Administración Local
Ojós
1207
NPE: A-180326-1207
IV. Administración Local
Ojós
| 1207 | Anuncio de modificación parcial del artículo 6 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. |
El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día diecisiete de diciembre de 2025, acordó la aprobación inicial de la modificación parcial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, la cual ha permanecido en exposición pública durante el plazo de 30 días hábiles a contar desde su publicación en el BORM n.º 300 de 30-12-2025.
Al no hacerse presentado reclamación alguna durante el citado plazo, dicha modificación parcial de la ordenanza se considera definitivamente aprobada por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el Artículo 6. Se suprimen las tarifas A), D) y E) del texto vigente y se refunde el resto de supuestos en una única tarifa reducida, Cuota tributaria (Nueva redacción), de dicha ordenanza cuyo tenor literal es el siguiente:
“Modificación parcial del ar?tículo 6 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación privativa o aprovechamiento especial del dominio público local cuyo texto se transcribe:
Artículo 6. Cuota tributaria (Nueva redacción):
“Artículo 6. Cuota tributaria
La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija señalada de acuerdo con las tarifas contenidas en el presente artículo, atendiendo a la naturaleza del aprovechamiento, su duración, la superficie ocupada y la utilidad que represente para el sujeto pasivo.
Las tarifas aplicables por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local serán las siguientes:
A) Por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público con puestos, quioscos, espectáculos e industrias callejeras en la vía pública:
Por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público municipal mediante la instalación de puestos de mercado, quioscos, industrias callejeras, espectáculos temporales, así como la instalación de mesas y sillas con finalidad lucrativa, se establece:
· Tarifa anual única: 200,00 euros por autorización.
Cuando la ocupación tenga una duración inferior al año natural:
· 20,00 euros por cada mes o fracción de ocupación.
B) Por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público mediante la apertura de zanjas o cualquier otra remoción del pavimento:
· 3,00 euros por metro cuadrado y día.
C) Ocupación del dominio público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallados, andamios u otras instalaciones análogas:
· 0,50 euros por metro cuadrado y día.
D) Instalación de elementos publicitarios u otros elementos análogos visibles desde la vía pública
· Por cada cartel o valla cuya superficie sea inferior a 0,50 m² = 100,00 € anuales.
· Por cada cartel o valla de superficie entre 0,50 m² y 1,00 m²: = 150,00 € anuales.
· Por cada cartel o valla de superficie superior a 1,00 m²: = 200,00 € anuales.
· Para instalaciones de duración inferior al año = 1,00 euro por metro cuadrado y día.
Todas las utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales del dominio público local estarán sujetos, en todo caso, a la previa obtención de la correspondiente licencia municipal y al pago de la tasa establecida, sin que puedan realizarse ocupaciones sin la autorización administrativa preceptiva”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra la aprobación definitiva de la Modificación parcial del artículo 6 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.
Ojós, 12 de marzo de 2026. El Alcalde, José Emilio Palazón Marín.
NPE: A-180326-1207