Región de Murcia

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 19 de junio de 2025, se acuerda la modificación del apartado 2 del artículo 33 del texto del acuerdo de condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia y su personal funcionario y laboral 2019-2021. (Expte.-8191/2023).

Borm Nº 152, viernes 4 de julio de 2025

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Fuente Álamo de Murcia

Nº de Publicación:

3263

NPE: A-040725-3263

TEXTO

IV. Administración Local

Fuente Álamo de Murcia

3263 Por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 19 de junio de 2025, se acuerda la modificación del apartado 2 del artículo 33 del texto del acuerdo de condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia y su personal funcionario y laboral 2019-2021. (Expte.-8191/2023).

Por medio de la presente se hace público que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 19 de junio de 2025, en relación al expediente 8191/2023. Modificación del apartado 2 del artículo 33 del texto del Acuerdo de condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia y su personal funcionario y laboral 2019-2021, adoptó el siguiente acuerdo:

“1.º- Modificar el Artículo 33.2. del Acuerdo de Condiciones de Trabajo, en los siguientes términos:

“Artículo 33.2 Complemento de productividad.

a) Corresponderá a cada empleado público del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia un complemento de productividad, que se abonará conforme a los criterios establecidos en el “Reglamento de Productividad del Personal al servicio del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia”. Dicho reglamento recoge todos los supuestos en que los/as empleados/as pueden percibir el complemento de productividad, implantándose un sistema por criterios, estructurado para la valoración, determinación, evaluación y abono del mismo.

La cuantía global anual mínima a abonar figurará en los presupuestos municipales, garantizando el mínimo percibido por el conjunto de los empleados del Ayuntamiento, en este concepto, durante el año anterior. Pudiendo ser aumentada si hubiera remanente en tesorería.

b) Servicio en Motocicleta de la Policía Local.

En la valoración de puestos de trabajo no se ha valorado el servicio en motocicleta de la Policía Local, ya que este se realiza de forma puntual, en pruebas deportivas o diferentes actos y refuerzos que se hacen en las Fiestas Patronales. Acordando con la Concejalía de Personal que, al ser este servicio más peligroso y penoso, que otros que se realizan por esta Policía, este sea siempre que el cuadrante de servicio lo permita, realizado en horas extras o red y se pague un plus de 10’00 € por hora o fracción de servicio en motocicleta efectuado”.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Fuente Álamo de Murcia, a 24 de junio de 2025. La Alcaldesa, Juana María Martínez García.

NPE: A-040725-3263