Administración Local
San Pedro del Pinatar
1175
NPE: A-160326-1175
IV. Administración Local
San Pedro del Pinatar
| 1175 | Edicto de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos de las actividades y/o servicios de la Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar. |
El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 18 de diciembre de 2025 aprobó, con carácter inicial, la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público de las actividades y/o servicios de la Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.
Dicho expediente ha permanecido expuesto al público durante treinta días hábiles, publicándose anuncio de aprobación inicial en el BORM número 17 del 22 de enero de 2026.
Durante el periodo de exposición pública no se han presentado reclamaciones.
Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
A continuación se hace público el texto de las modificaciones aprobadas en cumplimiento de lo dispuesto en art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
a) Modificar el título de la Ordenanza, quedando de la siguiente forma:
ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS DE LAS ACTIVIDADES Y/O SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR.
b) Modificar el Artículo 3.- Sujetos pasivos, siendo la nueva redacción la siguiente:
Son sujetos pasivos los usuarios, cuya gestión se realiza a través de la Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.
c) Modificar el Artículo 5.2. quedando de la siguiente forma:
5.2. La obligación de pagar el precio público, nace desde el momento de las inscripción a las actividades y/o servicios correspondientes, y se realizará por anticipado mediante abono en la entidad bancaria o en el soporte informático habilitado para el pago, en el plazo y la forma que la Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar determine.
d) Modificar el Artículo 6.1 que quedaría redactado de la siguiente forma:
Artículo 6.1. Se podrá eximir del pago aquellas actividades y/o servicios que favorezcan, especialmente, el desarrollo personal de la población, encaminadas a su integración en la vida social y cultural de San Pedro del Pinatar (A criterio de la Junta de Gobierno Local).
e) Modificar el Artículo 7.1 de la siguiente forma:
7.1. Las personas interesadas en obtener las prestaciones objeto de la presente ordenanza formularán solicitud, conforme al modelo establecido para cada actividad y/o servicio en el lugar que determine la Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar para este fin.
f) Modificar los párrafos 3 y 5 del Artículo 8 de forma que quedarían redactados de la forma detallada a continuación:
8.3. No pudiéndose prever, con antelación, el coste de los cursos o talleres que superen las 80 horas de duración o que se realicen a otros niveles formativos puesto que están sujetos a variación en función de su duración, del lugar de desarrollo, del número de participantes y del contenido de los mismos, las cuotas de los mismos será variable, y estará en función de los parámetros enumerados y condicionantes de los cursos o talleres.
Los precios públicos de estos cursos, se determinarán por la Junta de Gobierno Local, a propuesta de la Concejalía de Educación y será anunciado junto con los cursos o talleres de que se trate.
8.5 Los precios públicos de estos programas, se determinarán por la Junta de Gobierno Local, a propuesta de la Concejalía de Educación y será anunciado junto con las actividades de que se trate.
San Pedro del Pinatar, 9 de marzo de 2026. El Alcalde-Presidente, Pedro Javier Sánchez Aznar.
NPE: A-160326-1175