IV. Administración Local Jumilla 4734 Convocatoria y bases específicas de las pruebas selectivas para la cobertura definitiva de cuatro plazas de Chófer, vacantes en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla. Resolución de Alcaldía n.º 3635 de fecha 17 de septiembre de 2025, se convocó el proceso selectivo para la cobertura por funcionario de carrera, mediante el sistema de -oposición, turno libre, de la siguiente plaza vacante en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla: N.º DENOMINACIÓN ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA GRUPO TURNO 4 Chófer Admón. Especial Servicios Especiales Personal de oficio Oficial C2 Libre Las bases específicas que han de regir dicha convocatoria y que se incluyen como anexo a dicha resolución son las siguientes: Bases que han de regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la cobertura definitiva de cuatro plazas de Chófer, vacantes en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla. 1.- Objeto. Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la cobertura definitiva, mediante el sistema de oposición, turno libre, de la siguientes plazas de naturaleza funcionarial, vacantes en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, incluida en la oferta de empleo público de 2024, aprobada mediante Resolución de Alcaldía 4452/2024, de fecha 26 de noviembre: N.º DENOMINACIÓN ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA GRUPO TURNO 4 Chófer Admón. Especial Servicios Especiales Personal de oficio Oficial C2 Libre 2.- Publicaciones. Las presentes bases y convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Un extracto de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias. Las bases y el anuncio de la convocatoria, además, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Jumilla: https://jumilla.sedipualba.es El resto de las publicaciones a que hagan referencia las presentes bases, referidas a la composición Tribunal, relación de aspirantes admitidos y excluidos, fechas de celebración de ejercicios, anuncios de celebración de los mismos y en general todas las relativas al desarrollo del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. 3.- Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes han de reunir, a la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes, debiendo mantenerlos durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos: 1. Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados 2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones y tareas derivadas del puesto a desempeñar. 3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. 4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 5. Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la presentación del título expedido por la autoridad docente competente, el resguardo de haber satisfecho los derechos de su expedición o certificación de la secretaría del organismo docente correspondiente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite su homologación. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de acreditar la equivalencia y, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada Equivalencia 6. Estar en posesión de permiso de conducir tipo B. 4.- Presentación de instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán ajustarse al modelo oficial disponible en las oficinas de registro e información al ciudadano del Ayuntamiento de Jumilla y en la sede electrónica. En las mismas los/las aspirantes deberán declarar, bajo su propia responsabilidad, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera anterior, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Las instancias se dirigirán a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Jumilla. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en la sede electrónica o a través de los lugares habilitados de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, debiendo acompañar a la instancia los siguientes documentos: 1.- Copia del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original. 2.- Copia de la titulación exigida para el acceso. 3.- Copia del carnet de conducir tipo B. 4.- Justificante que acredite el abono íntegro de la tasa por derechos de exámenes o, en su caso, justificantes de las bonificaciones o exenciones establecidas en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la expedición de documentos y tramitación de expedientes administrativos del Ayuntamiento de Jumilla, las cuales se acreditaran conforme a la misma. . Se establece una cuota especial 0 en esta tasa a las personas con discapacidad igual o superior al 33% y a las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo de al menos de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. . A los miembros de familias numerosas se aplicaran las siguientes bonificaciones, para lo que se deberá aportar el titulo actualizado: • Miembros de familias numerosas de categoría general: 50% • Miembros de familias numerosas de categoría especial: 100% La documentación referida al cumplimiento de los requisitos de acceso deberá poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no presentación de la instancia y del resto de la documentación indicada en esta base, en tiempo y en la forma determinada será causa de exclusión del proceso selectivo. El resto de los aspectos relativos a la presentación de solicitudes se regirán por lo dispuesto en las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Jumilla para la selección de personal funcionario y personal laboral fijo, publicadas en el BORM núm. 243 de fecha 20/10/2017 (Bases Generales). No obstante, la referencia hecha a la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, en la base 5.6 de dichas Bases Generales, ha de entenderte hecha a la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. 5.- Lista de aspirantes admitidos y excluidos. Los aspectos relativos a la admisión de aspirantes se regirán por lo dispuesto en las Bases Generales. 6.- Tribunal calificador. El Tribunal Calificador estará constituido por un Presidente, un Secretario con voz y voto, y tres vocales, así como sus correspondientes suplentes. No podrán formar parte de los Tribunales el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, el personal laboral temporal y el personal eventual. Todos los miembros de los Tribunales deberán poseer titulación o especialización de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. El resto de aspectos relativos a la regulación y funcionamiento de órgano de selección se regirán por lo dispuesto en las Bases Generales. 7.- Proceso selectivo. El proceso de selección se desarrollará mediante el sistema selectivo de oposición y se compone de tres ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio. 1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, debiendo señalar solo una de las opciones, disponiendo los aspirantes de 70 minutos para su realización. El tribunal podrá determinar la inclusión de hasta 10 preguntas adicionales de reserva. Las preguntas incluidas en el cuestionario tipo-test serán planteadas por el Tribunal con anterioridad a la realización de la prueba, versando sobre los temas incluidos en la parte general del temario incluido en el Anexo I. En la calificación de los cuestionarios, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará en función de 1/3 del valor de una pregunta correcta, redondeado al valor del segundo decimal. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Se considerará superado el ejercicio cuando los aspirantes hayan obtenido, al menos, una puntuación de 5 sobre 10 en el mismo. 2. Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, debiendo señalar solo una de las opciones, disponiendo los aspirantes de 70 minutos para su realización. El tribunal podrá determinar la inclusión de hasta 10 preguntas adicionales de reserva. Las preguntas incluidas en el cuestionario tipo-test serán planteadas por el Tribunal con anterioridad a la realización de la prueba, versando sobre los temas incluidos en la parte especial del temario incluido en el Anexo I. En la calificación de los cuestionarios, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará en función de 1/3 del valor de una pregunta correcta, redondeado al valor del segundo decimal. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Se considerará superado el ejercicio cuando los aspirantes hayan obtenido, al menos, una puntuación de 5 sobre 10 en el mismo. 3. Tercer ejercicio: consistirá en la realización de dos pruebas prácticas de conducción en entorno controlado: una de ellos consistirá en la conducción de máquina barredora y la otra en la conducción de otros vehículos adecuados al permiso requerido. Los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 60 minutos para todo el ejercicio. Este ejercicio se calificará como apto o no apto, conforme a los criterios de evaluación previamente determinados por el tribunal. Será necesario obtener la calificación “apto” en cada una de las pruebas que componen el ejercicio. 8.- Calificación definitiva del proceso. La calificación definitiva del proceso selectivo será la suma de las calificaciones de los ejercicios de la oposición. En el caso de empate el orden se resolverá de la siguiente forma: 1. Mayor puntuación en el segundo ejercicio. 2. Mayor puntuación en el primer ejercicio. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará en el plazo máximo de un mes la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo en el Tablón de la Sede Electrónica, incluyéndose la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera a favor de quien/quienes hubieran obtenido las mayor puntuación. Dicho plazo podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución motivada. Simultáneamente a su publicación en dicho Tablón, el Tribunal elevará la relación expresada al titular del órgano competente. En el resto de aspectos, se estará a lo dispuesto en las Bases Generales. 9.- Presentación de documentación de los seleccionados, nombramiento y orden de provisión de las plazas. En el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva, los/las aspirantes propuestos/as para su nombramiento aportarán los documentos que a continuación se relacionan siempre que no se hubiere permitido su consulta en la presentación de la solicitud del proceso selectivo: A) Original o copia autentica del Documento Nacional de Identidad. Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras y trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad. Los familiares de los anteriores, referidos en el artículo 57 TREBEP, además, fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano o ciudadana del país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que no está separado o separada de derecho de su cónyuge o, en su caso, que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. Las personas extranjeras deberán acreditar su residencia legal en territorio español. B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial. C) Declaración de no estar incursos en incompatibilidad, de acuerdo con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, en sus mismos términos, el acceso al empleo público. D) Original o copia autentica del título exigido para poder participar en la presente convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación. E) Original o copia autentica del permiso de conducir tipo B. En el resto de aspectos se estará a lo dispuesto en las Bases Generales. 10.- Lista de espera. Cuando los opositores aspirantes hubieran alcanzado la puntuación mínima exigida en el primero de los ejercicios para considerar este superado, pasarán a formar parte de una lista de espera, en la cual se ordenará a los candidatos por orden decreciente de puntuación en la totalidad del proceso, dando prioridad a los que hubieran alcanzado la puntuación mínima exigida para considerar superados un mayor número de ejercicios de la fase de oposición. A estos efectos, una vez publicada la calificación definitiva del proceso selectivo, el tribunal publicará, en el plazo máximo de un mes, la relación provisional de aspirantes que deban integrar la correspondiente lista de espera, ordenados por puntuación, de acuerdo con lo previsto. Los aspirantes que resulten incorporados a la lista de espera del proceso selectivo deberán presentar, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la misma por el Tribunal, ante el Servicio de Personal del Ayuntamiento de Jumilla, la documentación a la que se refiere la base anterior. Si no se presentan los originales en plazo o no se disponen de ellos, los interesados serán excluidos de la lista. La lista de espera definitiva, con los aspirantes que hayan acreditado debidamente los requisitos de acceso y capacidad y los méritos alegados, se publicará en el tablón de la Sede electrónica. El resto de los aspectos relativos a la lista de espera se regirá por lo dispuesto en la base decimoquinta y en el anexo II de las Bases Generales. 11.- Normativa aplicable. A demás de por las normas del Estado que resultan de aplicación, en lo no dispuesto en las presentes bases específicas, el procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto en las “Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Jumilla para la selección de personal funcionario y personal laboral fijo”. 12.- Recursos. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las presentes Bases, y siempre que no se oponga a las mismas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. Contra estas bases cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha fecha, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente. 13.- Régimen de incompatibilidades. Quien resulte seleccionado/a quedará sometido/a desde el momento de su contratación al régimen de incompatibilidades que establece la legislación vigente, dado por la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y normas de desarrollo. 14.- Protección de datos personales en la gestión del procedimiento selectivo. El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo según lo establecido en la legislación vigente y, en particular, en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 94/46/CE. Anexo I: Temario Parte general Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. Los derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. Tema 2.- La organización territorial del Estado. Principios Generales. Las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía. Especial referencia al título preliminar de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia. Tema 3.- La Administración Local en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía. El principio de Autonomía Local. Las Entidades Locales. El Municipio: Concepto y elementos. Tema 4.- El acto administrativo. Concepto y caracteres. La forma y la motivación. La notificación. La publicación. El procedimiento administrativo común y sus fases. Tema 5.- La Hacienda Local en la Constitución. El régimen jurídico de las Haciendas locales. Los recursos de las entidades locales. Los ingresos de derecho privado. Los ingresos de derecho público. Los impuestos locales, las tasas y precios públicos locales. Las contribuciones especiales. Tema 6.- Conceptos básicos sobre prevención de riesgos laborales y derechos y obligaciones de los trabajadores en materia preventiva. Tema 7.- Riesgos y medidas preventivas de la limpieza viaria y recogida de residuos. Verificaciones de seguridad en los vehículos. Señalización de seguridad y salud en el trabajo. Prevención de accidentes. Tema 8.- El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres y la tutela contra la discriminación en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Criterios y líneas generales de actuación de los poderes públicos y órgano de participación ciudadana para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Parte especial Tema 9.- Término municipal de Jumilla. Callejero: vías urbanas e interurbanas. Tema 10.- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: normas de comportamiento en la circulación. Tema 11.- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: señalización y autorizaciones administrativas. Tema 12.- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: régimen sancionador. Tema 13.- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo: Normas generales de los conductores. Normas sobre bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias. Tema 14.- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo: de la circulación de vehículos Tema 15.- Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos: definiciones, disposiciones generales, tipos de inspecciones técnicas, fecha y frecuencia de las inspecciones técnicas, calificaciones de los defectos y resultado de la inspección. Tema 16.- Conducción eficiente. El consumo de combustible según el tipo de conducción y el mantenimiento del vehículo. Emisiones contaminantes de los motores. Tema 17.- Mecánica de vehículos: motores, alumbrado y neumáticos. Mantenimiento periódico de vehículos. Mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo. Tema 18.- Conceptos generales sobre limpieza viaria y recogida de residuos. Tema 19.- Útiles y herramientas manuales y mecánicas de limpieza viaria. Descripción y modo de empleo. Tema 20.- Sistemas de barrido viario. Tema 21.- Sistemas de baldeo y fregado viario. Tema 22.- Sistemas de recogida viaria. Tipos y medios utilizados Tema 23.- Servicios especiales de limpieza viaria. Tema 24.- Nociones generales sobre reciclaje de residuos. En Jumilla, a 17 de septiembre de 2025.—La Alcaldesa, Severa González López. A-091025-4734