I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social 434 Resolución de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo por el que se establecen las tablas salariales del convenio colectivo del sector de la construcción y obras públicas de la Región de Murcia para los años 2025 y 2026. Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo, examinado su contenido por el Servicio de Normas Laborales y Sanciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de acuerdo con la propuesta formulada al respecto por el citado Servicio de Normas Laborales y Sanciones Resuelvo Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de Revisión Tabla Salarial con número de expediente 30/01/0281/2025; denominado Construcción y Obras Públicas; código de convenio n.º 30000345011981; ámbito Sector; suscrito con fecha 15/12/2025 por la comisión negociadora. Segundo.- Notificar la presente resolución a la comisión negociadora del acuerdo. Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 14 de enero de 2026.—El Director General de Trabajo, Juan Marín Pérez. Acta de la reunión de la comisión paritaria del convenio colectivo para las industrias del sector de construcción y obras públicas de la Región de Murcia, celebrada el día 15 de diciembre de 2025 En Murcia, siendo las 12:00 horas del día 15 de diciembre de 2025, se reúnen en los locales de la Federación Regional de Empresarios de Construcción de la Región de Murcia, sita en calle Acisclo Díaz n.º 5 C, 4.ª Planta de Murcia, los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las industrias del Sector de Construcción y Obras Públicas de la Región de Murcia, integrada por las personas: Por UGT-FICA: D. Pedro Peña. Por CC.OO.: D. Alejandro Torre Muñoz, D. Antonio González Lidón, D. María Fernández de Maya y D. José Navarro Navarro. Por la Federación Regional de Empresarios de la Construcción de Murcia (FRECOM): D. José Hernández Martínez, D. Antonio García Domenez, D. Eduardo Martín Pignatelli, D. Jesús Abellán García y como asesora Dña. María Luisa Lucas Azorín. Se inicia la reunión, reconociéndose todas las partes plena capacidad y legitimación suficiente. Tras deliberar, las partes acuerdan por unanimidad: Primero.- Ante la situación actual del Sector de la Construcción, los agentes sociales han valorado la situación económica general, y con objeto de dar estabilidad a las relaciones colectivas e individuales, se da traslado a lo previsto en el art. 55.4 del VII Convenio General del Sector de la Construcción (VII CGSC) publicado en el BOE con fechas 23/09/2023 , fijando el incremento para el año 2025, de manera que la suma de la tasa anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) general de los meses de diciembre de los años 2022, 2023 y 2024, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se situó en el 11’6 %, las tablas salariales de 2024 de los convenios provinciales se incrementarán, con efectos de 1 de enero de 2025 en un 0’40 %, sin efectos retroactivos, convirtiendo en tabla base de partida para la negociación del incremento salarial del año 2025. Las tablas salariales de 2025 se actualizarán conforme a lo establecido en el Acuerdo firmado de fecha 04 de noviembre de 2025, incrementándose en un 3’5 %. Los CF 1º año, art 22, excepto 4 c) de salario mensual y diario, se adaptarán al SMI vigente. La contribución al Plan de Pensiones para el año 2025, se obtendrá de añadir a la contribución al Plan de Pensiones del año 2024 el 0’50 %. Las tablas salariales de 2026 se calcularán tomando como base las tablas salariales vigentes del año 2025, éstas se actualizarán conforme a lo establecido en el Acuerdo firmado de fecha 04 de noviembre de 2025, incrementándose en un 3’0 %. Los CF 1.º año, art 22, excepto 4 c) de salario mensual y diario, se adaptarán al SMI vigente. La contribución al Plan de Pensiones para el año 2026, se obtendrá de añadir a la contribución al Plan de Pensiones del año 2025 el 0’25 % Asimismo, se da traslado al art.56 del VII Convenio General del Sector de la Construcción (VII CGSC), publicado en el BOE con fechas 23/09/2023, y el Acuerdo firmado de fecha 04 de noviembre de 2025, publicando las tablas con el importe de la contribución al Plan de Pensiones Sectorial, para los años 2025 y 2026, indicando la derogación de la excepción, con efectos del 01/01/2026, apartado 3 del art. 28 del Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción, contenido en el art. 240 del VII CGSC. Por todo lo expuesto anteriormente, las partes acuerdan aprobar las tablas salariales del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obras Publicas de la Región de Murcia, para el año 2025 y 2026. Aprobar las tablas salariales del año 2025 y 2026 del Convenio Colectivo para las industrias del sector de Construcción y Obras Públicas de la Región de Murcia. Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 12.30 horas del día anteriormente indicado. FRECOM.—CCOO.—UGT-FICA. A-030226-434