Región de Murcia

Modificación ordenanza reguladora de la tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos.

Borm Nº 140, sábado 20 de junio de 2026

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mula

Nº de Publicación:

2981

NPE: A-200626-2981

TEXTO

IV. Administración Local

Mula

2981 Modificación ordenanza reguladora de la tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos.

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 29 de abril de 2026, de aprobación inicial de la modificación de la modificación ordenanza reguladora de la tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos, en el expediente SECR/0032/2026, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la LBRL, se entiende definitivamente aprobada, al no haberse presentado reclamación alguna.

A continuación, se hace público el texto íntegro de la modificación aprobada:

Modificando su artículo 6.2 para que quede con la siguiente redacción:

2. La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza de los documentos o expedientes a tramitar, de acuerdo con la Tarifa que se señala a continuación:

Concepto Importe
Por cada informe que se expida sobre características de terreno o consulta a efecto de edificación o identificación a instancia de parte. 50 €
Por expediente de cambio de titularidad de bienes rústicos o urbanos. 10 €
Por cada certificación de antigüedad de viviendas. 195 €
Por cada certificación de uso de locales e inmuebles. 120 €
Por prestación de servicios de índole urbanística requeridos por los interesados, tales como división o segregación de terrenos, entrega de planos y documentos de información urbanística, por la obtención de cada cédula urbanística, y otros de naturaleza análoga. 120 €
Por solicitud de informe de la Policía Municipal sobre incidencias de diversa índole. 20 € por informe
Por solicitud de informes de la Policía Local sobre incidencias que den lugar a confección de atestados o diligencias a prevención por accidentes de tráfico.
No obstante estarán exentos de la tasa los perjudicados, entidades aseguradoras, o sus representantes, y el Consorcio de Compensación de Seguros.
50 € por atestado
Por expedición de tarjeta de armas. 30 €
Por bastanteo de poderes realizado por el Secretario de la Corporación. 25 €
Por expedición de certificados de acuerdos municipales. 5 €
Por expedición de cualquier tipo de certificado municipal no incluido en ninguno de los apartados anteriores.
No obstante se excluye de esta tasa la expedición de documentos relativos a la fe de vida, certificados de sujeción a tributos municipales, los relativos a la prestación de servicios sociales
5 €
Por expedición de volante de empadronamiento, trámite presencial
No obstante se excluye de esta tasa, además de los tramitados electrónicamente, a las personas de 65 años en adelante o a personas con discapacidad reconocida.
1 €
Por expedición de certificado de empadronamiento, trámite presencial
No obstante se excluye de esta tasa, además de los tramitados electrónicamente, a las personas de 65 años en adelante o a personas con discapacidad reconocida.
2 €
Concepto Importe
Por compulsa de documentos.
No obstante esta tasa sólo se exigirá a partir del cuarto folio siempre que se trate de compulsas de documentos que deban surtir efectos ante otras Administraciones Públicas distintas del Excmo. Ayuntamiento de Mula.
0,25 € por folio
Por el ejercicio de la actividad administrativa de comprobación de los locales a la normativa sobre otorgamiento de licencias.
Se establece una bonificación en la tasa por la actividad administrativa de comprobación de los locales a la normativa sobre otorgamiento de licencias conforme al siguiente importe, a favor de las empresas de nueva implantación: 90% de la tasa que corresponda.
80 €
Por expedición de certificados relativos a procesos selectivos 3.33 €
Por expedición de copias de documentos en los que el solicitante tenga la condición de interesado u ostente un interés legítimo:
- Copia en formato papel: 0.30 €
- Copia en formato electrónico: 0.26 €

- Añadir un punto 3 al artículo 6 de la citada ordenanza con la siguiente redacción: El abono de la correspondiente tasa se podrá realizar mediante tarjeta bancaria o pago en efectivo.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Mula, 15 de junio de 2026. El Alcalde-Presidente, Juan Jesús Moreno García.

NPE: A-200626-2981