I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 6353 Decreto n.º 295/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la declaración de bien de interés cultural inmaterial, de los Bolos Huertanos. El artículo 10.Uno.14 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural, histórico, arqueológico, monumental, artístico, paisajístico y científico de interés para la Región. La Dirección General de Patrimonio Cultural, por resolución de 23 de diciembre de 2024, a petición de la Asociación para la Conservación del Patrimonio de la Huerta de Murcia (HUERMUR), incoó procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural de carácter Inmaterial, a favor de “Los Bolos Huertanos”. La citada resolución fue publicada en el BORM número 20 de fecha 25 de enero de 2025 y notificada a las partes interesadas, expediente administrativo DBC 000028/2024. En la tramitación del expediente emitió informe favorable la Universidad de Murcia, señalando la especial significación del bien y la necesidad de protegerlo. De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se ha concedido trámite de audiencia a los interesados en el expediente. Durante la tramitación del procedimiento no se ha presentado ningún escrito de alegaciones. Con fecha 9 de diciembre de 2025 el Servicio de Patrimonio Histórico informa que, una vez finalizada la tramitación del oportuno procedimiento administrativo, se debe proceder a la declaración como bien de interés cultural inmaterial de los Bolos Huertanos. En consecuencia, terminada la instrucción del procedimiento, la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes considera que procede la declaración de Bien de Interés Cultural de carácter Inmaterial, de los Bolos Huertanos, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la Ley 4/2007. En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el apartado 36 del artículo 22 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en relación con el artículo 13 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y previa deliberación de sus miembros, a propuesta de la Consejera de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en su sesión del día 23 de diciembre de 2025, Dispone Aprobar la declaración de Bien de Interés Cultural de carácter Inmaterial, de los Bolos Huertanos, de acuerdo con la descripción y justificación que constan en el anexo y documentación que figura en su expediente. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Murcia, 23 de diciembre de 2025.—El Presidente, Fernando López Miras.—La Consejera de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, Carmen María Conesa Nieto. Anexo al Decreto n.º 295/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueba la declaración de bien de interés cultural inmaterial, de los Bolos Huertanos 1. Denominación del bien objeto de declaración. Bolos huertanos 2. Manifestación. Usos sociales, rituales y actos festivos 3. Definición del bien. Los Bolos Huertanos o Bolos Murcianos se definen por estar vinculados con personas que vivieron y viven en la geografía de la Región de Murcia, es decir, lo que podemos entender como un deporte propio (autóctono). En su versión más simple, se disponen nueve bolos en hilera a unos 10 cm de separación unos de otros. El terreno de juego es un pasillo de unos 3 m de ancho y unos 15 m de largo. La bola está hecha de madera maciza y tiene estrías para que coja efecto. El pasillo está dividido transversalmente en tres zonas: la zona de bolos, la zona de “mande a copas” y la zona de “mande a vueltas”. Al final se suele colocar un tronco de palmera que constituye “la línea de chamba”. Los equipos comienzan desde la zona más lejana o “a vueltas” determinando el equipo que comienza la zona de lanzamiento y disposición inicial de la hilera de bolos (dentro de la zona de bolos). Si al término de la primera ronda no han sido derribados todos los bolos, se produce la segunda ronda con el lanzamiento “a copas” (o cercano) con dos modalidades posibles: “a pie parao” (es decir, con un pie adelantado y sin moverse), o con “panzá” (lanzamiento en plancha soltando la bola en el aire). Al término de las dos rondas se puntúa por cada bolo derribado. Los juegos y deportes autóctonos forman parte de la historia de nuestras vidas, y son producto de nuestras raíces de las que nos sentimos orgullosos por ser una herencia recibida de generaciones anteriores. Estos deportes y juegos autóctonos, además de sus connotaciones culturales, sociales y emocionales, que configuran la identidad de cada pueblo, son un medio básico para alcanzar los objetivos de la educación a través del deporte (p. 82 de Origen de los juegos y deportes en la Región de Murcia, Azarbe, 2007). Es escritor José Frutos Baeza (1915) nos dice: “En la puerta de Castilla y por todo Zaraiche es donde mejor se juega a los bolos…”. Igualmente, Antonio de Hoyos en un artículo publicado en un libro publicado sobre el Bando de la huerta, de Juan Torres Fontes en las Fiestas de primavera (1970), titulado “La clasicidad del juego de bolos” relaciona el origen del juego de bolos huertano con las diversiones de los griegos y romanos en tiempo de Homero y Sófocles como holganza de la libertad y señala que el juego del lanzamiento produjo las variantes más curiosas de la diversión. Continua con el siguiente texto: “En el paisaje cultivado de la huerta, puede uno darse cuenta como la estilística del pueblo, como la del paisaje es condición natural que funciona con el hombre desde la última raíz de su naturaleza. Y así, ahora también queda como estampa antigua la imagen mítica y legendaria del juego junto a la fronda de las monedas, en el recodo del bancal cerca del agua que pasa y canta.” Francisco Flores Arroyuelo (1977) señalaba que el huertano se distraía con competición de habilidades que desde antiguo han venido emparejadas con la afición de apostar considerables cantidades de dinero, siendo el más popular de estos juegos el de los bolos, que se desarrollaban en un campo rectangular de 80 m. por 5 m. (el doble que el campo actual, porque la zona de la birla estaba situada delante de la chamba) protegido por una bardiza de cañas y un tronco de madera de parachoque a las bolas. Los bolos eran nueve y podían colocarse de muchas maneras; y cómo no, la gastronomía y los ventorrillos tenían parte importante en este fundamento donde los minchirones, las patatas cocías aliñadas con sal y pimienta, las rosquillas y el vino fresco competían con el agua fresca, la paloma (pastiche) y otros refrescos que ayudaban a reponer fuerzas y aliviar el galillo. 4. Ámbito de desarrollo. Marco espacial y temporal. Existe un documento en el archivo del Ayuntamiento de Murcia que demuestra que los Bolos Huertanos se practicaban ya durante el siglo XVI. El texto de dicho documento pasado al castellano actual dice: “En la reunión del Ayuntamiento del Sábado 21 de Marzo de 1523 se adoptó el siguiente acuerdo: Por cuanto de pocos días a esta parte muchos vezinos desta çibdad y otros exclavos y moços juegan a los bolos muchas contias de maravedís y están ocupados en el fuego, y sobrello an acaeçido questyones y heridas y cabsa mal exenplo, por ende mandaron que de oy en adelante personas algunas no jueguen a los bolos, so pena de tresientos maravedís, el terçio para las obras públicas, y el terçio para el acusador y el terçio para el juez que lo secutare. Y sy fuere esclavo el que jugare, que en lugar de la pena le den çien açotes atado a un naranjo de la casa de la Corte, y mandaronlo pregonar. Pregonese.” Los bolos huertanos y los bolos cartageneros se practican de forma recreativa y oficial siguiendo las normas de los reglamentos editados por la Federación de Bolos de la Región de Murcia y en el caso de los cartageneros por la Federación de Bolos Cartageneros. En la competición de bolos huertanos la liga se juega por tríos y en la copa hay dos modalidades por parejas e individual, “de solos” como dicen los huertanos. En la competición de bolos cartageneros siempre juegan siete jugadores y en este caso se añade la supercopa en la que se enfrentan los campeones de liga y copa. El reglamento del juego de bolos huertanos explica que la finalidad del juego consiste en derribar unos bolos (de 68 a 75 centímetros de altura, base de 6 a 8 cm. y cúspide de 2 a 2´5 cm.) situados a cierta distancia (primera tirada, vueltas, desde 20 a 40 metros y la birla a copas desde 4 a 10 metros) del sitio del lanzamiento (mande) con unas bolas (de 725 gramos en adelante) adecuadas para ello. Serán 94 vencedores los jugadores del equipo que mayor número de bolos tiren en cada mano. La declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) de carácter inmaterial a favor de “Los Bolos Huertanos” se fundamenta en lo siguiente: Los Bolos Huertanos constituyen un patrimonio cultural de gran singularidad y antigüedad, pues la primera constancia escrita de ellos se remonta al año 1523. Se trata de una actividad popular y tradicional estando su práctica vinculada también a la celebración de diferentes eventos folclóricos y de carácter popular. Los Bolos Huertanos presentan en la Región de Murcia características propias que permiten singularizar los bolos como una extraordinaria manifestación cultural. Cuenta con su propia reglamentación, organización e idiosincrasia, e incluso con una tipología propia de bolos, que da lugar a un saber ligado a la artesanía regional, en cuanto al modelado y torneado de las piezas de juego, lo que ahonda en el valor como patrimonio inmaterial. 5. Comunidad portadora y la transmisión. Las manifestaciones culturales inmateriales están estrechamente vinculadas con los sujetos portadores. La propia definición que se hace de patrimonio cultural inmaterial en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco (2003) incluye como premisa para que pueda ser considerado como tal, que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, es decir sus portadores, reconozcan estas manifestaciones como parte integrante de su patrimonio cultural, lo que le otorga esa fuerte dimensión identitaria. Así pues, estas comunidades van a ser las que mantengan, transmitan, reconozcan, valoren y salvaguarden dichas manifestaciones como titulares y transmisoras de las mismas. En el caso que nos ocupa, hay que destacar la popularidad de la que gozan los bolos huertanos en la Región de Murcia, y en un ámbito superior al local y supramunicipal, e incluso más allá de la propia comarca de la huerta de Murcia, características propias que permiten singularizarlo como una manifestación popular propia y profundamente enraizada en la cultura popular regional. Cabe reseñar además que cuenta con su propia reglamentación, organización e idiosincrasia, e incluso con una tipología propia de bolos, que da lugar a un saber ligado a la artesanía regional, en cuanto al modelado y torneado de las piezas del juego, lo que ahonda en el valor como patrimonio inmaterial. La tradición del juego se ha transmitido de generación en generación de forma espontánea, tanto en la familia como entre amigos y amigas. Actualmente, la comunidad portadora, personas protagonistas y portadoras, está integrada por un importante número de compositores personas de distinta edad que miran al pasado con sana curiosidad para proyectarlo al presente y al futuro. La Federación de Bolos huertanos es la encargada de mantener vivo este juego ancestral, por medio de la organización de torneos, exhibiciones, partidos homenaje, e incluso el Hermanamiento Bolero entre la Federación de Bolos Cartageneros y la Federación de Bolos Huertanos, el 15 de febrero de 2025. En la temporada 2025 se encuentran activos 10 equipos: Club Ángel el Zocato, Club la Chamba, Club Churra-Hotel Portman, Club Churra-Junta Municipal, Los Rolines, Casa Ruiz, G. Novias A, G. Novias B, Siscares y Los Rolines-Interesport. 6. Medidas de salvaguardia. La Unesco define este tipo de medidas en su Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial como todas aquellas acciones encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial. Comprenden la identificación, la documentación, la investigación, la preservación, la protección, la promoción, el reconocimiento, la transmisión, la difusión y la revitalización de este patrimonio en sus diferentes aspectos, jugando un papel fundamental para ello las comunidades portadoras. El arraigo de los bolos huertanos en Murcia es algo que se puede comprobar todos los años, ya que constituye una parte importante de las celebraciones festivas y culturales de las Fiestas de Primavera. Sin duda, lo más importante para la preservación de este tipo de manifestaciones como patrimonio inmaterial es mantener su presencia habitual en la vida social. También es esencial que pervivan las ocasiones de transmitir conocimientos entre personas, de mantener una interacción de los mayores con los jóvenes y de fomentar la creación de esta actividad en la escuela y el hogar. En este sentido, en mayo y junio de 2025 se han llevado cabo diversas actividades en el juego de bolos situado en los jardines del Malecón de Murcia. Para ello, la Federación ha programado un partido del campeonato de Liga, cada sábado por la tarde. Además, el Torneo Individual se celebrará los miércoles, también en horario de tarde. Martes y jueves quedarán reservados para entrenamientos de equipos federados. Por último, los sábados por la mañana, toda persona que desee, podrá practicar el deporte de los bolos huertanos. Para ello, la Federación de Bolos huertanos proporcionará monitores que instruirán y guiarán a todos los asistentes. La intención de la nueva Junta Directiva es instalar definitivamente un juego de bolos en el mismo lugar, donde se llevarán a cabo diversas actividades relacionadas con los bolos huertanos. Las asociaciones, y las instituciones pueden utilizar la tecnología de la información para contribuir a salvaguardar estas manifestaciones en toda su variedad y riqueza mediante la difusión de los torneos grabados entre sus comunidades de origen y entre audiencias más amplias. Así pues, en cuanto a medidas de salvaguardia de los bolos huertanos, se proponen las siguientes: - Crear e impulsar campañas de comunicación y publicidad para la promoción del conocimiento y difusión del juego, en coordinación siempre con los mantenedores de la manifestación cultural. - Fomentar investigaciones y buenas prácticas, así como la documentación de la manifestación y su registro, con metodología etnográfica, preferentemente en soporte audiovisual. - Crear e impulsar reconocimientos y planes de transmisión. - Apoyar desde la administración local programas de formación, difusión, documentación y análisis de esta forma de expresión, así como a iniciativas que se puedan realizar desde otros ámbitos. - Establecer convenios con otras administraciones para la promoción de actividades en el marco global de dicha manifestación. - Aumentar las relaciones y los programas de estudio con otras áreas culturales y áreas de conocimiento relacionadas con las costumbres de la huerta, con el fin de que se investigue esta manifestación desde su origen y evolución. - Velar por el normal desarrollo y la pervivencia de esta manifestación cultural, así como tutelar la conservación de sus valores tradicionales y su transmisión a las generaciones futuras. Documentación fotográfica A-271225-6353