Administración Local
Yecla
3108
NPE: A-270626-3108
IV. Administración Local
Yecla
| 3108 | Convocatoria y bases provisión como funcionario/a de carrera, de una (1) plaza de Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Yecla (Expte. 1284361K). |
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 2 de junio de 2026, aprobó la convocatoria para la provisión, como funcionario/a de carrera, a través del sistema de Concurso-Oposición de UNA (1) plaza de Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, Oferta de Empleo Público de 2025
Dicha convocatoria se regirá por las siguientes
Bases específicas
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1. Constituye el objeto de estas Bases Específicas y convocatoria la provisión como funcionario/a de carrera, a través del sistema de Concurso-Oposición, de una (1) plaza de Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, perteneciente a la Oferta de Empleo Público de 2025 (BORM Núm. 109, de 14-05-2025), con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A, Subgrupo A2 (artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), y las complementarias que figuren en el Presupuesto Municipal, con la clasificación y denominación siguiente:
Grupo A, Subgrupo A2.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Clase: Técnicos Medios.
Denominación: Arquitecto Técnico.
2. El puesto de destino a cubrir está adscrito al servicio de Planificación y Desarrollo Urbano.
3. Serán tareas a realizar, por quien provea la plaza/puesto de trabajo, las previstas en la vigente Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, y en concreto, la realización de las siguientes funciones, para las que le habilita su titulación, en materia de obras y urbanismo:
• Elaboración de informes o estudios técnicos, anteproyectos, proyectos, y planes relativos o comprendidos dentro del ámbito competencial de su titulación académica.
• Dirección de obras y/o instalaciones (ejecutadas mediante contrato o por administración) e inspección de las ejecutadas bajo la dirección de otros Técnicos, con emisión de los documentos que son propios de tales funciones.
• Tramitación de contratación de obras y equipamientos.
• Asesoramiento en las materias propias de su titulación.
• Elaborar informes, memorias, estudios o documentos relacionados con su ámbito profesional.
• En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente, incluidas en el ejercicio de su titulación.
• Inspección urbanística, con carácter de autoridad pública, en lo necesario para la redacción de informes técnicos relacionados con la disciplina urbanística.
• Cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, así como las que puedan serle atribuidas por éste, eventual y temporalmente, para suplir la vacante, ausencia o enfermedad de otro personal del servicio.
4. La convocatoria, y la realización de las correspondientes pruebas selectivas, se regirán por las presentes Bases Específicas, así como por las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos que convoque el Excmo. Ayuntamiento de Yecla para la selección de su personal funcionario de carrera y de su personal laboral fijo, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 8 de Marzo de 2011 y modificadas en sesión celebrada el 21 de abril de 2026 (publicaciones en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 65, de fecha 21 de Marzo de 2011, y en el número 104, de fecha 8 de mayo de 2026).
Segunda.- Sistema de selección.
El sistema de selección será el de Concurso-Oposición, dado que las funciones y cometidos del puesto de trabajo aconsejan la valoración de otros méritos distintos a los que puedan obtener los/as interesados/as en la realización de la Fase de Oposición del procedimiento selectivo.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en las pruebas selectivas será necesario reunir, además de los requisitos generales del apartado 4.1. de la Base General Cuarta, el siguiente otro:
• Estar en posesión del título de Arquitecto/a Técnico, Grado universitario en Arquitectura Técnica, Grado en Ingeniería de Edificación, o titulación que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto/a Técnico, según establecen las directivas comunitarias. Los/as aspirantes con una nacionalidad distinta a la española habrán de encontrarse en posesión o en condiciones de obtener la credencial que acredite la homologación de la titulación requerida, que, en su caso, hayan obtenido en el extranjero.
Cuarta.- Instancias.
1. Las instancias solicitando tomar parte en el Concurso-Oposición (ANEXO I) deberán presentarse, debidamente cumplimentadas y firmadas, por los/as interesados/as que reúnan los requisitos señalados en la Base General Cuarta y en la Base Específica Tercera anterior, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, o en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación del modelo de instancia supone la declaración de que son ciertos los datos consignados en la misma, de que se reúnen las condiciones exigidas para el ingreso en las Administraciones Públicas como personal funcionario, y de que se reúnen, asimismo, las condiciones específicamente señaladas en la convocatoria, comprometiéndose los/as interesados/as a probar documentalmente, una vez superado el proceso selectivo, todos los datos que figuren en la solicitud.
2. A las referidas instancias se deberá acompañar la siguiente documentación:
• Fotocopia simple del DNI (españoles/as) o fotocopia simple de la documentación acreditativa de la capacidad para presentarse al procedimiento selectivo, en los términos del art. 57 del EBEP (extranjeros/as).
• Fotocopia simple del resguardo o justificante acreditativo del ingreso de la tasa por derechos de examen (Base Específica Sexta). En su caso, se presentará certificación, expedida por el Servicio Público de Empleo, acreditativa de encontrarse en situación de desempleo.
• Hoja de Autoevaluación de Méritos (ANEXO III).
• Relación de los méritos alegados para su valoración, que se acreditarán mediante fotocopia simple de los documentos que sirvan de prueba para su justificación. Los méritos habrán de aportarse debidamente ordenados, numerados y diferenciados por apartados, en los términos que a continuación se indican, siguiendo el mismo orden previsto en la Base Específica Octava:
- 1.º Experiencia profesional/laboral.
- 2.º Titulaciones académicas.
- 3.º Acciones formativas.
- 4.º Otros méritos.
No serán valorados los méritos no documentados ni justificados en el plazo y en la forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Órgano de Selección pueda solicitar la ampliación de la documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.
Quinta.- Modelo de instancia.
Adjunto como ANEXO I.
Sexta.- Derechos de examen.
Veinticinco euros con cincuenta céntimos de euro (25,50 €). Dicho importe habrá de ser abonado en la siguiente entidad financiera colaboradora del Ayuntamiento:
Caixabank. Código cuenta bancaria: ES62 2100 8984 1102 0002 2532.
Séptima.- Órgano de Selección.
• Presidente: Un funcionario/a de carrera o personal laboral fijo, que preste sus servicios en el Excmo. Ayuntamiento de Yecla.
• Vocales:
? Tres funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo, que presten sus servicios en el Excmo. Ayuntamiento de Yecla o en otra Administración Pública.
? Un funcionario/a de carrera o personal laboral fijo que preste sus servicios en la Administración regional, o, en su caso, en el Excmo. Ayuntamiento de Yecla o en otra Administración Pública.
• Secretario: El Secretario del Ayuntamiento, o funcionario/a en quien delegue.
Octava.- Fase de concurso (máximo 10,00 puntos).
1. La Fase de Concurso de Méritos será previa a la Fase de Oposición y no tendrá carácter eliminatorio.
2. El Órgano de Selección, en sesión celebrada a tales efectos, adoptará el acuerdo de aprobar provisionalmente las puntuaciones obtenidas por los/as aspirantes en la Fase de Concurso, conforme a lo declarado en la Hoja de Autoevaluación de Méritos presentada por los/as mismos/as (ANEXO III), que habrá de estar fundamentada en los méritos alegados y acreditados para su valoración, en los precisos términos previstos en la Base Específica Cuarta, apartado 2.
Dichas puntuaciones no tendrán, en ningún caso, carácter vinculante para el Órgano de Selección, que podrá determinar una puntuación distinta, de forma motivada, conforme a lo previsto en el siguiente apartado.
3. Las puntuaciones provisionales obtenidas por los/as aspirantes en la Fase de Concurso de Méritos se harán públicas mediante relación que se expondrá a través de anuncio publicado en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial, Tablón Electrónico Municipal (Sede Electrónica Ayuntamiento de Yecla), y en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, www.yecla.es.
4. Una vez finalizada la Fase de Oposición, el Órgano de Selección, en la misma sesión de realización de su Tercer Ejercicio, o en sesión expresamente convocada para ello, procederá a la suma de las calificaciones obtenidas por quienes hubieren superado la Fase de Oposición (por haber obtenido un mínimo de 5,00 puntos en cada uno de los tres Ejercicios de que consta), más la puntuación definitiva que les sea asignada a los/as mismos/as en la Fase de Concurso, una vez revisados los méritos por el Órgano de Selección y determinada la puntuación estimada correcta.
5. Los méritos a valorar por el Órgano de Selección, hasta un máximo global de 10,00 puntos, estarán sujetos al siguiente Baremo:
A. Experiencia profesional/laboral (Máximo 4,00 puntos).
| A.1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas, como personal funcionario/a, o en régimen laboral, únicamente en puesto de trabajo de Arquitecto/a Técnico. Solamente se valorará la prestación de servicios en el grupo 2 de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social. | 0,10 puntos/mes |
| A.2. Por cada mes completo de servicios prestados o de experiencia únicamente como Arquitecto/a Técnico, en la empresa privada o en el régimen especial de trabajadores autónomos. Solamente se valorará la prestación de servicios en el grupo 2 de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social (empresa privada). | 0,04 puntos/mes |
* Acreditación servicios prestados en Administraciones Públicas, mediante: 1. Certificación de servicios expedida por la Administración Pública correspondiente, en la que se indicará la relación funcionarial/laboral y el número total de años, meses y días de servicios prestados + 2. Informe de vida laboral expedido por la Administración de la Seguridad Social.
* Acreditación servicios prestados en empresa privada, mediante: 1. Contrato de trabajo de cada periodo laboral + 2. Último justificante de salario (última nómina) de cada periodo laboral + 3. Informe de vida laboral expedido por la Administración de la Seguridad Social.
* Acreditación experiencia como trabajador autónomo, mediante: 1. Certificación de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en epígrafe relacionado con el concreto puesto de trabajo o superior + 2. Informe de vida laboral expedido por la Administración de la Seguridad Social.
No se valorará la experiencia profesional/laboral que no resulte suficientemente acreditada a través de los anteriores medios documentales.
El número total de días de servicios prestados en las Administraciones Públicas será el que resulte del Informe de vida laboral expedido por la Administración de la Seguridad Social, en relación con la información obrante en el resto de medios documentales.
B. Titulaciones académicas (Máximo 4,00 puntos).
| B. Por la posesión de titulaciones universitarias de postgrado referidas a conocimientos, líneas de investigación o ámbitos profesionales directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada y con el ámbito competencial propio de la Arquitectura Técnica, y entre otras, las relativas a la edificación, urbanismo, disciplina urbanística, rehabilitación, conservación, restauración y patrimonio edificado, dirección y ejecución de obras, seguridad y salud, accesibilidad, eficiencia energética, mediciones, valoraciones, mantenimiento de edificios e infraestructuras, y contratación pública vinculada al ámbito técnico. En el supuesto de titulaciones académicas de Master solamente se valorarán las de carácter oficial, no los títulos propios de cada Universidad. | - Título Doctor: 4,00 puntos.
- Título Master oficial (por cada uno): 2,00 puntos. |
* Acreditación titulación mediante: Presentación del título, o resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición, o mediante certificación expedida por la Secretaría de la Universidad correspondiente.
C. Acciones formativas (Máximo 1,00 punto).
1. Únicamente se valorará la participación, como alumno, en acciones de formación o perfeccionamiento (cursos, seminarios, congresos o jornadas), sobre las siguientes materias:
0 Las relacionadas con las funciones descritas en el apartado 3 de la Base Específica Primera.
0 Las que se refieran al conocimiento de la normativa aplicable en el ámbito de las Administraciones Públicas.
0 Las relativas a conocimientos informáticos y ofimáticos y sobre nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
0 Conocimientos sobre igualdad, no discriminación y prevención de la violencia de género.
2. La valoración de las acciones formativas se realizará conforme al siguiente baremo:
| ACCIÓN FORMATIVA | PUNTUACIÓN |
| Máster Universitario Título Propio (no título oficial) | 1,00 |
| Mas de 100 horas | 0,40 |
| De 91 a 100 horas | 0,35 |
| De 81 a 90 horas | 0,30 |
| De 71 a 80 horas | 0,25 |
| De 61 a 70 horas | 0,20 |
| De 51 a 60 horas | 0,15 |
| De 41 a 50 horas | 0,12 |
| De 31 a 40 horas | 0,10 |
| De 21 a 30 horas | 0,07 |
| De 10 a 20 horas | 0,05 |
Las acciones formativas que excedan de 100 horas de formación podrán valorarse por módulos formativos, atendiendo a la relación de cada módulo con las funciones propias del puesto de trabajo convocado.
No se valorarán, en ningún caso:
0 Las acciones formativas que no guarden relación con las funciones propias de la plaza/puesto de trabajo objeto de la convocatoria.
0 Los cursos (generales o específicos) sobre salud/prevención de riesgos laborales.
0 Los cursos pertenecientes a titulaciones académicas.
0 Los cursos de doctorado.
0 Los cursos derivados de procesos selectivos cuya realización sea requisito previo necesario para el acceso a un cuerpo o escala de funcionario o a una plaza de personal laboral.
0 Las sucesivas ediciones organizadas de un mismo curso.
0 Las acciones formativas que no vengan cuantificadas por horas (de expresarse en créditos, deberán los interesados acreditar, en debida forma, su correspondencia en horas).
0 Los cursos sobre conocimientos de idiomas.
0 La asistencia o participación en acciones formativas de duración inferior a 10 horas.
* Acreditación acciones formativas, mediante: Presentación de título, diploma o certificación expedida por la Administración Pública, Universidad, Organismo o Institución que hubiere impartido la acción formativa, o que resulte competente para su expedición. En ningún caso se valorarán acciones formativas impartidas por entidades privadas, distintas a las enunciadas. Los títulos, diplomas o certificaciones deberán contener la siguiente información:
- Órgano o entidad que lo ha impartido.
- Denominación de la acción formativa.
- Materia de la acción formativa.
- Número de horas de duración, o de créditos con correspondencia en horas.
- Fecha de realización.
D. Otros méritos (Máximo 1,00 punto).
| D.1. Por cada ejercicio o prueba superado en procesos selectivos convocados por cualquiera de las Administraciones Públicas para acceso únicamente a plazas/puestos de trabajo de Arquitecto/a Técnico (personal funcionario de carrera, personal funcionario interino, personal laboral fijo o personal laboral temporal). No se valorarán las pruebas selectivas para selección de personal remitido por el Servicio de Empleo y Formación. | 0,25 puntos |
| D.2. Por cada ejercicio o prueba superado en procesos selectivos convocados por cualquiera de las Administraciones Públicas para formación o creación de Bolsas de Trabajo, Bolsas de Empleo, Listas de Espera o similares, para cubrir plazas/puestos de trabajo únicamente de Arquitecto/a Técnico (personal funcionario o personal laboral). No se valorarán las pruebas selectivas para selección de personal remitido por el Servicio de Empleo y Formación. | 0,15 puntos |
| D.3. Titulaciones acreditativas de conocimientos de idiomas, atendiendo a los niveles establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), o a los niveles equivalentes para idiomas no incluidos dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). | Nivel C2: 1,00 punto.
Nivel C1: 0,75 puntos. Nivel B2: 0,50 puntos. Nivel B1: 0,25 puntos. |
| D.4. Por cada proyecto arquitectónico redactado únicamente como Arquitecto/a Técnico, aprobado oficialmente por y para una Administración Pública. No se valorarán, en ningún caso, proyectos arquitectónicos redactados para la iniciativa o para la empresa privada (para empresas o particulares). | 0,15 puntos |
* Acreditación de la superación de ejercicios o pruebas en procesos selectivos convocados por Administraciones Públicas (plazas vacantes funcionario/personal laboral o Bolsas de Trabajo, Bolsas de Empleo, Listas de Espera o similares): Mediante certificación oficial expedida por la Administración correspondiente.
* Acreditación de conocimientos de idiomas: Mediante la presentación de título, diploma o certificación expedida por la Administración Pública, Universidad, Organismo o Institución que hubiere impartido la acción formativa, o que resulte competente para su expedición.
* Acreditación de redacción de proyectos técnicos para una Administración Pública: Mediante certificación oficial del correspondiente acuerdo, expedida por la Administración Pública correspondiente.
Novena.- Fase de oposición (máximo 30,00 puntos).
Constará de 3 Ejercicios, obligatorios y eliminatorios, planteados por el Órgano de Selección inmediatamente antes de la realización de los mismos.
Primer Ejercicio (Cuestionario Tipo-Test): Respuesta por escrito a un cuestionario de 60 preguntas de tipo test, con 4 respuestas alternativas, durante un tiempo máximo de 60 minutos. Dichas preguntas versarán sobre la totalidad del temario que figura en el ANEXO II a estas Bases.
El Órgano de Selección añadirá al cuestionario 4 preguntas adicionales de reserva, en previsión de posibles anulaciones, que, en su caso, sustituirán por su orden a las preguntas anuladas. Se concederá a los/as aspirantes un tiempo adicional de 4 minutos para su respuesta, por lo que la duración total del Ejercicio será de 64 minutos.
El Órgano de Selección adoptará las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los aspirantes en la realización del Ejercicio, siguiendo el específico procedimiento previsto en la Base General Octava.
La calificación del Ejercicio se realizará a través de la siguiente fórmula aritmética:
| Puntuación = | Aciertos |
| 6 |
El Ejercicio será calificado con una puntuación máxima de 10,00 puntos, quedando eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos.
El Órgano de Selección publicará, dentro de los dos primeros días hábiles siguientes a la realización del Primer Ejercicio, la plantilla corregida de las respuestas correctas, a fin de que los/as interesados/as puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes sobre las mismas, dentro del plazo de 5 días naturales. Sólo se admitirán a trámite las alegaciones o reclamaciones referidas a la plantilla corregida que se hayan presentado dentro de los citados 5 días naturales siguientes a su publicación.
Segundo Ejercicio (Teórico-práctico): Desarrollo, contestación o respuesta por escrito, de forma suficientemente motivada, en un periodo máximo de dos horas, y ciñéndose estrictamente al espacio del folio o folios facilitados, a diez preguntas o cuestiones de contenido teórico-práctico, relativas a las Materias Específicas del temario que figura en el ANEXO II a estas Bases.
Los/as aspirantes no podrán hacer uso de textos legales, libros, ni, en general, de ningún otro tipo de material de documentación o consulta. Estará permitida la utilización de calculadoras.
Cada pregunta o cuestión teórico-práctica tendrá asignada una puntuación máxima de 1,00 punto.
Los criterios para la corrección o valoración de las preguntas o cuestiones teórico-prácticas, así como el porcentaje asignado a tales efectos, son los siguientes:
Conocimientos acreditados: 100%.
El contenido del Ejercicio habrá de ser leído por los/as aspirantes en sesión pública, que se celebrará el día y hora que señale el Órgano de Selección, pudiendo ser aquellos/as objeto de cuantas preguntas estime necesarias dicho Órgano para aclarar, ampliar o valorar el contenido de la exposición. Por tal motivo, no se adoptarán medidas para garantizar el anonimato de los/as aspirantes en la realización del Ejercicio.
El Ejercicio se calificará de 0,00 a 10,00 puntos, siendo necesario para superarlo obtener la calificación mínima de 5,00 puntos.
En el acta levantada al efecto por el Secretario del Órgano de Selección se indicará o hará referencia a la carpeta, incorporada al expediente administrativo, en la que se contendrán las papeletas con las puntuaciones (escaneadas) otorgadas por sus miembros integrantes a cada aspirante, con descomposición de las puntuaciones parciales asignadas a cada pregunta o cuestión teórico-práctica.
Tercer Ejercicio (Resolución de supuestos prácticos): Resolución, por escrito, de dos supuestos de contenido exclusivamente práctico, relacionados con las funciones, cometidos y tareas correspondientes a la plaza/puesto de trabajo objeto de la convocatoria (según lo dispuesto en el apartado 3 de la Base Específica Primera), y con el temario que figura en ANEXO II, durante el periodo de tiempo fijado por el Órgano de Selección.
Los/as aspirantes no podrán hacer uso de textos legales, libros, ni, en general, de ningún otro tipo de material de documentación o consulta. Estará permitida la utilización de calculadoras.
Cada supuesto práctico tendrá asignada una puntuación máxima de 5,00 puntos.
El ejercicio habrá de ser leído por los/as aspirantes en sesión pública, que se celebrará el día y hora que señale el Órgano de Selección, pudiendo ser aquéllos/as objeto de cuantas preguntas se estimen necesarias para aclarar, ampliar o valorar el contenido de la exposición.
Los criterios para la corrección o valoración de los supuestos prácticos, así como el porcentaje asignado a los mismos, es el siguiente:
Corrección técnica y exactitud en la resolución: 100%.
En el acta levantada al efecto por el Secretario del Órgano de Selección se indicará o hará referencia a la carpeta, incorporada al expediente administrativo, en la que se contendrán las papeletas con las puntuaciones (escaneadas) otorgadas por sus miembros integrantes a cada aspirante, con descomposición de las puntuaciones parciales asignadas por cada uno de ellos a cada supuesto práctico realizado.
El Ejercicio será calificado con una puntuación máxima de 10,00 puntos, quedando eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos.
Décima.- Calificación final.
1. Se obtendrá sumando la puntuación definitiva que les sea asignada a los/as aspirantes en la Fase de Concurso, una vez revisados los méritos y determinada la puntuación estimada correcta, a la calificación obtenida por quienes hubieren superado la Fase de Oposición (por haber obtenido un mínimo de 5,00 puntos en cada uno de los tres Ejercicios de que consta).
2. El empate entre los/s aspirantes, una vez sumadas las puntuaciones de ambas Fases del procedimiento selectivo, se dirimirá atendiendo a los siguientes criterios, por orden de prioridad:
1.º) La mayor puntuación obtenida en la Fase de Oposición.
2.º) La mayor puntuación obtenida en la letra A) de la Fase de Concurso.
3.º) La mayor puntuación obtenida en la letra B) de la Fase de Concurso.
4.º) La mayor puntuación obtenida en la letra C) de la Fase de Concurso.
5.º) La mayor puntuación obtenida en la letra D) de la Fase de Concurso.
6.º) Sorteo en sesión pública.
Undécima.- Formación de bolsa de empleo.
El Órgano de Selección confeccionará una relación suplementaria, integrada por los/as aspirantes que, habiendo aprobado los tres Ejercicios de que consta la Fase de Oposición, no hayan sido propuestos a la Junta de Gobierno Local para la provisión como funcionario/a de carrera, a través del sistema de Concurso-Oposición, de una (1) plaza de Arquitecto Técnico, por superar el número de plazas convocadas (una), y la elevará a dicho órgano municipal, a los efectos de aprobar la correspondiente Bolsa de Empleo.
Dicha Bolsa, cuya formación y funcionamiento se regirá por lo dispuesto en la Base General Duodécima, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, como mínimo, y servirá para realizar nombramientos como funcionario interino, o contrataciones laborales no fijas, para plazas o puestos de Arquitecto Técnico.
Duodécima.- Presentación de documentación.
1. El/la aspirante que hubiere superado el procedimiento selectivo no estará obligado/a a presentar la documentación a que hace referencia la Base Específica Cuarta, apartado 2, de las reguladoras, relativa a los méritos alegados, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28, apartado 3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones no han de exigir a los/as interesados/as la presentación de documentos originales, salvo que concurra alguno de los supuestos de excepción a que hace referencia el apartado 5 de dicho artículo.
2. Dicho/a aspirante, propuesto/a por el Órgano de Selección a la Junta de Gobierno Local para la provisión como funcionario/a de carrera, de una (1) plaza de Arquitecto Técnico, habrá de presentar en todo caso, en la forma y plazo establecidos en la Base General Decimotercera, la documentación prevista en las letras b), c) y d) de dicha Base.
3. De confeccionarse Bolsa de Empleo, los/as integrantes de la misma habrán de presentar idéntica documentación, ante el Negociado de Personal, tras el llamamiento de los/as mismos/as, en su caso, para ser nombrados como funcionarios/s interinos/as o contratados como personal laboral.
Lo que se hace público a los efectos oportunos
Yecla, a 4 de junio de 2026. La Alcaldesa, M.ª Remedios Lajara Domínguez.
Anexo II
Temario
Materias comunes
Tema 1. Derecho de la Unión Europea. Tratados y derecho derivado. Directivas y reglamentos comunitarios. Decisiones, recomendaciones y dictámenes. Derecho europeo y derecho de los países miembros. Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
Tema 2. La Constitución Española de 1978. Los principios constitucionales. El Estado Social y Democrático. Los valores superiores de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales.
Tema 3. La Corona. El Poder Legislativo. El Poder Judicial. El poder ejecutivo.
Tema 4. Organización territorial del Estado. Las competencias de las Comunidades Autónomas. Órganos de las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia: principios generales y órganos institucionales.
Tema 5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Actividad de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos.
Tema 6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Recursos administrativos.
Tema 7. La contratación en el sector público. Preparación y adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas. Efectos, cumplimiento y extinción. Los contratos de obra, concesión de obras, suministro y servicios.
Tema 8. El municipio. Concepto y elementos del municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento. Organización municipal. Competencias municipales.
Tema 9. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: constitución, convocatoria, sesiones, orden del día y votaciones.
Tema 10. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas.
Tema 11. Personal al servicio de las Entidades Locales.
Tema 12. Las haciendas locales. Los ingresos: clasificación. El gasto público: fases del gasto. El presupuesto general de las Administraciones Locales: elaboración y aprobación. Prórroga del presupuesto. Las modificaciones de crédito.
Materias específicas
Tema 1. Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Yecla.
Tema 2. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia (I). Clases de suelo. Régimen del suelo urbano, no urbanizable y urbanizable. Parcelaciones. Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación. Usos y obras provisionales. Régimen de fuera de ordenación o de norma.
Tema 3. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia (II). Tipos de planes e instrumentos complementarios. Cédula Urbanística y Cédula de Edificación.
Tema 4. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia (III). Gestión urbanística y patrimonios públicos de suelo. Disposiciones generales. Actuaciones aisladas. Gestión de actuaciones integradas. Intervención pública en el mercado de suelo. Cumplimiento de las obligaciones de urbanizar, edificar, conservar y rehabilitar.
Tema 5. Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia (IV). Títulos habilitantes de naturaleza urbanística. Órdenes de ejecución y declaración de ruina. Protección de la legalidad urbanística. Del régimen de las infracciones urbanísticas y su sanción. La inspección urbanística.
Tema 6. RDL 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
Tema 7. La valoración urbanística: principios, criterios y métodos conforme al Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre.
Tema 8. El patrimonio de las entidades locales: bienes y derechos que lo conforman. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales. El inventario municipal de bienes inmuebles.
Tema 9. Catastro Inmobiliario. Bienes inmuebles, titularidad y referencia catastral. Procedimientos de incorporación, alteración y subsanación. Coordinación con la información urbanística y utilidad en la gestión técnica municipal.
Tema 10. Intervenciones y ocupaciones de la vía pública vinculadas a obras y actuaciones urbanísticas. Vallados, andamios, contenedores, acopios, cortes de tráfico, reservas de espacio, reposición de pavimentos y afecciones a los servicios públicos. Condiciones técnicas, seguridad, control e intervención municipal. Tasa por ocupación de la vía pública. Hecho imponible, sujetos pasivos, cuantía y devengo. Ordenanza Fiscal n.º 18 reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de Yecla.
Tema 11. Sistemas de Información Geográfica aplicados a la gestión urbanística y técnica municipal: fundamentos, funciones y utilidades en el trabajo del arquitecto técnico. Principales plataformas y visores: SitMurcia, Catastro, medio ambiente, portal urbanístico del Ayto de Yecla, SNCZI y otras fuentes geoespaciales. Aplicaciones prácticas en planeamiento, licencias, inspección y gestión del territorio.
Tema 12. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Tema 13. Dirección de la ejecución material de la obra. Funciones y competencias del arquitecto técnico. Control de recepción de productos, equipos y sistemas. Control de ejecución y control de obra terminada. Mediciones, certificaciones, documentación final y liquidación de obras.
Tema 14. Código Técnico de la Edificación: objeto, ámbito de aplicación y contenido. Condiciones técnicas y administrativas. Exigencias básicas.
Tema 15. Exigencias básicas de seguridad y funcionalidad en edificación: seguridad estructural, seguridad en caso de incendio y seguridad de utilización y accesibilidad. Documentos Básicos SE, SI y SUA.
Tema 16. Exigencias básicas de habitabilidad en edificación: salubridad, ahorro de energía y protección frente al ruido. Documentos Básicos HS, HE y HR.
Tema 17. Habitabilidad en los edificios: condiciones funcionales, higiénico-sanitarias y de confort exigibles en la edificación; normativa estatal y autonómica aplicable; procedimiento y requisitos para la obtención de la cédula de habitabilidad.
Tema 18. Documentación técnica de edificación: definición, fases y contenido conforme a la normativa vigente; agentes intervinientes; visado colegial obligatorio. Tipologías de documentación técnica: proyecto básico, proyecto de ejecución y memorias técnicas de legalización, rehabilitación, adecuación, libros de órdenes, libro del edificio, certificados finales de obra, actas de replanteo o de comienzo de obras y otra documentación técnica habitual en el ámbito de la edificación.
Tema 19. Ley 4/2007, de 16 de marzo, de patrimonio cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: Clases de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Región de Murcia. Catálogo de inmuebles protegidos en el municipio de Yecla.
Tema 20. Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada de la Región de Murcia. Competencias de las entidades locales. Licencia de actividad. Declaración responsable de actividad.
Tema 21. Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Elaboración del estudio básico de seguridad y salud, la figura del coordinador y técnicos responsables en las fases de elaboración y aprobación del proyecto y antes del inicio de la obra. El libro de incidencias para el control del plan de seguridad y salud. RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción y RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el art. 24 de la ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de Coordinación de Actividades empresariales.
Tema 22. RD 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Tema 23. Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
Tema 24. Normativa de accesibilidad de ámbito estatal. RD 505/2007, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones, DB SUA y Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de espacios públicos urbanizados.
Tema 25. Normativa de accesibilidad de ámbito autonómico. Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia y Decreto 177/2024, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad Universal de la Región de Murcia.
Tema 26. Programación y organización de obras de edificación. Principios básicos de planificación. Diagrama de Gantt. Secuencia lógica de unidades de obra. Fases de obra. Ritmos de ejecución. Coordinación de recursos materiales y humanos.
Tema 27. Topografía y replanteos en edificación. Métodos básicos de toma de datos en campo. Instrumental topográfico habitual. Levantamientos topográficos aplicados a la edificación. Representación del terreno. Replanteo de elementos constructivos y control geométrico en obra.
Tema 28. Gestión económica de la obra: elaboración, interpretación y ajuste de presupuestos desde la competencia profesional del arquitecto técnico; herramientas y documentos técnicos de medición y valoración; análisis de precios, unidades de obra, descompuestos, costes directos e indirectos. Relaciones valoradas, certificaciones de obra y liquidación.
Tema 29. Gestión del mantenimiento preventivo y correctivo de los edificios, instalaciones técnicas (fontanería, climatización, saneamiento, aparatos elevadores, telecomunicaciones, protección contra incendios y otros sistemas técnicos), vías públicas, infraestructuras urbanas y equipamientos municipales. Planificación y seguimiento de intervenciones a través de partes programados y no programados. Aplicación de programas informáticos GMAO y seguimiento de avisos e incidencias.
Tema 30. Demoliciones y acondicionamiento del terreno: tipos, medios y criterios de ejecución, seguridad y control. Cimentaciones y sistemas de contención: tipos, criterios de diseño, materiales, proceso de ejecución y control técnico. Medios auxiliares. Riesgos específicos y mantenimiento.
Tema 31. Estructuras en edificación: tipologías estructurales, normativa técnica aplicable, criterios generales de diseño y construcción, materiales, procesos de ejecución, control técnico y documental, medidas de seguridad y mantenimiento.
Tema 32. Envolvente del edificio: soluciones constructivas, normativa aplicable, criterios de diseño y ejecución, materiales, montaje y control de fachadas de fábrica y prefabricadas, cubiertas planas e inclinadas, y carpintería exterior y vidrios; sistemas de impermeabilización y aislamiento; seguridad en obra y control de calidad.
Tema 33. Distribución interior y acabados en edificación: sistemas constructivos, normativa aplicable, criterios de diseño y ejecución, materiales, montaje y control de tabiquería interior, carpintería interior y revestimientos en paramentos, suelos y techos; control dimensional y de calidad; condiciones de seguridad y mantenimiento.
Tema 34. Instalaciones básicas del edificio: normativa aplicable, tipos, criterios generales de diseño, materiales, trazado, ejecución y control técnico de las instalaciones de fontanería, saneamiento, electricidad, telecomunicaciones y climatización; pruebas de estanqueidad, continuidad y aislamiento; coordinación con obra civil y acabados; condiciones de seguridad y mantenimiento.
Tema 35. Infraestructuras urbanas. Redes de saneamiento, agua potable, telecomunicaciones, gas, energía eléctrica. Normativa. Tipos. Criterios de diseño. Materiales. Ejecución. Control. Seguridad. Mantenimiento.
Tema 36. Patología de la edificación: identificación y diagnóstico de lesiones en elementos constructivos; causas más comunes de deterioro en estructura, cerramientos, acabados e instalaciones; técnicas básicas de análisis, criterios de intervención, reparación y mantenimiento; medidas cautelares de seguridad, apeos, apuntalamientos, protecciones y actuaciones urgentes; documentación técnica y normativa aplicable.
Tema 37. Restauración de edificios de valor histórico o patrimonial: metodología de intervención, estudios previos, diagnóstico técnico y proyecto arquitectónico. Técnicas de restauración y consolidación de estructuras de fábrica, elementos pétreos y estructuras de madera. Empleo de materiales y sistemas tradicionales e integración de soluciones técnicas compatibles.
Tema 38. Control de calidad en la edificación. Plan de Control de Calidad. Agentes intervinientes en materia de control de calidad. Documentación del control de obra. El Libro del Edificio. Normativa específica en la Región de Murcia.
Tema 39. Informe de Evaluación del Edificio (IEE): normativa aplicable en el ámbito estatal y en la Región de Murcia (Decreto 34/2015, de 13 de marzo). Ámbito de aplicación, contenido mínimo y procedimiento. Evaluación del estado de conservación, condiciones de accesibilidad y eficiencia energética. Metodología, inspección visual, diagnóstico técnico y propuesta de intervenciones. Intervención del técnico municipal.
Tema 40. Sostenibilidad y gestión de residuos en la ejecución de obras: principios de economía circular, eficiencia de recursos y descarbonización. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición: obligaciones del proyectista, contratista y dirección facultativa. Seguimiento y control técnico por parte del arquitecto técnico municipal. Normativa estatal y autonómica aplicable.
Tema 41. Contratación del sector público (I): tipos de contrato, disposiciones generales, partes en el contrato, objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión, garantías.
Tema 42. Contratación del sector público (II). De los contratos de las Administraciones Públicas: Disposiciones generales. Funciones del personal técnico.
Tema 43. Contratación del sector público (III). Contrato de obras: actuaciones preparatorias, ejecución, modificación, cumplimiento y resolución. Funciones del personal técnico.
Tema 44. Contratación del sector público (IV). Contrato de suministro: Regulación, ejecución, cumplimiento y resolución.
Tema 45. Contratación del sector público (V). Contrato de servicios: disposiciones generales, ejecución y resolución.
Tema 46. Urbanismo y arquitectura en Yecla. Formación y evolución urbana del municipio. Patrimonio arquitectónico. Bienes de Interés Cultural, bienes catalogados y demás elementos protegidos.
Tema 47. Medio natural en Yecla. Parajes, montes, vías pecuarias, zonas de especial conservación y demás espacios protegidos del término municipal. Incidencia en el planeamiento, la disciplina urbanística y la intervención municipal.
Tema 48. Legislación sectorial con incidencia en el urbanismo y la edificación. Normativa en materia de carreteras, vías pecuarias, telecomunicaciones, montes, aguas, patrimonio cultural, medio ambiente y demás afecciones sectoriales. Informes y autorizaciones sectoriales.
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NPE: A-270626-3108