Administración Local
San Pedro del Pinatar
5841
NPE: A-041225-5841
IV. Administración Local
San Pedro del Pinatar
| 5841 | Aprobación definitiva estudio de detalle en el Plan Parcial Villa Alegría, parcela 1B, en calle Manuel Segura Tárraga y otras. |
Referencia: 2025/549P
Procedimiento: Estudios de Detalle
Interesado: La Gloria Rents, S.L., M.ª José Samper Henarejos, Manuel Segura Vallejo
Representante: Benito Gómez Fernández
Urbanismo-Fomento_(CVILLENAP)
El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria, celebrada el día 21 de noviembre de dos mil veinticinco, acordó Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle correspondiente a la Parcela 1B, del Plan Parcial “Villa Alegría”, sita en calle Manuel Segura Tárraga y otras de este término municipal, cuyo proyecto ha sido promovido por la mercantil LA GLORIA RENTS, S.L., y dejar sin efecto la suspensión de licencias, disponiéndose que, en adelante, los terrenos, instalaciones, construcciones y edificaciones se ajusten al destino derivado de su clasificación y calificación, y al régimen urbanístico aplicable conforme al nuevo instrumento de planeamiento.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada la Resolución, de conformidad con lo establecido en el Art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, según lo dispuesto en los Arts. 123 y 124 de la Ley 39/15, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter potestativo podrá formularse Recurso de Reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o en que deba entenderse desestimado por silencio administrativo, sin perjuicio de cualesquiera otros que los interesados deseen ejercitar.
El contenido integro del Estudio de Detalle aprobado se puede consultar de forma digital, en al sede electrónica de este Ayuntamiento, en la página web https://ayto.sanpedrodelpinatar.es/concejalias/urbanismo/, en el apartado Planeamiento de desarrollo, Estudio de detalle.
En San Pedro del Pinatar, a 28 de noviembre de 2025. El Alcalde-Presidente, Pedro Javier Sánchez Aznar.
NPE: A-041225-5841