Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación puntual no estructural n.º 34 de las normas subsidiarias de planeamiento de La Unión.

Borm Nº 122, jueves 29 de mayo de 2025

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

La Unión

Nº de Publicación:

2462

NPE: A-290525-2462

TEXTO

IV. Administración Local

La Unión

2462 Aprobación definitiva de la modificación puntual no estructural n.º 34 de las normas subsidiarias de planeamiento de La Unión.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 25 de marzo de 2025, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación Puntual No Estructural N.º 34 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Unión, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Examinado el expediente relativo a la Modificación Puntual No Estructural de las Normas Subsidiarias N.º 34.

Atendido que la modificación tiene por objeto la reordenación de la confluencia de viales denominados Horno, del Aseo, Las Flores y Amapola, sitas en el Barrio de El Garbanzal de La Unión en la zona noroeste del suelo urbano de La Unión, lindando con el límite del suelo urbano; según texto redactado por el Arquitecto D. Salvador Hernández Esquiva.

Atendido que con fecha 19 de diciembre de 2022 se ha emitido informe por la Arquitecta Municipal.

Atendido que con fecha 20 de diciembre de 2022 se ha emitido informe jurídico por la Secretaria del Excmo. Ayuntamiento de La Unión.

Atendido que se ha dictado Decreto de toma de conocimiento del Avance de la Modificación Puntual No Estructural de las Normas Subsidiarias N.º 34, publicado en el BORM de fecha 20 de marzo de 2023.

Atendido que consta acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 23 de noviembre de 2023, por el que se aprueba el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, junto con el Documento Ambiental Estratégico.

Atendido que con fecha 16 de mayo de 2024 se ha emitido informe ambiental estratégico por parte de la Dirección General de Medio Ambiente.

Atendido que con fecha 25 de julio de 2024 se ha redactado Texto Refundido de la Modificación Puntual No Estructural N.º 34 de las Normas Subsidiarias, que incluye Informe Estratégico de Evaluación Ambiental.

Atendido que el Excmo. Ayuntamiento de La Unión en sesión celebrada el día 26 de julio de 2024 acordó aprobar inicialmente la Modificación Puntual No Estructural de las Normas Subsidiarias N.º 34, en los términos comprendidos en el Texto Refundido de la Modificación Puntual N.º 34 redactado por el Arquitecto D. Salvador Hernández Esquiva, en el que se incluye el Informe de Evaluación Ambiental Estratégica.

Atendido que dicho acuerdo se publicó en el BORM de fecha 9 de octubre de 2024, sin que se haya presentado ninguna alegación.

Atendido que por parte de la Dirección General del Territorio y Arquitectura con fecha 7 de octubre de 2023, se ha emitido informe respecto de la documentación presentada con fecha 7 de octubre de 2024, que transcrito literalmente dice así:

“A la vista de la documentación presentada se observa lo siguiente:

La comparativa de edificabilidad se ha de realizar referida al ámbito afectado por la modificación, como se lleva a cabo en el plano O-5 con las superficies de viario. Las variaciones existentes en el entorno respecto de las alineaciones recogidas en las Normas Subsidiarias son numerosas y conllevan la necesidad de evitar cualquier ambigüedad sobre el ámbito de la modificación.

Se ha de grafiar la propuesta, además de sobre la cartografía actualizada utilizada, sobre el plano de zonificación y de alineaciones de las NNSS, apoyando la concreción requerida en el punto anterior.

Se ha de aportar memoria de viabilidad económica.

Se han de resolver las medianeras que provoca la ordenación propuesta.

La suma de la “total superficie de manzanas modificadas” es errónea (al margen de las consideraciones del primer punto).”

Además de las consideraciones técnicas arriba trascritas, se realizan las siguientes consideraciones de índole jurídica:

a) Se recomienda incorporar al expediente de planeamiento un análisis respecto al Impacto de Género y Diversidad de Género que la Modificación Nº 34 propuesta puede producir.

Dicho análisis puede recogerse mediante un informe específico al respecto o mediante una referencia a estos aspectos en la Memoria del Proyecto de Modificación. El Tribunal Supremo en su Sentencia de 10 de diciembre de 2018 (RCA 3781/2017) recoge que el principio de igualdad de género no resulta una cuestión neutral en materia de urbanismo pues el “principio de igualdad de trato es un principio inspirador de la nueva concepción del desarrollo urbano, que exige una ordenación adecuada y dirigida, entre otros fines, a lograr la igualdad efectiva entre hombres y mujeres”. Sentencias posteriores del Alto Tribunal mantienen igualmente la no neutralidad de la perspectiva de género en el urbanismo y le necesidad de que esta materia transversal esté contemplada en el planeamiento.”

Atendido que con fecha febrero de 2025 se ha presentado por D. Salvador Hernández Esquiva, Texto Refundido de la Modificación Puntual No Estructural de las Normas Subsidiarias N.º 34, que recoge las consideraciones establecidas por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Arquitectura de fecha 7 de octubre de 2024, así como Informe de Evaluación Ambiental Estratégica.

Atendido que se ha emitido informe favorable por la Arquitecta Municipal al Texto redactado por D. Salvador Hernández Esquiva, de fecha 25 de febrero de 2025.

Considerando que en lo referente al ámbito de competencia para la referida Modificación, el artículo 22.2c) atribuye al Pleno de la Corporación Municipal la aprobación inicial al planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística (…). Requiriéndose, por otra parte, que el acuerdo sea adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta del numero legal de miembros de la Corporación, puesto que así lo prevé el artículo 47.II de la Ley de Bases de Régimen Local.

Por todo ello, propongo al Pleno de la Corporación, la adopción del siguiente acuerdo:

1.º- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual No Estructural de las Normas Subsidiarias N.º 34, en los términos comprendidos en el Proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. Salvador Hernández Esquiva, junto con el informe de Evaluación Ambiental Estratégica, que tiene por objeto la reordenación de la confluencia de viales denominados Horno, del Aseo, Las Flores y Amapola, sitas en el Barrio de El Garbanzal de La Unión en la zona noroeste del suelo urbano de La Unión, lindando con el límite del suelo urbano.

2.º- Notificar el presente acuerdo a todos los interesados que consten en el expediente, así como dar cuenta de la aprobación definitiva a la Dirección General del Territorio y Arquitectura.

3.º- Publicar la Modificación Puntual No Estructural N.º 34 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Unión, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

4.º- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para todo cuanto requiera la ejecución del presente acuerdo.”

Se hace constar que en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 30 de mayo de 2024, se publicó el anuncio de la resolución de 16 de mayo de 2024 de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula informe ambiental estratégico de esta Modificación Puntual.

El contenido completo de esta Modificación está disponible en la dirección:

https://www.ayto-launion.org/servicios/urbanismo

En La Unión, a 31 de marzo de 2025. El Alcalde-Presidente, Joaquín Gabriel Zapata García.

NPE: A-290525-2462