Administración Local
Murcia
18703
NPE: A-111110-18703
IV. Administración Local
Murcia
| 18703 | Aprobación definitiva del proyecto de modificación puntual de las ordenanzas del Plan Parcial Ciudad de Equipamientos n.º 1 (ámbito TA-210 del PGM), Murcia. |
Expte. 123/09
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2010, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Modificación puntual de las ordenanzas del Plan Parcial Ciudad de Equipamientos n.º 1 (ámbito TA-210 del PGM), Murcia.
Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo.
Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados.
Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el art.º 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o, intentada ésta, no se hubiese podido practicar.
El texto de las normas urbanísticas de la referida Modificación puntual es el siguiente:
1396984945
| TEXTO VIGENTE | TEXTO MODIFICADO | ||
| Apartado 6º):
c) Usos: serán los propios de la Norma 9ª del Plan General, si bien con los porcentajes mínimos y máximos del total del conjunto edificado, correspondientes a las actividades o destinos de uso que a continuación se señalan: |
Apartado 6º:
El uso característico de la parcela será el de servicios en general, admitiéndose los siguientes usos compatibles: |
||
| Actividades | % Mínimo | % Máximo | Comercio local
Oficinas y servicios profesionales Restauración Espectáculos y ocio Hospedaje Bares con música, pub y disco 25 % s/ total Uso comercial: Grandes superficies Superficies medias Comercio Local |
| Multicines | 20 | 30 | |
| Restaurantes (rápidos, | 15 | 30 | |
| Tradicionales, tapas, pizzería..) | |||
| Entretenimiento (juegos infantiles, | 7 | 20 | |
| Realidad virtual, etc.) | |||
| Bares con música, pub y disco | 15 | 25 | |
| Otros de alimentación y bebidas | 10 | 20 | |
| (horchatería, heladería, etc) | |||
| Comercial | 8 | 13 | |
| Servicios complementarios | 7 | 15 | |
| (bares, kioskos, etc) | |||
| Instalaciones municipales | 0,1 | ||
Ateniéndose para lo demás a lo dispuesto por el título 3 de la NN del Plan General de Ordenación de Murcia.”
Murcia, 19 de octubre de 2010.—El Secretario General del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, Antonio Marín Pérez.
NPE: A-111110-18703