Administración Local
Aledo
2054
NPE: A-070525-2054
IV. Administración Local
Aledo
2054 | Corrección en aprobación de bases específicas para provisión, mediante concurso de méritos libre de 1 plaza de Trabajador Social, de la plantilla de personal laboral. |
Por la presente se hace público que mediante Resolución de Alcaldía 2025-28 se ha resuelto la estimación parcial del recurso de reposición frente a la Resolución de Alcaldía 2024-360 de fecha 19 de noviembre de 2024, por la que se aprueba la convocatoria y bases específicas para la provisión mediante concurso de méritos libre de 1 plaza de Trabajador Social, de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Aledo (Murcia), en el marco del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal, al amparo de la Ley 20/2021 (Expediente: 2748/2024), oferta de empleo extraordinaria de 2024 (BORM n.º 96 de fecha 26 abril 2024), publicadas en el BORM n.º 283, de fecha 05/12/24, aprobando la modificación de la base sexta que queda redactada como sigue:
“Base Sexta.- Desarrollo del proceso selectivo.
Se rige por lo dispuesto en la presente base, así como por lo dispuesto en Bases Generales publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 117, de 23 de mayo de 2022, prevaleciendo lo que de forma concreta se establezca en estas bases específicas.
Dará comienzo una vez transcurridos como mínimo quince días naturales desde la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las comunicaciones correspondientes a la convocatoria se expondrán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento.
El procedimiento selectivo será el de concurso de méritos.
Se valorarán los méritos que hayan sido acreditados en la forma prevista en la Base Tercera de estas Bases Específicas y Quinta de las Bases Generales.
El Tribunal se reunirá para valorar los méritos alegados por los aspirantes. La valoración aprobada por el Tribunal contendrá la puntuación global obtenida por cada aspirante en el concurso y se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el portal web municipal (www.aledo.es).
No se valorarán los méritos que no se aduzcan y/o acrediten dentro del plazo establecido, ni los que sean requisito para participar en la convocatoria. No obstante, si el Tribunal de Selección considerase que un mérito de los alegados no está suficientemente acreditado, podrá recabar al aspirante mayor información o documentación, siempre que ello no suponga la valoración de aspectos no alegados.
La puntuación máxima alcanzable será de 100 puntos que podrán obtenerse de la siguiente forma:
Los méritos a valorar se agrupan en los siguientes apartados:
1. Formación, máximo 15 puntos:
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos: Se valorarán los cursos de formación sobre las materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo a desempeñar que hayan sido realizadas por Administraciones, Corporaciones o Instituciones de carácter público, incluso los organizados por Colegios Profesionales y Entidades Privadas homologadas a tal efecto por las Administraciones Públicas.
La puntuación máxima en este apartado será de 15 puntos, y teniendo en cuenta la siguiente puntuación por acción:
- Curso de más 250 horas o más = 2
- Curso de 101 a 249 horas = 1
- Curso de 51 a 100 horas = 0,75
- Curso de 21 a 50 horas = 0,50
- Curso de 3 a 20 horas = 0,25
Los cursos de duración inferior o que no ponga las horas de duración no serán valorados.
2. Experiencia profesional (máximo 85 puntos):
Se valorará la experiencia profesional según los siguientes criterios:
- Experiencia acreditada por haber prestado o estar prestando servicios en cualquier Administración Pública, en puestos con iguales funciones y del mismo grupo y subgrupo de pertenencia de la plaza a la que se opta: hasta un máximo de 85 puntos 1,2 puntos por mes trabajado, valorándose de igual modo si el trabajo se ha efectuado a jornada completa o parcial (se entienden por mes completo 30 días naturales).
Empate:
En el supuesto de que tras la suma de la puntuación obtenida en los apartados Formación y Experiencia profesional se produjera un empate entre los aspirantes, el mismo se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido una mayor puntuación en el apartado Experiencia Profesional. Si, tras lo anterior, continuara la situación de empate, se resolverá a favor del aspirante que tenga mayor puntuación en el apartado Formación. Si aun así persistiera el empate, el mismo se resolverá atendiendo al orden de entrada de las instancias en el registro de entrada del Ayuntamiento de Aledo.
Calificación definitiva (máximo 100 puntos)
La calificación definitiva resultará de las puntuaciones obtenidas en el concurso.
En Aledo, a 22 de abril de 2025. El Alcalde, Francisco Javier Andreo Cánovas.
NPE: A-070525-2054