizar unos 6-7 talleres de 3 horas de duración cada uno. Estimamos que pueden seguir los talleres unas 400 personas. (18 h) Los indicadores estimados en esta línea de actuación son los siguientes: - 5 acciones - 35 jornadas - 495 destinatarios - 51 horas de formación - 21 horas de mentorización B. Asesoramiento a proyectos. Mentorización y asesoramiento a proyectos en distintas fases de desarrollo, que se encuentran en el entorno de Oficina UMUEmprende. Un ejemplo de esto es StartUMU, convocatoria de selección de proyectos provenientes de persona vinculadas a la UMU, que puedan beneficiarse de un estudio o asesoramiento especializado en alguna de las fases o temáticas que se definan (inicial, comercialización, validación, financiación…). Calculamos que, basándonos en los datos del convenio 2024, asesoraremos a unos 40 proyectos, 15 a través de mentores externos y el resto con recursos propios de la oficina. Los indicadores estimados en esta línea de actuación son los siguientes: - 15 proyectos - 25 destinatarios - 45 horas de mentorización C.- Eventos. Para fomentar el networking entre emprendedores. Un ejemplo de este tipo de eventos es La noche emprendedora, en el que en un contexto mix entre “acciones regladas” y “acciones no regladas” los emprendedores tendrán la oportunidad de interactuar con agentes del ecosistema emprendedor, conocer casos de éxito, presentar sus proyectos y fomentar las relaciones con otros emprendedores. Este evento está dirigido a unas 140 personas, entre emprendedores e instituciones. Los indicadores estimados en esta línea de actuación son los siguientes: - 1 ó 2 jornadas - 140 destinatarios D.- Punto de información al emprendedor Universitario (PiEU). Se prestará apoyo y asesoramiento a emprendedores en la Oficina de Emprendimiento, previa cita una o varias veces al mes con personal propio del INFO a los emprendedores participantes en las actividades. Los indicadores estimados en esta línea de actuación son los siguientes: - 40 acciones - 25 proyectos - 40 destinatarios - 75 horas de mentorización E.- Publicidad cartelería y merchandising. Todos los programas y acciones llevan unidas acciones de publicidad, cartelería, con sus adaptaciones para redes sociales. 0.2) Actividades de la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT): A) Programas Orientados al Fomento de Startups Innovadoras y Tecnológicas. 1) Programa de desarrollo y aceleración de ideas de negocio. Sobre esta línea se desarrollan iniciativas orientadas a la gestación de empresas innovadoras y basadas en el conocimiento. Para adaptarnos a los distintos públicos, se ha previsto utilizar varias marcas, algunas que ya se venían utilizando y, otras, que se han incorporado. El factor diferencial de estos programas de emprendimiento es que tienen por objetivo el desarrollo y la gestación de un proyecto. Bajo este programa se articulan itinerarios como CORE: Community of Resolvers (enfocado principalmente a estudiantes), Talent+Hub (segmentado preferentemente a PDI, PTGAS y emprendedores del ecosistema de la Región de Murcia) y la Winter-School/Hackathon (para estudiantes de la UPCT y con posibilidad de abrir la iniciativa a estudiantes internacionales del consorcio de la EUT+) La primera de las marcas es CORE, que está destinado a identificar y promocionar las ideas innovadoras entre estudiantes y recién egresados de la UPCT principalmente. El objetivo es el de ofrecer capacitación en cuestiones integrales a todo el proceso de generación de startups innovadoras. El programa está segmentado en tres módulos: (1) Ideación, (2) Diseño y (3) Lanzamiento. A lo largo de estos tres módulos los asistentes trabajarán competencias como la creatividad, la analítica y la configuración de negocios por medio de las principales metodologías para el diseño de startups. Los equipos que participen podrán contar con una red de mentores. Las ideas emprendedoras se orientarán a la solución de retos. La siguiente marca es Talent+Hub, cuya misión es la creación, aceleración e impulso de Empresas con Base del Conocimiento que se encuentran en etapas muy cercanas a mercado. Este programa ofrece actividad formativa a Grupos de Investigación, Cátedras y startups muy especializada en actividades relativas a la comercialización o la preparación del comercial e investor desks entre otras. El programa pretende servir como nodo de conexión entre las startup emergentes del entorno UPCT con el sistema productivo. La última iniciativa es un hackathon o una escuela de emprendimiento con el propósito de diseñar y ejecutar un campamento de emprendimiento creativo donde, a partir de unos retos propuestos, se realicen formaciones y talleres intensivos en tecnología y con perspectiva social. El estudiantado de la UPCT, junto con el estudiantado que pueda venir de los socios de la European Universty of Technology crearán emprendimientos de impacto. El diseño de la experiencia es clave ya que sí bien pareciera una actividad creativa y de emprendimiento, se trata de una experiencia de gestión de energía. Es decir, se trata de mantener inspirados, activos, enfocados y productivos a los equipos participantes durante varias horas y bajo cierta presión. - Capacitación, formación y premios: 18 acciones - DemoDay y jornadas: 5 jornadas 2) Programa de mentoría y de estudios de mercado. Para conectar el mundo de la academia con el mundo empresarial es fundamental contar con una cartera de mentores empresariales que faciliten el fit entre las ideas surgidas en el seno de la comunidad universitaria y el tejido productivo real. Las tareas principales a desarrollar por los mentores serán las de asesorar a los equipos de emprendedores, impulsar y madurar los proyectos emprendedores o la de facilitar contactos en busca de sinergias comerciales, entre otras acciones. El ámbito de actuación de los mentores será el de trabajar con los equipos de emprendedores surgidos en los programas propuestos en el presente convenio, en los equipos de emprendedores surgidos de otros programas de la UPCT, así como cualquier iniciativa emprendedora propuesta por cualquier miembro de la comunidad universitaria de la UPCT. Otro objetivo prioritario es el impulso y creación de Empresas con Base de Conocimiento dentro de la UPCT. En la Universidad hay numerosos grupos de investigación que tienen desarrollos que podrían ser transferidos y que no llegan a término. Se ha detectado que esta situación se debe en parte por la falta de soporte a la hora de valorar la viabilidad de los resultados de las investigaciones en el mercado y del valor que puede generar. Por ello se pretende lanzar dos convocatorias para financiar los proyectos que se consideren más viables a nivel empresarial para que una consultora especializada se encargue de elaborar el plan y la estrategia a seguir para aportar valor a la economía y a la sociedad desde el conocimiento que se genera en la UPCT. - Horas de mentoría estimadas: 100 - Estudios de mercado y/o planes de viabilidad: 2 B) Programas Orientados al Fomento del Espíritu Emprendedor Universitario. 3) Fomento del Espíritu Emprendedor Universitario. Esta partida abarca tres marcas: Talent+Training, Aula Emprende UPCT y Open Academy. Bajo dichas marcas se engloban formaciones dirigidas a los estudiantes y a personas interesadas en aprender y desarrollar sus habilidades y conocimientos sobre emprendimiento, desde las soft skills hasta las metodologías para desarrollar ideas de negocio innovadoras. Talent+Training es la nueva denominación donde se va a englobar el programa “Cultura Emprendedora e Innovadora”. Este programa tiene por objetivo motivar a la Comunidad Universitaria y desarrollar el Espíritu Emprendedor a través de talleres de habilidades blandas y conocimientos transversales. Este tipo de habilidades desarrollan también la proactividad y, con independencia de trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena, son habilidades a la hora de introducirse en el mercado laboral. Entre los objetivos del programa se busca enseñar cómo la Creatividad es un elemento esencial en el emprendimiento, así como conocer herramientas y habilidades de estrategia y liderazgo. Talent+Training es una apertura para el estudiantado hacia mayores oportunidades profesionales y laborales. Un compendio de competencias de especial importancia para completar la formación académica. Estimación actividades a realizar: Aula Emprende UPCT es la marca sobre la que se desarrolló el programa de Competencias Emprendedoras en el Aula en el convenio del 2024. El programa tuvo muy buena recepción y demanda, a través de la integración de estas competencias en el desarrollo de las asignaturas de las titulaciones regladas. El objetivo que persigue esta acción es la de impregnar de una cuestión tan transversal, especialmente en una universidad politécnica, como es el espíritu emprendedor a toda la comunidad de estudiantes universitarios. Para cumplir con este objetivo y fortalecer la capacitación en emprendimiento y que el mayor número de estudiantes de nuestra universidad se pueda beneficiar de ello, creemos que es necesario incrementar la presencia en los distintos centros y titulaciones ofreciendo una gama de seminarios ad-hoc que sean complementarios a la formación reglada. Con la nomenclatura de Open Academy se asienta el Aula Abierta Online. Se trata de una iniciativa en la que se publican a través de la plataforma Santander Open Academy, distintos cursos basados en micropíldoras en formato vídeo de una duración aproximada de 5 minutos que sirven como introducción a talleres más específicos sobre esos temas. Una de las grandes ventajas es que, al ser estas formaciones online y en abierto, la capacidad de alcanzar una gran cantidad de jóvenes es muy alta. Además, otra importante cualidad de los contenidos reside en la posibilidad de repetir y generar nuevas ediciones con el mismo material, por lo que, se quiere ir incrementando la oferta este año con nuevos cursos. - Capacitación, formación y producción: 32 acciones formativas C) Otros Programas. 4) Acciones de difusión, comunicación y divulgación. Se elaborarán materiales audiovisuales, cartelería, vídeos divulgativos y de promoción de las startups aceleradas, y otros elementos que ayuden a promocionar las actividades desarrolladas en el presente convenio. Además, se podrán subcontratar servicios para reforzar canales de comunicación en Redes Sociales y otros canales, con el objetivo de incrementar la efectividad en las relaciones con estudiantes, investigadores y egresados. 5) Talent+Forum. Foro de encuentro EBCs. El Talent+Forum se diseñó en 2024 con el objetivo de crear un punto de encuentro entre empresas, entidades, sociedad y estudiantes en torno al Conocimiento como eje vertebrador y núcleo de creación de innovación, impacto social y económico. El evento generó un gran impacto e interés y contó con una gran afluencia. El éxito de la primera edición plantea buscar las áreas de mejora y lanzar una segunda edición que haga crecer más el evento. 0.3) Actividades de la Fundación Universidad San Antonio / Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM): Línea 1.- Talleres de alto impacto de Emprendimiento Científico UCAM. Uno de los objetivos de UCAM HiTech es fomentar el emprendimiento científico en el ámbito de la salud, la alimentación y el deporte. También acercar el emprendimiento y la ciencia a través de la puesta en valor en el mercado de líneas de investigación vinculadas con estos campos. A través de Master Classes de alto impacto se contará con especialistas de prestigio regional y nacional que provienen del ámbito del emprendimiento y la investigación aplicada y que han desarrollado su actividad con éxito en entornos de innovación, ciencia y emprendimiento en las áreas de salud y alimentación. El objetivo es poder conocer su experiencia vital y su área de especialización en el ámbito del emprendimiento para que sirva de estímulo a futuros emprendedores de la Región de Murcia, pueda ayudar a resolver dudas de aquellos emprendedores que ya están desarrollando sus proyectos en estos ámbitos y poner en el foco de la innovación y el emprendimiento a la Región de Murcia. El programa estará formado por un total de 5 master clases con profesionales de reconocido prestigio regional y nacional que será desarrollado en las instalaciones del UCAM HiTech en un formato abierto para que puedan participar emprendedores, investigadores, empresarios e inversores de la Región de Murcia, así como se planteará algún webinar de interés para obtener un mayor alcance. Línea 2.- Programa de asesoramiento emprendedores. Dirigido a estudiantes de doctorado, grupos de investigación de la UCAM y emprendedores con el objetivo de mejorar la Transferencia Tecnológica a través de sesiones de mentorización para asesorar sobre viabilidad empresarial, validación, escalado, financiación e inversión, según las necesidades de los proyectos y donde contaremos con asesores especializados de alto nivel. Línea 3.- Evento LifeTech Summit 2025. Un evento que convierte a Murcia en el punto de encuentro nacional de inversores y startups en los sectores de la salud, el deporte y la alimentación, una importante cita para el ecosistema que permite generar sinergias y reuniones de valor para el tejido empresarial de la Región de Murcia. Ofrece una plataforma única para el fomento de la innovación y el emprendimiento, proporcionando beneficios significativos como la transferencia de conocimiento entre académicos, empresarios, y profesionales del sector. Facilita la creación de redes de contacto valiosas, abriendo oportunidades de colaboración y financiación para startups y proyectos emergentes. A través de charlas, mesas redondas, pitch empresariales, encuentros entre Inversores y startups, se hablará de innovación, empresa e inversión. Una apuesta necesaria para el apoyo de emprendedores. La edición LifeTech Summit 2024 tuvo un gran impacto, con más de 300 participantes, más de 1000 reuniones y una elevada repercusión en redes sociales y medios de comunicación. Línea 4.- Generación de contenidos emprendimiento salud, deporte y alimentación. Generación de material y contenido relacionado con los ponentes y experiencias de emprendedores de éxito que traten temáticas actuales de emprendimiento en el ámbito de la salud, el deporte y la alimentación, dándole difusión en redes sociales y otras plataformas. Línea 5.- Publicidad y cartelería. Todos los programas y acciones llevan unidas acciones de publicidad, cartelería, con sus adaptaciones para redes sociales. Artículo 2.- Interés público de carácter económico. Las actividades a subvencionar tienen un indudable interés público de carácter económico, coadyuvando al cumplimiento de los fines encomendados al Instituto, en su calidad de instrumento de la Administración Regional para el desarrollo y crecimiento económico. En concreto, los acuerdos planteados con las Universidades tienen por objeto poner a disposición de emprendedores universitarios de la Región, el conjunto de servicios especializados de que disponen desde las Universidades. El público objetivo de algunas de las actuaciones a realizar es el propio personal de los grupos de investigación y estudiantes de doctorado de las universidades, con el objetivo de que, sobre la base de sus resultados de investigación, contemplen el desarrollo de iniciativas empresariales como Empresas de Base Tecnológica (EBTs), Empresas Intensivas en Conocimiento no Tecnológicas (EICNTs), o cualquier otro tipo de iniciativa empresarial, todo ello, en el marco del objetivo de la Universidad de promoción del emprendimiento para contribuir a un mejor y más competitivo desarrollo económico del tejido empresarial en la Región de Murcia. Artículo 3.- Dificultad de convocatoria pública. La dificultad de la convocatoria pública de las subvenciones objeto de este Decreto, queda justificada, por una parte, por el hecho de considerar a las Universidades los interlocutores idóneos para llevar a cabo las actuaciones de fomento del emprendimiento en la comunidad universitaria. Son las Universidades las que mejor pueden llevar a cabo y con mayor efectividad las labores de difusión y captación de interesados en participar en las actividades contempladas en los correspondientes Convenios, pues ellas disponen de los contactos e información de sus estudiantes, posgraduados y del personal docente, investigador y de administración. Por ello se ha tramitado subvenciones con el mismo propósito para las tres Universidades de la Región. De esta forma, desde los correspondientes Vicerrectorados de cada Universidad se van a desarrollar programas de capacitación, asesoramiento y mentorización orientados a estudiantes de grado, master o doctorado, a Personal Docente e Investigador y a postgraduados e interesados en desarrollar una iniciativa para la creación de una empresa o, en su caso, en adquirir las capacidades para hacerlo en el futuro, así como acciones que fomenten la cultura emprendedora en la comunidad. Por otra parte, dada la naturaleza de las actuaciones concertadas, y que se han indicado anteriormente, se hace preciso que tanto el Instituto de Fomento como las Universidades dispongan de un marco flexible para el desarrollo de estas actividades y gestión de servicios en orden a la mejor consecución de los fines previstos. Artículo 4.- Beneficiarios. Serán beneficiarios de estas subvenciones la Universidad de Murcia (UMU), la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) y la Fundación Universidad San Antonio / Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM). Artículo 5.- Financiación. El importe de las subvenciones que regula este Decreto asciende a la cantidad máxima de 120.000 euros (ciento veinte mil euros), de conformidad con el siguiente desglose: - Universidad de Murcia (UMU): Un máximo de 40.000 euros. - Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT): Un máximo de 40.000 euros. - Fundación Universidad San Antonio / Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM): Un máximo de 40.000 euros. Artículo 6.- Procedimiento de concesión. 1. Las subvenciones reguladas en este Decreto tienen carácter singular y se otorgarán de forma directa en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Con carácter previo a la formalización de la subvención, los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. El órgano competente para la concesión de las correspondientes subvenciones será la Presidencia del Instituto. 3. El instrumento para la formalización de la concesión de las subvenciones será el convenio entre el Instituto de Fomento de la Región de Murcia y cada una de las Universidades, en el que se especificarán los compromisos y condiciones aplicables de acuerdo con lo previsto en este Decreto. Artículo 7.- Obligaciones. 1. Las entidades beneficiarias quedarán obligadas a los compromisos que adquieran en los convenios que suscriban con el Instituto, así como, al cumplimiento de las obligaciones impuestas por el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 2. Con arreglo a lo previsto en el artículo 7.2 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, los beneficiarios se obligan a suministrar al Instituto, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquellos de las obligaciones previstas en la citada Ley. Artículo 8.- Forma de pago. 1. El importe de cada subvención se abonará a cada entidad beneficiaria del siguiente modo: El 60% de la cuantía prevista, con carácter de anticipado y en función de la disponibilidad de tesorería del Instituto de Fomento, se efectuará tras la firma del Convenio, sin que sea precisa la constitución de garantía al respecto. El objetivo de este anticipo es sufragar los gastos que ocasione la puesta en marcha y funcionamiento de los programas objeto de la subvención durante los primeros meses del ejercicio. El resto del importe (40%) se abonará tras la justificación de la subvención en los términos expresados en el artículo 10 del presente Decreto. 2. Habida cuenta de la naturaleza de las actividades subvencionadas y de la condición no lucrativa de los beneficiarios, los rendimientos financieros que se produzcan como consecuencia, en su caso, de la prestación de anticipos de la subvención otorgada no incrementarán el importe de ésta. Artículo 9.- Compatibilidad. Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que la suma de todas ellas no supere el importe del proyecto o gasto subvencionado. Artículo 10.- Régimen de gestión y justificación. 1. El régimen de gestión y justificación de cada subvención será el establecido en el Capítulo III del Título I de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en concreto se ajustará a la modalidad de la cuenta justificativa prevista en el artículo 72 del R.D. 887/2006, de 21 de julio, sin perjuicio de las condiciones particulares previstas en el correspondiente convenio. 2. El Departamento de Crecimiento Empresarial del Instituto será el responsable del seguimiento del proceso de justificación y comprobación de los valores del proyecto o actividad que haya sido objeto de subvención, con independencia del control financiero que le corresponde a la Intervención General de la Comunidad Autónoma. 3. Se permite la subcontratación de hasta un 50% del importe de cada subvención directa otorgada. 4. Para el cumplimiento de las condiciones exigidas y siempre que no afecte a otras condiciones o requisitos de elegibilidad, se permitirá como máximo hasta un 40% de desviación a la baja de los gastos totales, comprometidos por las entidades beneficiarias y fijados en el correspondiente convenio de concesión de la subvención directa, con la correlativa disminución proporcional, en su caso, del importe de la subvención concedida como resultado de la desviación producida. Cuando el grado de ejecución, en los términos anteriores, no alcance el 60% se procederá, en su caso, a iniciar el correspondiente procedimiento de reintegro o revocación de la subvención. 5. El periodo de elegibilidad de los gastos subvencionados estará comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 y la justificación de las subvenciones se deberán formular durante los tres meses siguientes a la finalización del plazo de realización de las actividades subvencionadas, considerando elegibles los pagos efectuados dentro de este último plazo de justificación, siempre que los gastos se hayan producido en el plazo de realización de las actividades subvencionadas. Artículo 11.- Modificaciones. 1. La Presidencia del Instituto de Fomento de la Región de Murcia podrá autorizar y formalizar las modificaciones, incluidas las ampliaciones de plazo, que no afecten a los ámbitos subjetivos y material del convenio y a la sustitución de las técnicas de colaboración. En ningún caso se podrán autorizar modificaciones que supongan una ampliación del crédito aprobado por el presente Decreto de Consejo de Gobierno. 2. Cualquier obtención concurrente de otras aportaciones, podrá dar lugar a la minoración de la subvención otorgada hasta la cuantía necesaria que permita el cumplimiento de los límites establecidos en materia de autofinanciación y de intensidad máxima de ayudas. Artículo 12.- Incumplimientos. 1. La concurrencia de cualquiera de las causas previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en las condiciones que en su caso se establezcan en el correspondiente convenio, dará lugar, previa incoación del pertinente procedimiento de reintegro con arreglo a lo establecido en los artículos 35 y siguientes de la Ley 7/2005, de 18 de Noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a la cancelación de la subvención y en su caso, a la obligación de reintegrar ésta y los intereses de demora que procedan. 2. Los beneficiarios de las subvenciones concedidas estarán sometidos al régimen de infracciones y sanciones establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 13.- Régimen jurídico aplicable. Serán de aplicación a estas subvenciones, constituyendo su régimen jurídico aplicable, además de lo dispuesto en el presente Decreto, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo aprobado en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el resto de disposiciones de desarrollo, en su regulación de carácter básico, la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las normas de desarrollo de dicha Ley, las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado. Artículo 14.- Publicidad de las subvenciones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre de la Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la publicidad de la subvención que se conceda con arreglo a este Decreto, será la prevista en el artículo 18 de la Ley General de Subvenciones, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, sin perjuicio de su publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con indicación del tipo de subvención, órgano concedente, importe, beneficiarios, así como su objeto y finalidad, de conformidad con el artículo 18 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Disposición final única. Efectos y publicidad. El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su aprobación sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Dado en Murcia, a 8 de mayo de 2025.—El Presidente, Fernando López Miras.—La Consejera de Empresa, Empleo y Economía Social, María Isabel López Aragón. A-260525-2379