Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación del apartado tercero de la disposición adicional de la ordenanza general reguladora de los precios públicos vigente en la actualidad, relativo a los precios públicos derivados de la prestación del servicio de enseñanza musical, en cualquiera de sus formas y modalidades, impartidas por la Escuela Municipal de Música de San Javier en sus apartados B) y C).

Borm Nº 208, martes 9 de septiembre de 2014

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

San Javier

Nº de Publicación:

11322

NPE: A-090914-11322

TEXTO

IV. Administración Local

San Javier

11322 Aprobación definitiva de la modificación del apartado tercero de la disposición adicional de la ordenanza general reguladora de los precios públicos vigente en la actualidad, relativo a los precios públicos derivados de la prestación del servicio de enseñanza musical, en cualquiera de sus formas y modalidades, impartidas por la Escuela Municipal de Música de San Javier en sus apartados B) y C).

Por acuerdo adoptado en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de San Javier el día 8 de mayo de 2014, fue aprobada inicialmente la modificación del apartado Tercero de la Disposición Adicional de la ordenanza general reguladora de los precios públicos vigente en la actualidad, relativo a los precios públicos derivados de la prestación del servicio de enseñanza musical, en cualquiera de sus formas y modalidades, impartidas por la Escuela Municipal de Música de San Javier en sus apartados B) y C).

Sometido el expediente a exposición pública, mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 5 de junio de 2014, número 7714, en el diario La Opinión de Murcia (anuncio de fecha 29 de mayo de 2014) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (desde el 26 de mayo al 12 de junio de 2014), de conformidad con el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no se han presentado reclamaciones ni sugerencias, por lo que se entiende definitivamente adoptado el citado acuerdo.

Por lo expuesto, la modificación del apartado Tercero de la Disposición Adicional de la ordenanza general reguladora de los precios públicos vigente en la actualidad, relativo a los precios públicos derivados de la prestación del servicio de enseñanza musical, en cualquiera de sus formas y modalidades, impartidas por la Escuela Municipal de Música de San Javier en sus apartados B) y C), para los que se propone la siguiente redacción:

“ …

Tercero.- Precios públicos derivados de la prestación del servicio de enseñanza musical, en cualquiera de sus formas y modalidades, impartidas por la Escuela Municipal de Música de San Javier.

B) proceso de matriculación y forma de pago.

El proceso de matriculación en la Escuela de Música, será el siguiente:

1.º) Inscripción en el Centro, conforme al impreso de matrícula que se facilitará al usuario con los datos académicos respectivos.

2.º) Formalización del pago por los conceptos de “Matrícula” y “Apertura de expediente” (en su caso), en el Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de San Javier. Estas cantidades no serán reembolsables en ningún caso.

- La matrícula no se hará efectiva, hasta que se completen las condiciones reflejadas en los puntos 1.º y 2.º anteriores.

- Pago por concepto de Curso Académico: Se realizará a través de domiciliación bancaria por el Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de San Javier, dividiéndose el importe total en 2 cuotas que se giraran al usuario, la primera el día 1 de octubre y la segunda, el 1 diciembre

- Para matricularse en la Escuela, deberá efectuarse obligatoriamente el pago de la 1.ª cuota, dado que ese es el momento en que se generan los gastos de gestión administrativa y académica de dicha matriculación.

C) Descuentos y excepciones

a) Miembros de familias numerosas categoría general: 50%

b) Miembros de familias numerosas categoría especial: 100%

c) Para alumnos con una minusvalía igual o superior al 33%,

Acreditada mediante la certificación oficial correspondiente: 60%.

d) Víctimas de terrorismo: Sólo abonaran las tarifas de apertura de expediente y de matriculación.

e) Miembros de la misma unidad familiar matriculados en la Escuela Municipal de Música: Se le aplicará un 10% de descuento en los precios públicos, a partir de la del 2.º miembro matriculado y sucesivos.

NOTA: Estos descuentos no son acumulativos.

f) Convalidación de Asignaturas:

Se podrán convalidar las asignaturas que se indican a continuación, siempre que el alumno aporte la documentación solicitada por el Centro que indique que ha cursado y aprobado dicha asignatura y curso con anterioridad, y siempre que obtenga la conformidad de la Escuela. El descuento que se aplicará al importe de “Precio por curso académico” será del 15%.

- Asignaturas con posibilidad de convalidación:

- Area Formativa: Ciclo “Formación Musical”

* Lenguaje Musical: Curso 1.º, 2.º, 3.º y 4.º

- Area Adultos / Música Moderna

* Lenguaje Musical: Curso 1.º, 2.º, 3.º y 4.º

g) Asignaturas Pendientes

En caso de que el alumno supere el curso, con asignaturas pendientes, se aplicará el siguiente recargo al importe de “Precio por curso académico”.

* 1 asignatura pendiente: 10%

* 2 ó más asignaturas pendientes: 15% ….”

San Javier, 25 de agosto de 2014.— El Alcalde, Juan Martínez Pastor



NPE: A-090914-11322