IV. Administración Local San Javier 466 Bases Específicas y convocatoria que regirá el proceso selectivo para provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Medio Ambiente, como personal funcionario, del Ayuntamiento de San Javier (Murcia). Bases Primera.- Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de una plaza de Técnico de Medio Ambiente con código F312.16.01.00. La plaza está incluida en la oferta de empleo público de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 85 de 12 de abril de 2022, conforme a lo establecido en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Las retribuciones del puesto de trabajo vinculado serán las legales señaladas en el presupuesto municipal vigente, y que correspondan según la Relación de puestos de trabajo en vigor del Ayuntamiento de San Javier o documento equivalente. Las funciones que tiene encomendadas serán las previstas en la relación de puestos de trabajo en vigor del Ayuntamiento de San Javier para el puesto asignado a la plaza convocada o, en su defecto, las propias de su profesión, de acuerdo con las tareas específicas al puesto que le sean encomendadas por la Alcaldía o Concejal delegado, y que resulten necesarias por razones del servicio, o se deriven de sus conocimientos o experiencias derivados del desempeño del puesto de trabajo. Segunda.- Ámbito de aplicación. La realización de las pruebas selectivas convocadas para proveer una plaza de Técnico de Medio Ambiente del Ayuntamiento de San Javier se ajustará a lo establecido en las bases generales que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de San Javier (en adelante bases generales) aprobadas por Junta de Gobierno celebrada el día 23 de diciembre de 2020 (BORM número 17, de 22 de enero de 2021, con rectificaciones en BORM número 31, de 8 de febrero de 2021, BORM número 57, de 10 de marzo de 2021 y BORM número 113, de 19 de mayo de 2021), así como a lo previsto en las presentes bases específicas que, en su caso, prevalecerán sobre las bases generales. Todas las denominaciones contenidas en las presentes bases, así, como cualesquiera otras menciones, que en la misma se expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino, según el sexo de la persona que se tenga por interesada a la que se haga referencia. Tercera.- Características de la plaza. La plaza convocada se encuentra integrada en el Grupo A, subgrupo A2, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media, categoría Técnico de Medio Ambiente de la plantilla de personal del Ayuntamiento de San Javier. Cuarta.- Publicidad. El anuncio de la convocatoria de las pruebas selectivas se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y las bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, Tablón de Edictos del Ayuntamiento de San Javier y en la página web municipal. Quinta.- Requisitos de los/las aspirantes. 1.- Los/las aspirantes además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 5.1 de las bases generales, deberán estar en posesión de: Titulación académica: Grado Universitario en Biología, Ciencias Ambientales, equivalente o superior. Permiso de conducir B. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. 2.- Capacidad funcional: Los/las aspirantes deberán tener la capacidad funcional para desarrollar las actividades y funciones inherentes a la plaza, con las siguientes características: Plazas de naturaleza técnica en relación con el puesto de trabajo adscrito. Carga postural baja Carga mental alta Manejo de equipos informáticos y PVD´s Manejo de programas informáticos de cierta complejidad Dirección de equipos de trabajo A estos efectos, el/la aspirante que obtenga plaza deberá aportar un certificado médico que acredite la capacidad funcional, cuya fecha de expedición no podrá ser superior a 10 días naturales anteriores a la fecha de la presentación de documentación requerida. En todo caso, deberá acompañar junto a la instancia una declaración jurada de que reúne la capacidad funcional para desarrollar las actividades y funciones inherentes a la plaza y puesto al que aspira, en los términos anteriormente expuestos y de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional Quinta de las presentes Bases. Sexta.- Solicitudes. forma y plazo de presentación. Las solicitudes deberán cumplimentarse y presentarse preferentemente por Sede electrónica, excepcionalmente se podrá presentar por el resto de opciones, conforme a lo dispuesto en la base sexta de las bases generales. La presentación de las solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El importe de la tasa por derechos de examen, según lo dispuesto en la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derechos de examen del municipio de San Javier (BORM número 239, de fecha 15 de octubre de 2021) será el siguiente: Grupo A/A2 33,00 € Estarán exentas y/o bonificadas del pago de la tasa por derechos de examen: a) Del 100 por cien, en aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona que figura como demandante de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado. Para la aplicación de la mencionada reducción, el sujeto pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas en el párrafo anterior, mediante la presentación de certificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda. b) Del 100 por cien a favor de personas en situación de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Para la aplicación de esta reducción, el sujeto pasivo deberá aportar la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma. c) Del 100 por cien a favor de aquellos que tengan la condición de Familias numerosas de categoría especial. Para la aplicación de esta bonificación, el sujeto pasivo deberá aportar certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente. d) Del 50 por cien, a favor de aquellos que tengan la condición de Familias numerosas de categoría general. Para la aplicación de esta bonificación, el sujeto pasivo deberá aportar certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente. La falta de pago de la tasa en el plazo de presentación de instancias, determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas. Las solicitudes deberán acompañar: Instancia para participar en el proceso (Anexo II) Declaración jurada (Anexo III) Declaración jurada capacidad funcional (IV) Justificante del pago de tasas En su caso, certificado de discapacidad si marca la casilla al efecto dispuesta en la hoja de solicitud (Anexo II). En caso de necesidad de adaptación de adaptación de tiempos y medios para la realización del examen por discapacidad deberá solicitarse en los términos de la Disposición adicional tercera de las presentes bases. Se deberá acompañar, en este caso, informe de adaptación emitido al efecto por el órgano competente (IMAS, etc.), conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad y en el artículo 10 del Decreto n.º 93/2011, de 27 de mayo, sobre el acceso y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración Pública de la Región de Murcia. No hay que acompañar más documentos que los reseñados anteriormente. Séptima.- Sistema selectivo. El sistema selectivo será el de oposición, y constará de las siguientes ejercicios: 1.- Primer ejercicio (50 puntos sobre la nota final): Consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas que versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo I (Temario general y específico) a estas bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las respuestas correctas sumarán a razón de 0,5 puntos por cada respuesta correcta. Las respuestas erróneas restarán a razón de 0,166 puntos por cara respuesta incorrecta. Las respuestas en blanco ni suman ni restan. Para superar el primer ejercicio será necesario tener una nota igual o superior a 25 puntos. 2.- Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito un supuesto práctico que determinará el Tribunal al inicio del ejercicio, relacionado con la materia del temario específico del programa que figura como Anexo I. La duración del ejercicio será de dos horas. Se valorarán el rigor analítico, así como los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados a la resolución de los supuestos prácticos. Para superar el segundo ejercicio será necesario tener una nota igual o superior a 25 puntos. En cualquier caso, la nota final será el sumatorio de los dos ejercicios, siendo un número de dos enteros y dos decimales, que, en ningún caso, será superior a 50. Los ejercicios anteriores son eliminatorios y han de aprobarse de forma independiente ambos. Octava.- Calificación del proceso selectivo. 8.1. Normas generales. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba selectiva, garantizando en todo caso, la idoneidad de los/las aspirantes seleccionados/as. 8.2. Calificación de las partes del ejercicio de la fase de oposición. Las calificaciones para cada uno de los ejercicios se otorgarán como sigue: El ejercicio primero será calificado de 0 a 50 puntos. El ejercicio segundo será calificado de 0 a 50 puntos. La puntuación final será la suma de los dos ejercicios, que para superarse deberá ser igual o superior a 50 puntos con al menos 25 puntos en cada uno de los dos ejercicios. 8.3. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de las puntuaciones de los dos ejercicios de la fase de oposición ordenados de mayor a menor puntuación. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición; segundo, mejor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate éste se solventará por orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, de conformidad con la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo. Novena.- Adjudicación de puestos de trabajo. Se estará a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de aplicación supletoria a las administraciones locales, conforme al artículo 1.º, apartado 3, del antecitado Reglamento. El puesto de trabajo por asignación inicial será el de Jefe de Unidad de Medio Ambiente. Código de puesto JMA-0/UR03F-01. Décima.- Recursos. Contra estas bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de San Javier, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos. todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente. Disposición adicional primera.- Es responsabilidad de interesados y aspirantes la lectura y compresión de las presentes bases, a las que se atendrán en todo momento. Disposición adicional segunda.- Los aspirantes deberán presentarse en la hora y lugar convocados/as con bolígrafo azul (El tribunal no facilita bolígrafos) y documento acreditativo de la identidad en vigor (DNI, permiso de conducir, pasaporte). Una vez que se acceda al local de examen queda prohibida la utilización de cualquier medio de comunicación o transmisión de datos. Así mismo los móviles deberán estar completamente apagados. A aquellos aspirantes que le suene un móvil dentro del local de examen (desde el momento que un miembro del tribunal así lo manifieste) serán expulsados del recinto y serán declarados no aptos. Aquellas personas aspirantes que lleven pelo largo, deberán llevarlo recogido de tal manera de que los oídos queden a la vista. Disposición adicional tercera.- Los aspirantes con discapacidad, podrán solicitar en el modelo oficial de instancia, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios, de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar junto a la instancia el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada, conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Las personas zurdas deberán manifestarlo para la adaptación de la mesa, en su caso. Disposición final Primera.- Se advierte que la celebración del ejercicio de este proceso selectivo podrá coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos. Disposición final Segunda.- El o los aspirantes que obtengan plaza, deberán estar en disposición de relacionarse con la administración por medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14. 2. Letra e de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. San Javier, a 2 de enero de 2025.—El Concejal delegado de Personal, Antonio Marcelo Martínez Torrecillas. A-310125-466