I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 3277 Decreto n.º 105/2025, de 27 de junio, modificación del Decreto n.º 301/2024, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Cartagena para colaborar en los gastos ocasionados con motivo de la mejora de la instalación de iluminación del Campo de Fútbol Municipal Ángel Celdrán de El Llano del Beal. Por Decreto n.º 301/2024, de 19 de diciembre, se reguló la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Cartagena para colaborar en los gastos ocasionados con motivo de la mejora de la instalación de iluminación del Campo de Fútbol Municipal Ángel Celdrán de El Llano del Beal. El objeto de este Decreto era establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a dicho ayuntamiento para la mejora de la instalación de iluminación del Campo de Fútbol Municipal Ángel Celdrán de El Llano del Beal, campo de fútbol utilizado por el Club Deportiva Minera, para cumplir con los requisitos exigidos por las normas reguladoras y bases de competición de Segunda Federación de la Real Federación Española de Fútbol, para la temporada 2024/2025, y las normas NIDE, contribuyendo de esta manera al logro del objetivo establecido en la Línea de subvención “Subvención al Ayuntamiento de Cartagena para colaborar en los gastos ocasionados con motivo de la mejora y ampliación del campo de fútbol del Club Deportiva La Minera”, incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente al ejercicio 2024. Con el objeto señalado anteriormente y según lo establecido en el artículo 8 del citado Decreto, el importe de la subvención era de cien mil euros (100.000,00 €), con cargo a la siguiente partida presupuestaria 19.03.00.457A.764.60, proyecto 53055, subproyecto 053055240301, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024. El Ayuntamiento de Cartagena presenta un escrito exponiendo que, debido a la dificultad técnica en el redacción del proyecto de ejecución, por la nueva ubicación de las torres, las cuales se han de instalar en la grada, ha ocasionado nuevos cálculos y, por tanto, una demora en los plazos otorgados en la subvención y que, debido a la circunstancia sobrevenida, para cumplir con los plazos de la subvención, solicita la modificación del plazo de ejecución del proyecto “Renovación de iluminación del campo de futbol municipal Ángel Celdrán, Llano del Beal”. Teniendo en cuenta estas circunstancias, una vez ponderados los intereses públicos implicados y los principios a respetar en la actuación de las Administraciones públicas, en especial los de buena fe y de confianza legítima, considerando la imposibilidad de cumplir con el plazo máximo de ejecución de la actuación subvencionada, establecido en el referido Decreto n.º 301/2024, de 19 de diciembre, y que las circunstancias expuestas justifican y motivan suficientemente la modificación del plazo de ejecución establecido en el artículo 9, sin que con ello se vulneren derechos de terceros, es por lo que, al no haberse producido el vencimiento de dicho plazo de ejecución, en virtud del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede modificar los apartados primero y sexto de dicho artículo 9. En su virtud, a propuesta de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes y previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de junio de 2025, de conformidad con lo previsto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dispongo Modificar los apartados primero y sexto del artículo 9 del Decreto n.º 301/2024, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Cartagena para colaborar en los gastos ocasionados con motivo de la mejora de la instalación de iluminación del Campo de Fútbol Municipal Ángel Celdrán de El Llano del Beal, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que quedan redactados en los siguientes términos: 1.- El plazo de ejecución de la actividad subvencionada será del día el 1 de octubre de 2024 al 30 de diciembre de 2025. 6.- Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la actividad subvencionada, y se hayan realizado entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de diciembre de 2025. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado. Disposición final.- Eficacia y publicidad. El presente Decreto producirá sus efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de lo cual se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Dado en Murcia, a 27 de junio de 2025.—El Presidente, Fernando López Miras.—La Consejera de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, Carmen María Conesa Nieto. A-050725-3277