IV. Administración Local Jumilla 692 Convocatoria y bases del proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Trabajador/a Social. Mediante Resolución de Alcaldía n.º 4808, de fecha 23 de diciembre de 2024, se convocó el proceso selectivo para la cobertura como funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre, de la siguiente plaza vacante en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla: N.º Escala Subescala Denominación Grupo/ subgrupo Turno Sistema Selectivo 1 Admón. Especial Técnica Trabajador/a Social A2 Libre Concurso-oposición Las bases específicas que han de regir dicha convocatoria y que se incluyen como anexo a dicha resolución son las siguientes: 1.- Objeto Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la cobertura definitiva, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre, de la siguiente plaza vacante en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, incluida en la oferta de empleo público de 2023, aprobada mediante Resolución de Alcaldía 1572/2023, de fecha 23 de mayo, y modificada mediante Resolución 3230/2024, de 23 de agosto: N.º Escala Subescala Denominación Grupo/ subgrupo Turno Sistema Selectivo 1 Admón. Especial Técnica Trabajador/a Social A2 Libre Concurso-oposición 2.- Publicaciones Las presentes bases y convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Un extracto de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias. Las bases y el anuncio de la convocatoria, además, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Jumilla: https://jumilla.sedipualba.es El resto de las publicaciones a que hagan referencia las presentes bases, referidas a la composición Tribunal, relación de aspirantes admitidos y excluidos, fechas de celebración de ejercicios, anuncios de celebración de los mismos y en general todas las relativas al desarrollo del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. 3.- Requisitos de los aspirantes Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes han de reunir, a la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes, debiendo mantenerlos durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos: 1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o de algún Estado al que en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as. También podrán participar el/la cónyuge de los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado/a de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados/as de derecho, sean estos descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. 2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones y tareas derivadas del puesto a desempeñar. 3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. 4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 5. No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. 6. Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del título universitario de diplomatura o grado en trabajo social. Las titulaciones académicas a las que se refiere este apartado, se acreditará mediante la presentación del título expedido por la autoridad docente competente, el resguardo de haber satisfecho los derechos de su expedición o certificación de la secretaría del organismo docente correspondiente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite su homologación. 4.- Presentación de instancias Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán ajustarse al modelo oficial disponible en las oficinas de registro e información al ciudadano del Ayuntamiento de Jumilla y en la sede electrónica. En las mismas los/las aspirantes deberán declarar, bajo su propia responsabilidad, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera anterior, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Las instancias se dirigirán a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Jumilla. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en la sede electrónica o a través de los lugares habilitados de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, debiendo acompañar a la instancia los siguientes documentos: 1.- Copia del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original. 2.- Copia de la titulación universitaria exigida para el acceso. 3.- Modelo de autobaremación (disponible en la sede electrónica) mediante el que se alegarán los méritos que los interesados quieran hacer valer. De no disponer de méritos la misma habrá de presentarse sin rellenar. No serán valorados aquellos méritos no invocados en dicha autobaremación. 4.- Justificante que acredite el abono íntegro de la tasa por derechos de exámenes o, en su caso, justificantes de las bonificaciones o exenciones establecidas en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la expedición de documentos y tramitación de expedientes administrativos del Ayuntamiento de Jumilla, las cuales se acreditaran conforme a la misma. 5.- Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. La documentación referida al cumplimiento de los requisitos de acceso y la justificativa de los méritos alegados, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El resto de los aspectos relativos a la presentación de solicitudes se regirán por lo dispuesto en las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Jumilla para la selección de personal funcionario y personal laboral fijo, publicadas en el BORM núm. 243 de fecha 20/10/2017 (Bases Generales). 5.- Lista de aspirantes admitidos y excluidos Los aspectos relativos a la admisión de aspirantes se regirán por lo dispuesto en las Bases Generales. 6.- Tribunal calificador El Tribunal Calificador estará constituido por un Presidente, un Secretario con voz y voto, y tres vocales, así como sus correspondientes suplentes. No podrán formar parte de los Tribunales el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, el personal laboral temporal y el personal eventual. Todos los miembros de los Tribunales deberán poseer titulación o especialización de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. El resto de aspectos relativos a la regulación y funcionamiento de órgano de selección se regirán por lo dispuesto en las Bases Generales. 7.- Proceso selectivo El proceso de selección se desarrollará mediante el sistema selectivo de concurso oposición, tal y como prevé el artículo 61. 7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La fase de concurso, que representará un 40% de la nota total, precederá a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se realizará, en primera instancia y de forma provisional, con la puntuación que resulte de la autobaremación presentada. Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal requerirá a los participantes que la hayan superado, en llamamiento único a través del tablón de anuncios de la Sede Electrónica, para que presenten la documentación acreditativa de los méritos autobaremados, a efectos de realizar la baremación definitiva. La documentación justificativa de los méritos alegados deberá referirse, como mucho, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. No se tendrán en cuenta, en ningún caso, méritos no incluidos en la autobaremación ni aquellos obtenidos por los aspirantes con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes de participación. De acuerdo con las Bases Generales, una vez publicada la calificación definitiva del Concurso en el tablón de la Sede Electrónica, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso, para hacer alegaciones. Por lo que hace a la fase de oposición, sin perjuicio de lo dispuesto a continuación, esta se regirá por lo dispuesto en la base octava de las Bases Generales. 8.- Fases del proceso selectivo. 8. 1. Fase de concurso (40% del proceso selectivo) Para la aplicación del baremo de méritos a los aspirantes, se tendrán en cuenta los criterios generales establecidos en las Bases Generales. A) Experiencia (máximo 20 puntos): Únicamente se valorará la experiencia prestada por cuenta ajena al servicio de cualquier administración pública, con independencia de la naturaleza laboral o funcionarial de la relación, en los siguientes términos: — Por el desempeño de las funciones propias de los puestos de Trabajador Social, siempre que los mismos estuvieran clasificado en los subgrupos A2 y, en el caso del personal laboral, en el grupo de cotización 02: por cada mes completo de servicios prestados: 0,40 puntos. La experiencia se acreditará mediante la documentación a la que se refiere la Base octava de las Bases Generales. B) Conocimientos, cursos de formación y formación académica (máximo 20 puntos): 1. Los méritos relativos a la formación se regirán por lo dispuesto las Bases Generales, valorándose los cursos formativos, certificados y demás méritos relacionados en la misma con la puntuación fijada en las mismas. 2. Se valorarán las titulaciones académicas distintas a la exigida para participar en las pruebas, que estén relacionada con las funciones propias del puesto al que se pretende acceder. La valoración se realizará conforme a la siguiente puntuación: Título universitario de grado o equivalente. 3 puntos Estudio Universitario Postgrado (Título oficial de Máster universitario). 1 puntos Estudios Universitarios Postgrado (Título Doctor). 2 puntos Diplomatura. 2 puntos 3. Se valorará la superación de ejercicios en pruebas selectivas celebradas en los últimos 5 años, para el acceso a plazas de Trabajador social, como personal laboral o funcionario, siempre y cuando estas estuvieran clasificadas en los subgrupo A2 y, en el caso del personal laboral, en el grupo de cotización 02: por ejercicio superado 0,20 puntos. La superación de ejercicios se acreditará mediante certificado emitido por la Administración de que se trate en el que, necesariamente, habrá de constar la fecha de realización de los ejercicios, la superación o no del mismo y las características de la plaza a la que se optaba. 8.2. Fase de oposición (60% del proceso selectivo) La fase de oposición se compone de tres ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio. 1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, debiendo señalar solo una de las opciones, disponiendo los aspirantes de 100 minutos para su realización. El tribunal podrá determinar la inclusión de hasta 10 preguntas adicionales de reserva. Las preguntas incluidas en el cuestionario tipo-test serán planteadas por el Tribunal con anterioridad a la realización de la prueba, versando sobre los temas incluidos en el temario incluido en el Anexo I. En la calificación de los cuestionarios, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará en función de 0,33 décimas por pregunta errónea, redondeado al valor del segundo decimal. Se considerará superado el ejercicio cuando los aspirantes hayan obtenido, al menos, una puntuación de 5 sobre 10 en el mismo. 2. Segundo ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de 120 minutos, dos temas elegidos por el opositor, de entre los cuatro temas propuestos por el Tribunal previo sorteo entre los temas incluidos en la parte específica del Anexo I. En este ejercicio se valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de expresión escrita. Se considerará superado el ejercicio cuando los aspirantes hayan obtenido, al menos, una puntuación de 5 sobre 10 en cada uno de los temas desarrollados. 3. Tercer ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, relacionado con el temario incluido en el Anexo I, planteado por el tribunal, en el plazo máximo de 90 minutos. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados y la formulación de conclusiones. El resto de los aspectos se regirán por lo establecido en las Bases Generales antes aludidas. Se considerará superado el ejercicio cuando los aspirantes hayan obtenido, al menos, una puntuación de 5 sobre 10 en el mismo. 9.- Calificación definitiva del proceso La calificación definitiva del proceso selectivo será la suma de los ejercicios de la oposición a la que se sumará la obtenida en la fase de concurso. En el caso de empate el orden se resolverá de la siguiente forma: 1. Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición. 2. Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición 3. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional de la fase de concurso. 4. Mayor puntuación en el apartado formación de la fase de concurso. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará en el plazo máximo de un mes la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, en el Tablón de la Sede Electrónica. Dicho plazo podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución motivada. Simultáneamente a su publicación en dicho Tablón, el Tribunal elevará la relación expresada al titular del órgano competente. En el resto de aspectos, se estará a lo dispuesto en las Bases Generales. 10.- Presentación de documentación de los seleccionados, nombramiento y orden de provisión de las plazas Se estará a lo dispuesto en las Bases Generales. 11.- Lista de espera Cuando los opositores aspirantes hubieran alcanzado la puntuación mínima exigida en el primero de los ejercicios de la fase de oposición para considerar este superado, pasarán a formar parte de una lista de espera, en la cual se ordenará a los candidatos por orden decreciente de puntuación en la totalidad del proceso, dando prioridad a los que hubieran alcanzado la puntuación mínima exigida para considerar superados un mayor número de ejercicios de la fase de oposición. A estos efectos, una vez publicada la calificación definitiva del proceso selectivo, el tribunal publicará, en el plazo máximo de un mes, la relación provisional de aspirantes que deban integrar la correspondiente lista de espera, ordenados por puntuación, de acuerdo con lo previsto. Los aspirantes que resulten incorporados a la lista de espera del proceso selectivo deberán presentar, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la misma por el Tribunal, ante el Servicio de Personal del Ayuntamiento de Jumilla, la documentación original acreditativa de los requisitos de acceso y capacidad establecidos en estas bases. Si no se presentan los originales en plazo o no se disponen de ellos, los interesados serán excluidos de la lista. La lista de espera definitiva, con los aspirantes que hayan acreditado debidamente los requisitos de acceso y capacidad y los méritos alegados, se publicará en el tablón de la Sede electrónica. El resto de los aspectos relativos a la lista de espera se regirá por lo dispuesto en la base decimoquinta y en el anexo II de las Bases Generales. 12.- Normativa aplicable A demás de por las normas del Estado que resultan de aplicación, en lo no dispuesto en las presentes bases específicas, el procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto en las “Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Jumilla para la selección de personal funcionario y personal laboral fijo”. 13.- Recursos El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las presentes Bases, y siempre que no se oponga a las mismas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. Contra estas bases cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha fecha, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente. 14.- Régimen de incompatibilidades Quien resulte seleccionado/a quedará sometido/a desde el momento de su contratación al régimen de incompatibilidades que establece la legislación vigente, dado por la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y normas de desarrollo. 15.- Protección de datos personales en la gestión del procedimiento selectivo El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo según lo establecido en la legislación vigente y, en particular, en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 94/46/CE. Anexo I: Temario Parte general Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. La reforma constitucional. Los derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. Tema 2.- El Gobierno en el sistema constitucional español. Las Cortes Generales. El control parlamentario del Gobierno. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. La Administración Pública en la Constitución. Tema 3.- La organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. Los Estatutos de Autonomía. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas. La reforma de los Estatutos de Autonomía. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Tema 4. La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones y Organismos de la Unión Europea. El Derecho de la Unión Europea. Tratados y Derecho derivado. Las Directivas y los Reglamentos comunitarios. Las decisiones, recomendaciones y dictámenes. Tema 5- La Administración Local en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía. El principio de Autonomía Local: significado, contenido y límites. Las Entidades Locales. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población municipal. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros. La participación vecinal en la gestión municipal Tema 6.-. La organización municipal. El régimen ordinario de Ayuntamiento. Órganos necesarios: Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: Comisiones Informativas y otros órganos. Régimen de Sesiones. Tema 7.- Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. Los servicios mínimos. Tema 8.- El acto administrativo. Concepto y caracteres. La forma y la motivación. La notificación. La publicación. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Revisión de actos administrativos. El principio de conservación del acto administrativo. Recursos administrativos. Tema 9.- El procedimiento administrativo común y sus fases: la iniciación, instrucción, ordenación y tramitación del procedimiento. La. Terminación del procedimiento. El tiempo en el procedimiento. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. La obligación de resolver. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. Tema 10.- El ordenamiento jurídico-administrativo. La potestad reglamentaria. El Procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria. La potestad normativa de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Tema 11.- Los empleados públicos: clases y régimen jurídico. Los instrumentos de organización del personal. El acceso al empleo público. La extinción de la condición de empleado público. El régimen de provisión de puestos de trabajo. Las situaciones administrativas de los funcionarios locales. Los derechos de los funcionarios públicos. Tema 12.- La Hacienda Local en la Constitución. El régimen jurídico de las Haciendas locales. Los recursos de las entidades locales. Los ingresos de derecho privado. Los ingresos de derecho público. Los impuestos locales, las tasas y precios públicos locales. Las contribuciones especiales. Parte específica Tema 1.- Acuerdo Comunidades Autónomas-Estado en materia de Servicios Sociales: El Plan Concertado para el desarrollo de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales en las Corporaciones Locales. Tema 2.- Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. Tema 3.- Organización territorial y estructura del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia. Tema 4.- Los Servicios Sociales de Atención Primaria en la Región de Murcia. Competencias de las entidades locales. Funciones de los Servicios Sociales de Atención Primaria. Tema 5.- Decreto 143/2022 de 28 de Julio por el que se aprueba la Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias de los Servicios Sociales de la Región de Murcia. Tema 6.- El sistema de información de usuarios de servicios sociales (SIUSS). Tema 7.- Los centros de servicios sociales. Organización y funcionamiento del Centro de Servicios Sociales de Jumilla. Estructura, programas y prestaciones del Centro de servicios Sociales del Ayuntamiento de Jumilla. El reglamento de régimen interno del Centro de Servicios Sociales de Jumilla. Tema 8.- Ayudas y prestaciones para la atención de necesidades sociales de Jumilla. Reglamento regulador. Tema 9.- Pensiones no contributivas. Tipos y requisitos de acceso. Tema 10.- Decreto 163/2017, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la CARM. Tema 11.- Deontología y ética profesional. Los códigos de ética profesional de la federación internacional del trabajo social. Código Deontológico del trabajo social. Tema 12.- Niveles de intervención en trabajo social. De la intervención individual a la dimensión comunitaria. Trabajo social de casos, con grupos y comunitario. Temas 13.- Los modelos de intervención en Trabajo Social. Concepto, definición y características en los modelos en Trabajo Social. Tema 14.- Técnicas e instrumentos en Trabajo Social. La entrevista en Trabajo social. El Informe Social. La Historia Social. El Genograma. El Ecomapa. El Historiograma. El Plan de Intervención. Tema 15.- Las necesidades sociales. Concepto, características y tipología. Análisis de las necesidades sociales según la taxonomía de Bradshaw. Tema 16.- La investigación social. El estudio-investigación en Trabajo Social. El diagnostico social. Definición, elementos y objeto del diagnóstico social. Tema 17.- La planificación en servicios sociales. Tipos de planificación, principios y fases de planificación. Tema 18.- La evaluación en servicios sociales. Tipos y procesos de evaluación. Tema 19.- El trabajo en equipo en los Servicios Sociales. Técnicas de trabajo en equipo. El trabajador social y otros profesionales relacionados con la Atención Social. El equipo interdisciplinar. La Supervisión en Trabajo Social. Tema 20.- La familia monoparental. Marco legal de reconocimiento de la condición monoparental en la Región de Murcia (Ley 1/2023, de 23 de febrero). Tema 21.- Familias numerosas. Protección a las familias numerosas. Reconocimiento y renovación del título de familia numerosa. Tema 22.- Ley 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. Tema 23.- La protección a la infancia. Situaciones de riesgo y desamparo. Valoración de la gravedad de las situaciones de desprotección infantil. Niveles de gravedad. Tema 24.- El acogimiento familiar. Procedimiento, familias susceptibles, ayudas económicas. Tema 25.- Notificación de riesgo y maltrato infantil desde los Servicios Sociales. Protocolo de actuación en casos de maltrato infantil y adolescencia en la CARM desde los servicios sociales. Tema 26.- Absentismo escolar. Abandono escolar. Prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y reducción del abandono escolar. Actuaciones de prevención del absentismo y el abandono escolar del Ayuntamiento de Jumilla. Tema 27. La responsabilidad penal de los menores (Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero). Tema 28.- La violencia de Género: marco conceptual. Características. Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de medidas de protección integral contra la Violencia de Género. Ley 7/2007 de 4 de abril para la igualdad entre mujeres y hombres y de protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia. Tema 29.- Centros de atención especializada para mujeres víctimas de violencia de género (CAVI). Centro de Emergencia. Casas de Acogida. ATEMPRO. Tema 30.- Género y Políticas de Igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres. Marco normativo. Perspectiva de género en las políticas públicas. Acciones positivas y maistreaming o transversalidad de género. El plan de Igualdad del Ayuntamiento de Jumilla. Tema 31.- Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en el municipio de Jumilla. Tema 32.- El Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia. Normativa estatal y regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Tema 33.- Reconocimiento de grado de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema de atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM). Tema 34.- Ayudas económicas para personas mayores. Orden de 28 de mayo de 2018, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la CARM. Tema 35.- Ayudas individualizadas a personas con discapacidad. Orden de 28 de mayo de 2018, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la CARM. Tema 36.- Ayudas para Programas de Integración sociolaboral (APIS). Orden de 18 de septiembre de 2017 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la CARM, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para programas de integración sociolaboral (Apis). Tema 37.- Reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Beneficios legales relacionados con la calificación de grado de discapacidad en la CARM. Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida o baja visión (R.D. 1056/2014). Tema 38.- Programa europeo PARES. Entidades participantes, objeto, financiación, protocolos, etc. Tema 39.- La integración social de las personas con discapacidad. Real decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Servicios, programas y recursos de atención a personas con discapacidad. Acceso a los mismos. Tema 40.- La protección a las personas con discapacidad. Ley 8/2021 de 2 de Junio de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Figuras de apoyo a la capacidad jurídica. La fundación Tutelar de la Región de Murcia. Tema 41.- Servicios de atención a las personas mayores y/o dependientes en Jumilla: servicio de ayuda a domicilio, comidas a domicilio, servicio de ayuda a domicilio fines de semana y festivos y servicio de Teleasistencia. Tema 42.- Informes de arraigo social y de vivienda. Procedimiento para su emisión. Tema 43. La población inmigrante en la localidad: Perfil. Recursos para personas inmigrantes en el Ayuntamiento de Jumilla. Reglamento de la casa de acogida para familias y su modificación. Protocolo de acceso. Régimen disciplinario. Tema 44.- El Servicio de Acompañamiento Social Intensivo para Personas en situación de Vulnerabilidad y Exclusión Social (SAI). Bases teóricas. Principios rectores y metodológicos. Programa operativo del funcionamiento del SAI. Tema 45.- La Seguridad Social como Sistema Público de Protección Social. Medidas Protectoras. Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece El Ingreso Mínimo Vital. Tema 46.- La intervención comunitaria. Diagnostico local participativo de los distritos y barrio de Santiago de Jumilla “Tejiendo nuestro Barrio”. II Fase de Ejecución: Pro-tejiendo Nuestro Barrio. Tema 47.- Los contratos del sector público. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del sector público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Los contratos menores. Las partes en los contratos del sector público. Adjudicación de los contratos de las Administraciones pública. Tema 48.- Actividad subvencional de las Administraciones Públicas: tipos de subvenciones. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones. En Jumilla, a 3 de enero de 2025.—La Alcaldesa, Severa González López. A-140225-692